Análisis
Santiago Carbó
Algunas reflexiones sobre las graves consecuencias de la DANA
Málaga/Último paso necesario para decir adiós a la despedidas de soltero en Málaga. Al menos a las incívicas. El Ayuntamiento de Málaga ha aprobado en la comisión de Derechos sociales este jueves la normativa que prohíbe actitudes como portar disfraces o ropa con forma de genitales o ir sin ropa por la vía pública, lo que permitirá poner coto a esta forma de ocio.
El pasado mes de febrero se aprobó el endurecimiento de la normativa y ha sido este jueves cuando se le ha dado luz verde al contenido de la ordenanza. Por la misma, principalmente, se multará a aquella persona que transite sin ropa o en ropa interior o con muñecos o elementos de carácter sexual. Se acabaron los penes inflables en las calles de Málaga. La normativa municipal ya prohibía antes el uso de megáfonos o elementos amplificadores de sonido o el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
Para la nueva medida se recogieron las aportaciones de los malagueños por vía del portal de transparencia del Consistorio. Esta moción ha salido adelante con los votos a favor de todos los grupos representados en el Ayuntamiento, excepto Unidas Podemos, que se ha abstenido "porque ya votamos en contra de la ordenanza en general, que creemos que persigue a las prostitutas y no multa en consonancia a los puteros", ha afirmado Remedios Ramos.
Tras la aprobación de este jueves y, una vez continúe con los trámites pertinentes, se incluirá un apartado séptimo en el artículo 36 y un apartado tercero en el artículo 38 del capítulo VI (usos inadecuados del espacio público) de la Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana. En concreto, según la nueva norma, "salvo autorización municipal para lugares concretos, se prohíbe transitar o permanecer en la vía o espacios públicos sin ropa o únicamente en ropa interior; con ropa o complementos que representen los genitales del ser humano o con muñecos/as o elementos de carácter sexual".
Por otro lado, el artículo 38.3 precisa que "en los supuestos contemplados en el apartado 7 del artículo 36, los/as agentes de la autoridad informarán, en primer lugar, a las personas involucradas respecto a la existencia de la prohibición contemplada en la presente ordenanza, y sólo si se persiste en la actitud no permitida, se procederá a la formulación de la denuncia pertinente". "Advertida la referida conducta y con independencia de las sanciones que pudieran imponerse, los/as agentes de la autoridad podrán requerir el cese de la conducta que vulnere la prohibición contenida en el artículo 36", se precisa.
Se parte, para ello, de un principio de garantía de los derechos y libertades individuales y se ajusta a las medidas punitivas al principio de intervención mínima. Así, las conductas individuales sólo se tipifican como infracciones en la medida en que afectan o impiden el libre ejercicio de las demás personas.
En definitiva, se prohibirá a los ciudadanos transitar sin ropa, portar muñecas hinchables desnudas o llevar complementos con forma de pene en la cabeza, comportamientos muy comunes en las despedidas de soltero. Las multas por este tipo de comportamientos podrán ascender hasta los 750 euros.
El texto publicado señala también que en primer lugar los agentes de la autoridad informarán a las personas afectadas de la prohibición que contempla la ordenanza y "sólo si persiste en la actitud no permitida se procederá a la formulación de la denuncia pertinente".
En la exposición de motivos de esta propuesta, el Ayuntamiento de Málaga explica que su objetivo es "poner freno a algunos comportamientos incívicos que puedan perturbar la convivencia entre los vecino/as" de la ciudad.
"La proliferación en estos últimos años de determinadas conductas asociadas al nudismo, la utilización exclusiva de ropa interior o de contenido erótico en los espacios públicos aconseja dotar al municipio de una nueva regulación", señala el consistorio.
El fin último, agrega, es "preservar el espacio público como un lugar de encuentro, convivencia y civismo, en el que todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y recreo, con pleno respeto a los demás y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida".
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