Las rebajas de condena y excarcelaciones ponen en jaque la ley del "sí es sí"
Ley del sí es si
La entrada en vigor de la norma que pretendía endurecer las condenas a los violadores ha posibilitado por ahora excarcelar a cinco acusados y rebajar 15 condenas
Un condenado a 11 años por abusar de su sobrina en Sevilla pide una rebaja de dos años por la nueva ley
Los jueces están obligados a aplicar la ley del sí es sí o estarían prevaricando
Pilar Sepúlveda, vocal del CGPJ, alerta sobre la nueva ley
La entrada en vigor de la Ley del "sí es sí" el pasado 7 de octubre está llevando a Audiencias, Tribunales Superiores de Justicia e incluso al Supremo un continuo goteo de solicitudes de revisión de condenas. Hasta ahora, quince condenados por delitos de índole sexual han visto rebajado el tiempo de cárcel e incluso cinco han sido puestos en libertad. Una situación de la que ya advirtieron juristas, el Consejo de Estado e incluso el Consejo General del Poder Judicial durante el periodo de tramitación de la norma. Además los juzgados españoles han aplicado la ley de Garantía integral de Libertad Sexual en cuatro nuevas sentencias.
Los jueces y magistrados están obligados a aplicar la ley con carácter retroactivo siempre que la pena impuesta con la nueva norma sea más beneficiosa con el condenado. La clave de la polémica está en su artículo 178, que ya no distingue entre abuso y agresión sexual. Ahora, la horquilla de las condenas que pueden establecer los magistrados va desde los cuatro a los doce años, en lugar de desde los seis a los doce. Otro ejemplo es la pena mínima por el delito de agresión que con la nueva ley es de cuatro años frente a los seis contemplados anteriormente. Una de las explicaciones más claras está en una sentencia de la Audiencia de Barcelona que ha impuesto una pena de 3 años y 10 meses de prisión que podía haber llegado a los 6 años de no ser por la ley impulsada por Igualdad, según el tribunal.
Mientras que el Supremo se pronuncia sobre la polémica Ley puesto que ya ha recibido recursos de casación sobre sentencias por agresiones sexuales, se están conociendo numerosas sentencias revisadas por tribunales españoles. Una de ellas en Granada, una petición de rebaja en dos años y medio por parte del condenado de abusar de su sobrina de siete años en Sevilla y tres en Almería, una de ellas de los condenados por la violación grupal de Níjar. Y detrás de esta realidad, el sentimiento de impotencia de las víctimas que ven cómo un desgraciado capítulo de su vida que creían cerrado vuelve a abrirse.
Dos años y medio menos de cárcel por violar a su ex mujer en Granada
La primera de las condenas revisadas en Andalucía es la de un hombre que cumplía 13 años y medio de cárcel por violar a su ex mujer en Granada y ha visto rebajada la pena a 11 años y un día. La sentencia de los magistrados del TSJA, fechada el 9 de noviembre, desestimaba el recurso de apelación interpuesto por la defensa el acusado, confirmándola "plenamente". Sin embargo, la Sala ha modificado la pena a once años y un día de prisión en "aplicación de la normativa vigente", imponiendo así el principio de retroactividad de la ley penal más favorable consagrado en el artículo 2.2 del Código Penal.
Es decir, el TSJA asume la decisión de la Audiencia de Granada que condenó al hombre por agredir sexualmente su ex mujer. El hombre utilizó un cuchillo para obligarla a mantener relaciones sexuales pero se ve obligado a pronunciarse de oficio "sobre el efecto que en el caso de autos puede tener la ya mencionada Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual". Por esta razón, "al haber impuesto la pena mínima -en su mitad superior- en la sentencia de la Audiencia (trece años y seis meses de prisión), la Sala se ve obligada a rebajar a once años la pena de prisión, que también sería la pena mínima en su mitad superior con la nueva ley".
