Ordenan retirar un periódico del PP de Benalmádena por “infracción electoral”
La Junta Electoral de Zona considera que el candidato popular hace "una petición expressa del voto" en el diario
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Benalmádena/La Junta Electoral de Zona de Marbella ha estimado una denuncia presentada por el PSOE contra el PP de Benalmádena, relativa a una entrevista realizada al candidato a la Alcaldía del PP, Juan Antonio Lara, en un periódico gratuito repartido en la localidad, del que ha ordenado su retirada al considerar que existe “infracción electoral” por "una petición expresa del voto".
Según el escrito al que ha tenido acceso este diario, fechado el 28 de abril, el periódico sobre el que se interpone la denuncia se denomina 'Benalmádena popular', considerando la Junta Electoral de Zona que existe “infracción electoral” por parte del Partido Popular de Benalmádena y su candidato Juan Antonio Lara, según lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).
En concreto, la Junta Electoral estima que las declaraciones vertidas por Lara en el diario impreso hacen referencia a una “petición expresa del voto” y en consecuencia ordena al Partido Popular “la paralización inmediata de los periódicos denunciados y su retirada, bajo los apercibimientos legales”.
Para ello, el órgano se basa en la declaración vertida por el candidato popular: “Tenemos que ir en masa a votar cambio en Benalmádena porque eso será lo mejor que le puede pasar a Benalmádena. Este próximo 28 de mayo no es momento de hacer experimentos, sino de apelar a la única alternativa posible que permita un cambio real que ponga Benalmádena donde se merece”.
La denuncia del PSOE alega que Lara "pide e induce el voto"
Según la denuncia presentada por el PSOE, a la que ha tenido acceso Málaga Hoy, “el PP de Benalmádena está distribuyendo durante este mes de abril, ya convocadas las elecciones locales, un periódico gratuito denominado Benalmádena popular que incluye una entrevista del candidato a la Alcaldía de esta formación en ese municipio, Juan Antonio Lara, en la que pide e induce el voto al PP”.
Según el documento, el artículo 53 de la LOREG y la Instrucción 3/2011, de 24 de marzo, de la Junta Electoral Central “prohíben incluir la petición de voto en el reparto de folletos en el periodo que comprende entre la convocatoria de las elecciones (4 de abril de 2023) y el inicio de la campaña electoral (12 de mayo de 2023)”, una infracción que “conlleva el inicio de un expediente sancionador”.
Así, en la denuncia se solicita a la Junta Electoral que “establezca que existe infracción electoral por parte del Partido Popular de Benalmádena y su candidato a la Alcaldía, Juan Antonio Lara, según lo dispuesto en el artículo 53 de la LOREG y la Instrucción 3/2011 de 24 de marzo de la Junta Electoral Central”.
También se pide “ordenar al PP la paralización inmediata del reparto de los periódicos denunciados en el presente escrito y su retirada, así como de cualquier otra publicidad similar que estén realizando en la ciudad”, además de requerir que que “extreme el cumplimiento de lo dispuesto en la LOREG y la Instrucción 3/2011 en cuanto a realizar campañas durante el periodo prohibido, desde la convocatoria de las elecciones hasta el inicio de la campaña electoral"; e “incoar el expediente sancionador que proceda por los hechos denunciados”.
El PP recurre el acuerdo a la Junta Electoral Provincial
Por su parte, el PP benalmadense ha recurrido este sábado, 29 de abril, ante la Junta Electoral Provincial de Málaga el acuerdo adoptado por el órgano de Marbella, que establece la retirada del periódico Benalmádena Popular por “infracción electoral”. Así, los populares alegan en su recurso que “no hay una petición expresa del voto” y que son “manifestaciones propias de la dialéctica política”, por lo que argumentan que “los hechos objeto de denuncia no son constitutivos de ninguna infracción electoral”.
“Las manifestaciones denunciadas son propias de la dialéctica política habitual, sin que medie una petición expresa del voto”, han defendido desde el PP en su escrito, al que ha tenido acceso este periódico, por lo que estiman que “la resolución dictada realiza una interpretación extensiva y totalmente fuera de lugar de las palabras del candidato del PP” en la localidad.
De este modo, señalan que la resolución de la Junta Electoral de Zona de Marbella pretende “convertir en infracción lo que es precisamente norma en periodo electoral de precampaña”, y es que “los candidatos y formaciones políticas presenten sus programas electorales y proyectos, manifestándose todos como la mejor opción electoral y como la opción ganadora”.
Según el documento, ello implica “ofertar su opción de gobierno como la más interesante y sugerente, precisamente con la idea de obtener el apoyo ciudadano en las urnas, sin que ello implique una petición expresa del voto, que exige una literalidad que aquí no se da”.
Por otro lado, defienden que “las concretas manifestaciones objeto de análisis son expresión del constitucional derecho a la libertad de expresión, consagrado en el artículo 20 de nuestra Constitución”, por lo que valoran el acuerdo de la Junta Electoral de Marbella como una “interpretación extensiva de limitaciones al derecho fundamental a la libertad de expresión”.
De esta manera, señalan que, “dentro de la característica dialéctica política, se hace una invitación a “votar por el cambio”, sin que ello implique una literal petición del voto a favor de una determinada formación política”.
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