¿Cuál sería la fecha en caso de tener que repetirse las elecciones generales?

La primera votación de investidura condicionará el escenario de una hipotética repetición electoral, que podría coincidir con Navidades

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Pedro Sánchez en una comparecencia en el Congreso de los Diputados. / Mariscal (Efe)
Agencias

23 de julio 2023 - 22:47

Los resultados de las elecciones generales de este 23 de julio dejan un Congreso sin bloques claros que puedan conformar una mayoría clara al menos a priori.

Con este escenario sobre la mesa, la posibilidad de una repetición de las elecciones generales se muestra como un escenario plausible al que deberíamos tener que enfrentarnos en los próximos meses, pero ¿cuál sería la fecha de esa hipotética repetición electoral?

Tras las elecciones del 23 de julio, las nuevas Cámaras se constituyen el 17 de agosto y, a partir de ahí, entra en juego el Rey, que abre una ronda de consultas con los portavoces parlamentarios en busca del candidato a la investidura.

No todos los plazos están reglados, pero éstas son las fechas clave de este tránsito:

Fechas de una posible repetición electoral

La fecha de esa primera votación de investidura condiciona el calendario en caso de una repetición electoral, ya que, en caso de bloqueo, las Cortes se disolverán al cumplirse dos meses de esa fecha para celebrar elecciones 47 días después.

A partir de la votación, se abren dos escenarios:

  1. Gobierno en septiembre: Si se ha logrado la investidura al primer intento, el nuevo presidente podría tomar posesión el 8 de septiembre y ya nombrar de inmediato a sus ministros. Con un Ejecutivo ya en el banco azul se podrá celebrar la Sesión Solemne de Apertura de Legislatura, presidida por el Rey, lo que no se espera hasta octubre. En todo caso, las comparecencias de los nuevos ministros en sus respectivas comisiones del Congreso para exponer sus planes no podrán celebrarse hasta la tercera semana de septiembre porque antes los grupos parlamentarios deben llegar a un acuerdo sobre la composición de las comisiones, cuyo número y nombre depende de los departamentos del Ejecutivo, luego éstas deben constituirse.
  2. ¿Elecciones repetidas en Navidades? Por el contrario, si no se ha logrado la investidura en ese debate, tras la primera votación fallida comienza a contar un plazo de dos meses para posibles nuevos intentos. Eso implica que, si hay un fracaso a principios de octubre -como ocurrió con las fallidas investiduras de Pedro Sánchez en marzo de 2016 y julio de 2019-, y si no se logra una alternativa viable en los dos meses posteriores, habría que disolver las Cortes nuevamente en noviembre y celebrar elecciones a los 47 días, o sea en fechas navideñas.
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