Un condenado por abusar de su sobrina de siete años pide rebajar la condena en Sevilla
La Audiencia de Sevilla ha recibido la petición de rebaja de condena en dos años tras haber sido condenado en diciembre de 2018 a once años de cárcel por haber abusado sexualmente de su sobrina de siete años. La defensa del condenado, identificado como A. L. C., de 47 años, argumenta que la condena que le impuso fue de 11 años, es decir, está en la mitad superior del delito tal y como estaba regulado antes de la reforma -que establecía una horquilla de entre 8 y 12 años de cárcel para los delitos por los que fue condenado-. Sin embargo, con la ley impulsada por el Ministerio de Igualdad, la horquilla penológica se sitúa entre los 6 y los 12 años, situándose la mitad superior entre los nueve y los 12 años, por lo que considera que la pena debería rebajarse a nueve años o, subsidiariamente, a diez años.
La posibilidad de beneficio para un condenado de La Manada
Se da la paradoja de que uno de los condenados el caso que originó la Ley del Sí es Sí, el de la Manada, podría beneficiarse de su aplicación. Su abogado, Agustín Martínez, ha planteado la revisión de la condena por esta reforma legal en otros procedimientos por delitos similares que "no son conocidos" como el de la Manada y está a la espera de la decisión de los tribunales.
Agustín Martínez ha explicado que esa rebaja en la condena es posible por la reducción de los mínimos de las penas y el hecho de que la sentencia del Supremo hacía la acotación de referirse a que efectivamente se aplicaba el mínimo penal y, "habiéndose modificado el mínimo penal, es más favorable la aplicación de la norma actual".
Los condenados por la violación grupal de Níjar piden revisar la sentencia
Los tres jóvenes condenados por violar a una joven de 24 años en el núcleo de Campohermoso de Níjar en abril de 2016 van a solicitar la revisión de la sentencia del Tribunal Supremo, que ratificó penas de 15 años de cárcel para cada uno de ellos solo por la agresión sexual -hasta 16 con un delito adicional de lesiones-, en base a la nueva Ley de Garantías de la Libertad Sexual, conocida como la Ley del 'solo sí es sí'.
El joven que violó a una niña de 14 años en Almería se acoge también al "sí es sí"
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía había confirmado la condena de Sección Segunda de la Audiencia de Almería que condenaba a ocho años de cárcel a un hombre de 23 años que en 2016 que tuvo relaciones sexuales con una niña de 14 años, aún sabiendo su edad porque "alguna vez tenía que ser la primera". La condena fue de ocho años de prisión, orden de alejamiento de 300 metros durante nueve años y libertad vigilada durante cinco años. Ahora la defensa ha solicitado la revisión de la condena a la luz de la Ley del Sí es Sí.
El condenado por violar a una menor en Zarauz pide bajar su condena
Un condenado por violar a una menor en Zarauz ha recurrido a la ley del 'solo sí es sí' para bajar su pena. El primer fallo que se está analizando en el País Vasco puede conllevar que los 6 años de prisión que le impuso la Audiencia de Guipuzcoa se reduzcan a cuatro.
Rebaja de condena para un hombre que abusó de su hijastra en Madrid
Otro de los reos que ha visto disminuir su pena es un hombre que abusó sexualmente de su hijastra de entonces 13 años con "acceso carnal vía bucal" en Madrid. Ahora, gracias a la reducción de los años en las horquillas de penas, se ha reducido el tiempo de cárcel de de ocho a seis años. En su momento se le aplicó el castigo mínimo en la sentencia y ahora, al descender ese tope, ha podido revisarse a la baja.
Libertad para el condenado para abusar de su sobrina de cuatro años
En esta ocasión, la reducción ha supuesto la puesta en libertad del condenado por abusar de su sobrina de cuatro años en Madrid. La defensa solicitó la aplicación de la nueva ley al ser más favorable al condenado, dado que supone "una rebaja en el mínimo de dos años, pasando de ocho a seis". En este sentido, el auto de la sección 30 de Madrid señala que la nueva ley prevé penas de 6 a 12 años para aquel que realice actos de carácter sexual con un menor de 16 años consistente en el acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o en introducción de miembros corporales u objetos por algunas de las dos primeras vías. Por ello, acordó reducir la condena a seis años y nueve meses, lo que supuso su puesta en libertad.
