Profesores y además ¿enfermeros?
Negarse a suministrar un fármaco vía rectal a alumnos que sufren epilepsia puede ser constitutivo de un delito del deber de socorro, según indican desde el Colegio de Médicos de Málaga
Con frecuencia se plantea en el ámbito escolar la demanda por parte de los padres de administrar medicamentos a los alumnos por el personal docente. Pero, ¿hasta qué punto el profesorado puede ejercer funciones de enfermero? ¿Puede un docente negar la asistencia sanitaria o estaría incurriendo en un delito de omisión de deber de socorro recogido en el Código Penal? Sindicatos, instituciones, facultativos, padres y los propios docentes no comparten una misma postura ante este tipo de situaciones. Según un informe emitido por los servicios jurídicos de la Consejería de Educación "no resulta exigible a los docentes el suministro de medicamentos que por su complejidad superen el ámbito de primeros auxilios...". No obstante, hay determinadas situaciones de "extrema urgencia" en las que negarse a suministrar un medicamento incurriría en un delito de deber de socorro y auxilio, recogido en el Código Penal.
La alarma ha saltado en el IES Nuestra Señora de la Victoria de Málaga capital. El pasado 13 de enero se celebró un claustro para informar al personal docente de las actuaciones a desarrollar con una alumna de segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria que padece epilepsia. La Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (Apia) denunció que se "ha ordenado a los docentes mediante dicho claustro administrar un medicamento por vía rectal a la estudiante en caso de producirse un ataque durante la clase". Desde dicho sindicato consideran que esta exigencia "es un nuevo intento de acoso al personal docente" y recalcan que, además, "hay una clara imprudencia".
La Federación Andaluza de Sindicatos Profesionales Independientes de Sanidad, Función Pública y Educación comparten la visión de Apia. Así, aseguran que "la aplicación de cualquier medida terapéutica encaminada al tratamiento de cualquier patología tiene que estar indicada por un facultativo y aplicada por el personal sanitario correspondiente, siendo cualquier otra instrucción irregular, irresponsable y probablemente constitutiva de intrusismo y de ejercicio temerario".
Desde el centro educativo desmiente que se "haya obligado" al profesorado a suministrar dicho medicamento. Según explicaron fuentes del centro escolar, en dicho acto se explicó el procedimiento a seguir para atender a la menor en el que momento en el que sucede dicho trastorno y la medicación que se le ha de suministrar en caso de urgencia. Asimismo, se informó al profesorado de que en el centro ya está depositado tanto el informe detallado del facultativo de la menor como la autorización de los padres.
Según fuentes del Colegio de Médicos este es el procedimiento a seguir en los centros educativos. "Siempre que haya una prescripción médica de extrema necesidad y autorización de los padres por escrito, los docentes tienen la obligación de suministrar el medicamento, en concreto, una cánula rectal, si no estarían incurriendo un delito de omisión de socorro", recalcaron dichas fuentes.
Desde el Colegio de Médicos de Málaga señalaron que los docentes "no pueden ni deben suministrar medicamentos inyectables. Otra cosa distinta es el medicamento referido -una cánula denominada Stesolid-. Sí hay prescripción médica y autorización de los padres los profesores tienen que suministrarlos. Éstos son los encargados de cuidar a los alumnos en los centros educativos". Respecto a sí el personal docente recurriría en un delito de intrusismo o imprudencia temeraria, dichas fuentes recalcan que no sería así debido a que el suministro del medicamento está autorizado tanto por un facultativo como por los padres.
La postura de la delegación de Educación de la Junta de Andalucía en Málaga sobre si un docente debe o no suministrar medicamentos a sus alumnos es similar a las fuentes consultadas en el Colegio de Médicos. Desde la delegación señalaron que en el caso concreto del Stesolid, los docentes deben suministrarlo si existe dicha autorización de los padres y son informados de cómo deben administrar dicho medicamento.
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