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El juicio por el uso fraudulento de las tarjetas de la Faffe
La juez Mercedes Alaya ha decidido aplazar hasta después de las elecciones municipales del 28-M el juicio contra el ex director de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) Fernando Villén y la que fuera directora económico-financiera Ana Valls, por el uso de tarjetas de la fundación en distintos prostíbulos. La magistrada ha dictado una escueta providencia en la que, atendiendo la petición realizada por las defensas de los dos acusados -que pidieron el alzamiento para que el proceso no se utilizara como "arma política", ha fijado el inicio de las sesiones para el 29 de mayo, justo al día siguiente de los comicios.
En la providencia, dictada con fecha 30 de marzo, la magistrada de la Audiencia de Sevilla Mercedes Alaya señala que, una vez presentado el escrito por parte de las defensas en las que se interesa que se deje sin efecto el señalamiento del juicio y se posponga su celebración a partir del 29 de mayo, "en base a las consideraciones que en el mismo se contienen se accede a lo solicitado".
De esta forma, la juez, que presidirá el jurado popular de este caso, ha fijado la primera sesión del juicio para el 29 de mayo, cuando se procederá a la exposición de las alegaciones previas y al interrogatorio de los acusados, mientras que en los días siguientes declararán los testigos y peritos, estando previsto que las conclusiones finales tengan lugar el 6 de junio. Y la entrega del objeto del veredicto sería ya el 12 de junio, según el calendario fijado por la magistrada.
La decisión de Alaya se ha producido después de que el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, abogase la semana pasada por que la Justicia interfiera "cuanto menos" en procesos electorales, partiendo del respeto a las decisiones de los jueces en casos como el de los supuestos pagos en clubes de alterne con tarjetas bancarias de la Fundación Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe).
Los abogados Adolfo Cuéllar y Manuel Salinero, que representan a ambos acusados, presentaron un escrito conjunto, después de que la magistrada dictara un auto en el que fijaba la selección del jurado para el 18 de mayo -a diez días de las elecciones- y la primera sesión del juicio para el día siguiente, 19 de mayo.
En el escrito, los letrados consideran que el señalamiento de este juicio en las fechas indicadas infringe el derecho de defensa, puesto que la vista oral se celebraría "en plena campaña electoral"de las elecciones municipales y autonómicas -en algunas comunidades autónomas-.
"No sería necesario insistir que en la situación política (la realidad social) que vive nuestro país, este procedimiento será utilizado -dadas las peculiaridades de los hechos sometidos a enjuiciamiento- como arma política en la campaña electoral y lo más probable con importante virulencia. Y no es una afirmación especulativa, ya sucedió así en la campaña electoral de las elecciones a la presidencia de la Junta de Andalucía celebradas a finales del año 2018", cuando también surgió el tema del pago en los clubes de alterne con las tarjetas de la Faffe y aportan para acreditarlo varios recortes de publicaciones de la fecha.
Los letrados son conscientes de que las cuestiones políticas "no son de la incumbencia de nuestros patrocinados y de sus defensas pero sí lo es la afectación que pudiera tener en el Tribunal del Jurado".
En este sentido, Adolfo Cuéllar y Manuel Salinero citaban un artículo publicado en la revista El Derecho.com por el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Eduardo de Porres Ortiz de Urbina -"ponente de la celebérrima sentencia del Tribunal Supremo denominado juicio de los ERE o procedimiento especifico") sobre lo que se entiende por juicio paralelo. “Se entiende por juicio paralelo el conjunto de informaciones y seguimiento que hacen los medios de comunicación sociales de un hecho sometido a investigación o enjuiciamiento judicial efectuándose una valoración ética y jurídica de las personas implicadas de forma que los medios de comunicación ante la opinión pública ejercen el papel de juez, fiscal y abogado defensor, según los casos"
A raíz de estas afirmaciones, los letrados de Fernando Villén y Ana Valls explicaban que en el caso de la Faffe "no se trata de una campaña mediática que influya en el Tribunal del Jurado, sino una campaña política que por su extraordinaria repercusión mediática pudiera influir en los jurados".
Por todo ello, proseguía el escrito presentado, "debería resultar incuestionable que la merma de garantías constitucionales para las defensas, pudiera producirse ante la magnitud de la repercusión mediática que el asunto tendrá con un sesgo más que evidente".
De ahí que solicitaran a la magistrada "en el legítimo ejercicio del sagrado derecho a la defensa consagrado en el artículo 24 de la Constitución Española, que se eviten las fechas señaladas para el enjuiciamiento y se aplacen a un momento posterior a la celebración de las elecciones municipales y autonómicas, cuando más convenga a la saturada agenda judicial (teniendo en cuenta la preferencia del señalamiento de juicios del Tribunal del Jurado", concluyen.
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