De 6 años de condena a 4 para el hombre que violó en Madrid a una amiga de la infancia
La Audiencia Provincial de Madrid ha revisado a la baja en aplicación de la ley del "sí es sí" la condena a seis años de cárcel del hombre que violó a una amiga de la infancia. El procesado tendrá que cumplir cuatro años, dos menos de los que estableció la sentencia de la Audiencia. Según la sentencia, el 1 de octubre de 2017 el condenado, Manuel, amigo de la infancia de la víctima, se aprovechó de que le había dejado dormir en su casa, "se abalanzó" sobre ella y la violó. Él no solo no lo negó sino que rebajaba la importancia de la agresión. "Estuvo mal no te lo niego", le dijo cuando ella le recordó que le pidió que parara de viva voz y agitando los brazos. Con posterioridad también admitió que había sido "una salvajada".
Menos pena para un pedófilo en Zaragoza
La nueva ley ha hecho que un hombre condenado por abusar de menores en Zaragoza tenga un año menos de cárcel. En total tendrá que cumplir 21 años de cárcel. Se trata de un hombre de 35 años que fue juzgado el 25 de octubre en la Audiencia de Zaragoza por cuatro delitos relacionados con las agresiones sexuales. La sentencia explica que en los abusos sexuales cometidos sobre una persona menor de 16 años con introducción de miembros corporales u objetos por vía vaginal o anal ha pasado de un pena de entre 8 y 12 años a una horquilla de condena que va de los 6 a los 12 años con el "sí es sí".
De cuatro años y medio a tres años por intento de agresión en Murcia
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha confirmado una resolución de la Audiencia Provincial que condenaba a un acusado por una tentativa de agresión sexual a una mujer en julio de 2020. El tribunal murciano, sin embargo, ha modificado la pena impuesta porque resulta "más favorable" para el reo. Así las cosas, ha rebajado la pena de 4 años y 6 meses a 3 años y un día de prisión.
Un profesor que abusó de sus alumnos, excarcelado en Madrid
El pasado mes de enero, la Audiencia Provincial de Madrid condenó a seis años y nueve meses de cárcel a un profesor de inglés Primaria de un colegio público de San Sebastián de los Reyes por tres delitos continuados de abuso sexual y uno de pornografía infantil. El docente invitaba de manera habitual a su domicilio a sus víctimas, sus antiguos alumnos de Primaria.
El mismo día que entraba en vigor la ley del sí es sí, el pasado 7 de octubre, la Audiencia de Madrid rebajó en cinco años la pena al interpretar que la figura penal de abuso sexual continuado dejaba de ser un ílicito. La Justicia aplicó de oficio esa reducción de condena, en la fase de ejecución de la sentencia, teniendo presente el principio de legalidad que preside cualquier decisión judicial. En esta ocasión, dejaba sin efecto los tres delitos más graves de su condena, mientras que mantenía la pena por posesión de pornografía infantil.
Los dos casos revisados en León tienen como víctimas a niñas
Los dos casos revisados bajo la ley del "sí es sí" en León tienen como víctimas a niñas que sufrieron agresiones sexuales continuadas. En su resolución dada a conocer por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, explica que la nueva regulación de los delitos sexuales cometidos contra los menores de dieciséis años, "operada por la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, es más beneficiosa para el responsable, ya que dentro de la horquilla punitiva del acceso carnal no consentido, se prevé una pena de menor duración en su extensión mínima y de igual duración en la parte máxima, considerando la Sala que, por ello, ha de aplicarse la nueva norma, frente a la vigente al tiempo de los hechos al ser más beneficiosa para el reo".
Dos agresores sexuales en libertad en Baleares
La Audiencia Provincial de Baleares ha ordenado la excarcelación inmediata de dos presos que cumplían una pena de tres años de prisión por dos agresiones sexuales sin penetración tras revisar los dos casos.
En libertad tras estar condenado por un intento de violación en Ourense
La Audiencia Provincial de Ourense ha revisado una condena de 3 años y 6 meses de cárcel impuesta al autor de un delito intentado de agresión sexual con acceso carnal. Tras la revisión, ha rebajado la pena a dos años y medio de prisión y ha acordado su puesta en libertad.
