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Impuesto Hipotecas
Entre los numerosos gastos que tiene la constitución de una hipoteca está el impuesto sobre la escritura notarial, denominado Actos Jurídicos Documentados. Este porcentaje varía según la comunidad autónoma donde está la entidad que realiza el préstamo.
El impuesto está regulado por el Real Decreto Legislativo 1/1993 de 24 de septiembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Esto influye en los documentos notariales, mercantiles y administrativos.
El destinatario de este gravamen lo cobra la Administración Pública y es recaudado por cada comunidad autónoma. A lo largo del territorio español el porcentaje impositivo varía entre el 0,5% y el 1,5% del total de la compraventa.
Andalucía, Aragón, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Galicia y Murcia pagan un 1, 5% del impuesto. Las que menos, el 0,5%: Ceuta, Melilla, Navarra y el País Vasco.
El impuesto supone un 70% de los gastos de constitución de la hipoteca.
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