La Audiencia Nacional pide la extradición del condenado por la "matanza de Atocha"
La matanza de Atocha
Pretende que Carlos García Juliá, detenido recientemente en Brasil, cumpla los más de diez años de cárcel de la sentencia que aún le quedan por cumplir
La Audiencia Nacional ha dictado un auto en el que propone al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, que solicite a las autoridades de Brasil la extradición del condenado por la “Matanza de Atocha” y detenido en aquel país Carlos García Juliá, con el fin de que cumpla los más de diez años de cárcel de la sentencia que le quedan por cumplir, según ha informado este martes la Audiencia Nacional.
En un auto, la Sección Primera de la Sala de lo Penal acuerda igualmente remitir al Ministro de Justicia el auto del 8 de marzo del año pasado por el que se acordaron las oportunas órdenes de búsqueda, detención e ingreso en prisión de García Juliá, así como la orden de detención internacional y la documentación exigida en el convenio de extradición.
Recuerda la Sala que García Juliá fue condenado en febrero de 1980 a 30 años de prisión como autor de un delito de asesinato consumado, cuatro penas de 25 años por otros cuatro asesinatos consumados, otras cuatro penas de 15 años por cuatro asesinatos frustrados y 3 años por delitos de tenencia ilícita de armas.
El auto recuerda que de acuerdo con la sentencia García Juliá, en unión de Francisco Albaladejo, Jorge Fernández y Leocadio Jiménez, antiguos militantes de “Falange Española” y “Fuerza Nueva” constituyeron un grupo radical y totalitario, disconforme con el cambio constitucional que ese estaba operando en España y, de acuerdo con esos ideales y por enemistad con un sindicalista del transporte afiliado a CCOO., Joaquín Navarro Fernández, que intervenía en la huelga del transporte y que se asesoraba en el despacho de abogados laboralistas con sede en la calle Atocha 55, “decidieron tomar venganza y agredir física y violentamente al señor Navarro y a los abogados del referido despacho”.
A tal fin, continúa, el 24 de enero de 1977, provistos de pistolas del calibre 9 mm parabellum, sobre las 22.30 horas, llamaron a la puerta del despacho y cuando les abrieron, encañonaron a las personas que allí había, les condujeron a un salón, destruyeron los archivos, arrancaron los cables de teléfono y “cuando tuvieron a todas sus víctimas inermes y con los brazos en alto, dispararon de forma fría e inopinada”, causando la muerte de los abogados Francisco Javier Sauquillo, Javier Benavides, Enrique Valdevira, el estudiante de Derecho Serafín Holgado y el administrativo Ángel Elías Rodríguez leal. Además, causaron heridas a varias personas.
En este caso, según el Tribunal, concurren todos los requisitos legales para proponer al Gobierno que solicite a Brasil la extradición de García Juliá por la comisión de los delitos mencionados para el cumplimiento de la pena, de la que le resta por cumplir un total de 3.855 días.
Los magistrados explican que la pena no ha prescrito porque el plazo es de 30 años, tal y como establece el artículo 133.1 del Código penal español, y son varios los actos procesales que han interrumpido esa prescripción de la pena, entre ellos el auto de agosto de 1996 que revocó la libertad condicional por incumplimiento de las obligaciones impuestas y comisión de un nuevo delito, o el auto de 2001 que acordó solicitar la extradición a Bolivia, país en el que había sido detenido por tráfico de estupefacientes y de donde se fugó durante un permiso penitenciario.
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