Acuerdan mantener al alcalde de Nerja y a la ex regidora en el caso del vertedero
Tribunales
Desestiman los recursos presentados por las defensas de varios de los investigados
Se investiga la existencia desde hacía unos 15 años de un vertedero, ubicado junto al río de la Miel
Málaga/La Audiencia de Málaga ha confirmado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Torrox de seguir la causa sobre el vertedero supuestamente ilegal en Nerja causa sobre el vertederopor el trámite de procedimiento abreviado contra 13 personas, entre ellas el actual alcalde, José Alberto Armijo; y la ex regidora Rosa Arrabal.
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que se desestiman los recursos presentados por las defensas de varios de los investigados en este caso, entre ellos la ex alcaldesa y el regidor, que entendían que no existía "ni siquiera de forma indiciaria" la conducta delictiva que se les achaca y que habría que decretar el sobreseimiento de la causa.
En esta causa se investiga la existencia desde hacía unos 15 años de un vertedero, ubicado junto al río de la Miel, dentro del Parque Natural Sierra de Tejeda, Almijara y Alhama, en el que supuestamente se vertía "de manera incontrolada residuos de la construcción, peligrosos y podas". Se investigan delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente, y de prevaricación administrativa.
Ahora, la Sala de apelación considera que de lo investigado por el momento se desprende "de forma indiciaria" que los investigados "han podido cometer" los delitos que se les investiga de forma inicial en cada caso; apuntando que en la primera resolución dictada se recoge la motivación "exigida" para poder continuar la causa por el trámite previsto del procedimiento abreviado.
En este sentido, se precisa que del auto recurrido se desprende, por un lado, "los hechos punibles, claros y concisos, que pueden ser imputados" y, por otro, "las personas a las que se les puede imputar, sin que sea precisa una valoración en profundidad" en este momento procesal. Asimismo, se rechaza que exista indefensión de los investigados.
Auto
Se desprende, por un lado, "los hechos punibles, claros y concisos, que pueden ser imputados" y, por otro, "las personas a las que se les puede imputar.
Por esto, la Audiencia sostiene que los recursos no pueden ser estimados "al no apreciar argumentos jurídicos determinantes" y considera adecuada la aplicación del ordenamiento jurídico realizada por el juez de instrucción, apuntando que la decisión "resulta acomodada a la realidad que aflora de la documentación" y no es arbitraria.
La causa contra 13 personas
El juzgado de instrucción acordó seguir la causa contra 13 personas y seis mercantiles; así como contra la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento como responsables civiles subsidiarios. Asimismo, decretó el sobreseimiento respecto del resto de investigados hasta ese momento y decidió, tal y como sostuvo el fiscal, sacar del proceso los delitos de estafa, falsedad e integración en grupo criminal.
El juez entendía que debía seguir el caso respecto a la entonces alcaldesa y el ahora regidor por los delitos de prevaricación administrativa y contra los recursos naturales y el medio ambiente. Asimismo, acordó que continuaran en la causa tres ex concejales de Medio Ambiente y una ex responsable de la Consejería de dicho área de la Junta; así como siete empresarios, supuestamente relacionados con la gestión y uso del espacio.
En lo que se refiere a Armijo, el juez señala que como alcalde entre 1995 y 2015 habría participado "activamente en la constitución del vertedero no autorizado, llegando a ordenar el vertido de escombros en la antigua cantera alegando razones de urgencia pero sin obtener en su mandato las autorizaciones administrativas precisas para desarrollar esa actividad" en dicho terreno. Además, considera que tuvo conocimiento de los expedientes sancionadores iniciados.
Asimismo, añade que pese a las medidas cautelares dictadas, que ordenaban la suspensión de la actividad, presuntamente "no adoptó decisión alguna ni ordenó promover expedientes para paralizar o eliminar la actividad desarrollada en el vertedero". Supuestamente, señala el juez, tampoco realizó acciones para legalizar el uso del terreno municipal por parte de los privados que gestionaban el vertedero.
En lo que respecta a la ahora ex regidora, que fue alcaldesa desde junio de 2015, el instructor señalaba indiciariamente que habría tenido "conocimiento de la existencia del vertedero" y pese a ser la máxima representación municipal "no adoptó decisión ni ordenó promover expediente alguno para paralizar la actividad desarrollada". Al igual que al anterior se le achaca que omitió "de forma palmaria" cualquier procedimiento respecto del uso privado del terreno público.
En cuanto a los ex ediles de Medio Ambiente y la que fuera secretaria general de dicha área en la Consejería, el instructor apunta, igualmente, a que habrían tenido conocimiento del vertedero "sin que ordenaran o promovieran" expediente alguno. Respecto a las empresas, habrían realizado vertidos "careciendo de las preceptivas autorizaciones e informes"; siendo los empresarios investigados los representantes de las mismas.
Esta acción desarrollada ha tenido incidencia en la zona, que cuenta con especial protección, de forma que un informe pericial que consta en la causa estima en 10,7 millones de euros el coste para devolver el terreno a su estado original "dada la cantidad y tipología de residuos a gestionar".
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