Acesur, condenada a pagar 966.382 euros por incumplir entregas de aceite
Un juez de La Carolina estima la demanda de la firma Cavanna Olii contra la aceitera andaluza, que había alegado cambios "radicales" en el mercado, como la guerra de Ucrania
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Jaén/ El juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de La Carolina (Jaén) ha condenado a abonar 966.382 euros a la empresa Aceites del Sur-Coosur-Acesur por incumplir entregas de aceite a Cavanna Olii desde febrero de 2022 alegando cambios "radicales" en el mercado, como la guerra en Ucrania.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efeagro, estima íntegramente la demanda interpuesta por la compañía italiana Cavanna Olii frente a Acesur por incumplimiento de dos contratos de compraventa firmados en 2020 y 2021 (con una novación posterior en agosto de 2021).
Y le impone a la multinacional española pagar cerca de un millón de euros por daños y perjuicios derivados del sobrecoste que tuvo que asumir Cavanna para adquirir el aceite de oliva no suministrado.
El juzgado jiennense le condena también al pago de la cantidad que resulte de las diferencias de precio existentes por la mercancía que Cavanna Olii tenga que adquirir como reemplazo "hasta el cumplimiento de la totalidad de toneladas pendientes de entrega".
Sobre la sentencia, que condena en costas también a Acesur, cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Jaén.
Fuentes de Acesur han mostrado a Efeagro su desacuerdo con esta sentencia, que "no es firme", por lo que "se está recurriendo"
Desestima la demanda de Acesur
Por otro lado, el juez desestima íntegramente la demanda reconvencional que interpuso, a su vez, la empresa española contra la italiana en la que Acesur argumentaba la concurrencia de "circunstancias excepcionales e imprevisibles" de mercado desde julio de 2020 (fecha del primer contrato) que hacían que su cumplimiento resultase "excesivamente oneroso".
Entre esas circunstancias, Acesur nombra la afectación que la borrasca Filomena (enero de 2021) tuvo en el sector; el comienzo de la guerra en Ucrania (febrero de 2022); o el impacto de la sequía durante estos años.
Acesur defiende que esas circunstancias les servían para acogerse a la cláusula "Rebus sic stantibus" (permite revisar el contenido de un contrato por alteración sobrevenida de circunstancias) pero el juez no cree que se trate en este caso de elementos "imprevisibles e inevitables de tal magnitud que permita la aplicación" de dicha cláusula.
Por otro lado, la sentencia ve probado que ambas partes renegociaron el contrato dándole su visto bueno; sin embargo se aportó un audio a la instrucción que "revela la verdadera intencionalidad" de Acesur de "incumplir el contrato" para "vender el aceite que tenía comprometido con Cavanna a precio de mercado a otros operadores para obtener un mayor beneficio económico".
Para el juez, Acesur ha ejecutado "prácticas muy alejadas de lo que deben ser los criterios éticos-comerciales" y asegura que ha utilizado "su posición dominante o predominante en el mercado del aceite de oliva" para "imponer sus condiciones de negociación y renegociación".
El precio de venta
Por otro lado, la oleícola española sustentó también su demanda en que el precio fijado entre las partes en dicho contrato para la entrega del aceite de oliva refinado (1.830 euros/tonelada) "vulnera lo dispuesto" en la Ley de la Cadena Alimentaria que establece la "prohibición legal imperativa" de venta por debajo del coste de producción.
Entre otros argumentos para rebatir ese punto, la sentencia recuerda que Acesur actúa como proveedor y no como agricultor mientras la norma recoge que es el productor primario el que "podrá exigir resarcimiento por daños y perjuicios en sede judicial" si se han firmado estipulaciones "que incumplan" lo recogido en dicha Ley en cuanto al precio a pactar en el contrato alimentario.
Además, cree que esta alegación sobre la Ley de la Cadena Alimentaria "decae fácilmente en la medida en que es la primera que vende a otros operadores del mercado del aceite de oliva, dicho producto por encima o por debajo del valor del precio del mercado".
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