Cien denuncias este año a los dueños de mascotas por no recoger los excrementos

La Policía Local de Málaga advierte que las sanciones pueden oscilar entre los 75 y los 500 euros

Un hombre pasea con sus dos perros en la capital.
Redacción Málaga

03 de agosto 2013 - 01:00

Un centenar de dueños de mascotas han sido denunciados por la Policía Local de Málaga en los primeros seis meses del año por no recoger de la vía pública los excrementos de estos animales. Las sanciones pueden oscilar entre los 75 y los 500 euros. Estas sanciones, fijadas para las personas que sean sorprendidas dejando las deyecciones de sus perros en la vía pública o permitiendo que orinen o defequen en aceras o espacios de tránsito, están contempladas en el artículo 19 de la ordenanza municipal para la garantía de la convivencia ciudadana y la protección del espacio urbano en la ciudad de Málaga.

La Policía Local de la capital vigila muy de cerca las infracciones relacionadas con propietarios de animales que los sacan a pasear a la calle sin hacerse cargo de la recogida de las deyecciones de los mismos. Los resultados de la vigilancia en el cumplimiento de la normativa en los últimos tres años así lo demuestran. Así, y según los datos facilitados ayer, en este periodo han sido denunciados 570 propietarios sorprendidos por policías locales mientras los animales hacían sus necesidades en la vía pública. De ese montante de denuncias, 48 corresponden a 2010, 199 a 2011, y 323 durante todo el pasado año.

Desde el Ayuntamiento de Málaga se esta trabajando para intentar evitar en la medida de lo posible este tipo de conductas que dañan la imagen de la ciudad y afectan a todos los ciudadanos. Además de las campañas de prevención e información realizadas, especialmente con la colocación de más de un millar de señales recordando la obligación de recoger los excrementos en toda la ciudad, se ha incrementado la labor de vigilancia por parte de los efectivos de la Policía Local de la capital.

Según las normas de conducta incluidas en dicha normativa municipal, las personas propietarias y poseedoras, así como quienes conduzcan animales domésticos en los espacios públicos, quedan obligadas a la recogida inmediata de las deyecciones de éstos, cuidando, en todo caso, de que no orinen ni defequen en aceras y otros espacios de tránsito. La infracción de esa obligación tiene la consideración de infracción leve, y se considera grave cuando tenga lugar en parques y jardines, calles peatonales, zonas de gran confluencia de público o adyacentes a centros educativos y sanitarios.

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