Alaya embarga a Guerrero los 26.565 euros que la Junta tiene que abonarle por los atrasos salariales
Caso de los ERE
Un decreto del juzgado recuerda que los bienes embargados hasta ahora al ex alto cargo son insuficientes para cubrir la fianza civil de 686 millones.
El juzgado que dirige Mercedes Alaya, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos, ha embargado los 26.565,10 euro euros que la Junta de Andalucía debe abonar al ex director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ordenara su reingreso en la Administración Pública.
En un decreto firmado por la secretaria judicial se acuerda la "mejora del embargo" sobre los bienes del imputado ya que hasta ahora los bienes embargados no han sido suficientes para cubrir la fianza de responsabilidad civil de 686 millones de euros que se le impuso tras su implicación en la causa.
En concreto, el juzgado recuerda que la ley determina que cuando los bienes de un imputado no son suficientes "se embargará además los que considere necesarios", aunque "procurando tener en cuenta la mayor facilidad de su enajenación y la menor onerosidad de ésta para el ejecutado".
En el caso de Guerrero, la mejora del embargo afecta a las "retribuciones, rentas, sueldos o pensiones (incluido las cantidades a abonar en concepto de atrasos) que perciba este imputado como funcionario del cuerpo de auxiliares administrativos de la Junta, y ello por cuanto no constan más bienes como titularidad del imputado suficientes para cubrir las cantidades impuestas en concepto de fianza".
La directora general de Recursos Humanos y Función Pública de la Junta informado en junio pasado a la juez Alaya que debía proceder a abonar un total de 26.565,10 euros al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Francisco Javier Guerrero de salarios atrasados después de que la Justicia acordara el reingreso en la Administración pública del principal imputado en la causa de los ERE.
En un escrito remitido al juzgado, la directora de Recursos Humanos de la Junta, Isabel Mayo, explicaba a la instructora que en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de marzo pasado y a pesar de que Guerrero sigue en situación administrativa de "suspensión provisional de funciones", ha de abonar al ex director de Trabajo en concepto de retribuciones básicas (sueldo y trienios) la cantidad de 778,25 euros mensuales más los atrasos devengados que a fecha 31 de julio de este año supondrían esos 26.565,10 euros. De esta cantidad, precisaba el escrito, habrían que deducirse las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
La Junta había alegado que "la naturaleza de los delitos y las circunstancias en que presuntamente se han cometido" justificaban la suspensión provisional de Guerrero en sus funciones, pero la sentencia del TSJA consideró que la primera sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla incurrió en causa de "anulabilidad" por acordar el reingreso al servicio activo "sin reconocer los derechos económicos que el recurrente, aunque suspendido, tiene que percibir" según el Estatuto Básico del Empleado Público.
La defensa de Guerrero, que ejerce el abogado Fernando de Pablo, alegó en su día el trato desigual por la reincorporación a sus puestos de otros altos cargos de la Junta imputados en la causa, un aspecto en el que la sentencia dice que "poco podemos decir sobre la presunta quiebra del principio de igualdad por el trato desfavorable al recurrente respecto de otros imputados a quienes sí se les ha acordado el reingreso sin suspensión", aunque señalaba en todo caso que la medida acordada en el caso de Guerrero fue "ajustada a derecho" aunque entiende que debió adjudicársele un puesto de trabajo y reconocerle los derechos económicos.
El Alto Tribunal andaluz estimó parcialmente el recurso presentado por la defensa y acordó que se le adjudique una plaza vacante y "el abono de los derechos económicos" que según los magistrados le corresponden desde que debió "incorporarse al puesto de trabajo que había que adjudicarle".
La sentencia no implicaba que, en la práctica, Guerrero volviese a trabajar de momento en la Junta, puesto que la Administración le suspendió provisionalmente al estar imputado en la causa de los ERE, pero sí implicaba, según el letrado, que citaba jurisprudencia del Tribunal Supremo, que el ex alto cargo tenía derecho a percibir "el 75% de su sueldo, trienios y pagas extraordinarias", así como la ayuda familiar a pesar de que sea suspendido en sus funciones.
El abogado Fernando de Pablo aseguró entonces que aunque Alaya embargase este dinero para hacer frente a la responsabilidad civil, al tratarse de un pago correspondiente al salario del ex director de Trabajo, sólo podría embargarse una "parte proporcional" del mismo, dado que el resto sería inembargable, según el letrado. Se trataría de un caso distinto al del ex consejero de Empleo Antonio Fernández, a quien la juez embargó la indemnización que, por importe de 34.240,01 euros, le correspondía por su despido de la empresa jerezana González Byass.
El juzgado ha decidido no obstante el embargo de los atrasos que la Junta adeuda a Guerrero, en un decreto que todavía puede ser objeto de recurso por el imputado.
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