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Madrid/Glovo, la plataforma de 'delivery', ha anunciado la contratación de 2.000 repartidores en España antes de que acabe 2021 para adaptarse a la nueva Ley Rider y cumplir con el nuevo marco legal, que obliga a las compañías a contratar a estos trabajadores como asalariados.
En concreto, la plataforma de reparto ha explicado que ha trabajado "a contrarreloj durante los últimos meses" para adaptarse a esta regulación, contando para ello con un periodo de transición "muy corto" para un cambio de tal magnitud, según informaron a Europa Press fuentes de la compañía.
"Queremos que sea una transición real y justa, que cumpla con el marco legal y recoja la realidad del sector", han recalcado desde la plataforma de 'delivery', que con este plan de transición en España busca adaptarse a la nueva normativa.
De esta forma, Glovo iniciará la contratación directa de cerca de 2.000 repartidores antes de que acabe este año, con horarios y retribuciones fijas y rutas concretas para aquellos servicios que, por su naturaleza, son viables tecnológica y operativamente.
La plataforma ha explicado que se trata de una primera fase de transición que, en los meses siguientes, seguirán completando y ampliando.
Además, Glovo ha anunciado que lanzará un nuevo modelo "inédito en España", que sigue el criterio establecido por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
La plataforma de 'delivery' ha explicado que este modelo tendrá"nuevas características" y permitirá"simultanear otras aplicaciones y actividades con total flexibilidad, autonomía e independencia".
De esta forma, Glovo se adapta a la nueva normativa, después de que el pasado mes de septiembre, el Pleno de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo declarara que la relación existente entre un 'rider' y la plataforma tenía naturaleza laboral, por lo que rechazó elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
En concreto, el alto tribunal estimó el primer motivo del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el demandante, argumentando que concurrían las notas definitorias del contrato de trabajo, examinando en particular las de dependencia y ajenidad.
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