Dos años menos de cárcel para un hombre que grabó la violación que cometió
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha rebajado a seis años y medio la pena de prisión a un hombre que violó a otra mujer a la que conoció a través de Tinder. El joven, de 18 años de edad, concertó una cita con la víctima, de 20 y cuando el condenado le propuso mantener relaciones sexuales, la mujer se negó y él la "violó haciendo caso omiso de las peticiones de que parase, llegando a decirle que callase". Él grabó todo con el móvil. En su sentencia, si bien el TSJ gallego considera que los hechos ocurrieron tal y como había relatado la Audiencia, aclara que al aplicar la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual, debe rebajar en dos años la pena original.
De 12 años a 9 un hombre que violó a su prima en Segovia
La Audiencia Provincial de Segovia ha rebajado de 12 a 9 años la pena de prisión impuesta a un ciudadano rumano que violó a su prima amenazándola con un cuchillo en Segovia. El hombre, que se encuentra cumpliendo la condena en Rumanía estaba acogido temporalmente en la casa de su familiar. En 2012 fue juzgado y condenado por la Audiencia de Segovia por delito de agresión sexual con penetración con la agravante de uso de arma, La Audiencia concluye que "examinada la sentencia comprobamos que se le impuso la pena de 12 años, en base a que era la mínima posible y así lo manifestó el Tribunal de forma expresa" ya que se tuvo en cuenta la enfermedad mental que padecía el condenado y que "atenuaba su responsabilidad penal".
Un año y medio menos para el condenado por intentar violar a una mujer en Murcia
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha rebajado de cuatro años y medio a tres años y un día la condena del acusado por un intento de violación. El condenado empujó a la joven hacia un huerto colindante cubierto de maleza y totalmente a oscuras, y la tiró al suelo e intentó violarla, pero no pudo completar el acto sexual porque en ese momento "fue sorprendido por una pareja de policías locales que, estando de servicio en la zona, oyeron los gritos (…) y accedieron al lugar donde los dos se encontraban, en auxilio de la chica".
La Sala Civil y Penal explica que en el caso presente, "la pena con la que se sanciona el delito tipificado en el artículo 179 CP ha sufrido una clara atenuación, pasando de una pena privativa de libertad de 6 a 12 años a otra de 4 a 12 años. La rebaja en un grado correspondiente al delito intentado determina así una nueva pena privativa de libertad de 2 años y 1 día a 4 años (y no la de 3 años y 6 meses a 6 años que correspondería conforme a la antigua redacción). Finalmente, la aplicación de la agravante del artículo 22.2 CP apreciada en la sentencia de instancia, impone preceptivamente la aplicación de la pena antes señalada en su mitad superior, lo que arroja un saldo penológico con un mínimo de 3 años y 1 día y un máximo de 4 años”, detalla la resolución.
De nueve años a ocho en Ciudad Real
El Tribunal Superior de Castilla La Mancha ha rebajado en un año la pena de un condenado por agresión sexual en la Audiencia Provincial de Ciudad Real.
El Supremo tendrá que decidir en el recurso del caso Arandina
Está previsto, además, que el próximo 29 de noviembre el Supremo delibere sobre los recursos presentados contra la sentencia del 'caso Arandina', que absolvió a uno de los tres condenados y rebajó a cuatro y tres años de prisión las penas para los otros dos. El Alto Tribunal se ha dirigido a la defensa, a la Fiscalía y al resto de acusaciones para que se pronuncien sobre si consideran que la ley del 'sí es sí' puede afectar a la sentencia.
Ninguna rebaja de los 54 casos revisados en La Rioja
En el otro plato de la balanza está La Rioja. La Audiencia Provincial de Logroño ha actuado de oficio y ha revisado 54 sentencias que se podían ver afectadas por la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual. Hasta el momento, no se ha modificado ninguna de las penas porque en ninguno de los casos el ministerio fiscal ha informado favorablemente la modificación. Sin embargo, no se trata de "una decisión definitiva" porque la decisión de la Audiencia provincial podría ser recurrida.
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