Estafa de la Lotería: hacen creer a un anciano que había ganado un premio para timarle 280.000 euros
El engaño se gestó a través de la llamada de una supuesta abogada que aseguró a la víctima que había sido timada, pero que le había tocado la lotería y que, para cobrar el premio, debía pagar unos impuestos
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Estafaron a un anciano al que hicieron creer que había ganado la lotería en España y que tenía que abonar 280.000 euros para cobrar el premio, pero la suerte, en realidad, no había estado de su parte. La ilusión porque así fuera le había jugado una mala pasada y acabó autorizando hasta seis transferencias -dos de ellas de 100.000 euros- a sus timadores, que han sido condenados. Para hacer más creíble la farsa, le enviaron un correo con un certificado en el que constaba el hipotético botín.
Los hechos se remontan al año 2013 y ha sido ahora cuando el Tribunal Supremo (TS) ha rebajado las penas de prisión impuestas a tres implicados junto a un cuarto acusado. La víctima es un ciudadano austriaco de 75 años a quien un grupo de estafadores le prometió una participación en los premios del sorteo. El engañó se gestó a través de la llamada de una supuesta abogada -que hablaba alemán-. En esa conversación, la mujer le explicó al septuagenario que había sufrido un fraude a manos de unos timadores y que podía emprender acciones legales contra ellos. Pero para sacarle más dinero, mantuvo la versión del premio ganador. La letrada le aseguró que era cierto que le había tocado la lotería y que, para cobrarlo, debía hacerle llegar 80.000 euros para pagar los impuestos correspondientes.
La estafa siguió su cauce a través del correo. El anciano recibió así un escrito de la abogada que le había prometido asesoramiento para indicarle a qué cuenta bancaria debía girar el dinero. La víctima, convencida de que se había alzado con el premio, picó el anzuelo. Ordenó cuatro transferencias de 20.000 euros cada una. Meses después, una nueva llamada, le incitaba a dos nuevos pagos que sumaban otros 200.000 euros.
La sentencia, con fecha del pasado 12 de diciembre, modifica la condena inicial impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a los cuatro pequeños empresarios, cuyas sociedades estaban radicadas en Málaga y Majadahonda (Madrid).
Los magistrados del Tribunal Supremo han considerado que, aunque hay pruebas de que el cuarto hombre fue el autor material de la estafa y organizó a los tres condenados, no hay evidencias de que estos tres se pusieran de acuerdo entre ellos para consumar la estafa. Por ello, el tribunal ha concluido que cada uno de ellos deberá responder individualmente por el fraude que cometió y no por el conjunto.
Así quedan las penas: el Supremo los libra de la cárcel:
Así las cosas, la Sala de lo Penal ha visto pertinente rebajar la condena a tres de los cuatro acusados. A uno de ellos se le modifica la pena de los 3 años y medio de cárcel a 6 meses; a otro se la deja en 1 año; y al tercero en 1 año y medio. Al que contactó con los tres se le ha mantenido.
La Audiencia Provincial de Madrid condenó al autor material de aquel timo a 3 años y medio de prisión por un delito continuado de estafa. Impuso la misma pena a las otras tres personas con las que se puso de "previo y común acuerdo" para obtener el dinero del ciudadano austriaco.
Además, se les impuso el pago de una multa de 1.620 euros y la indemnización a la víctima con 280.000 euros más intereses. Disconformes con la sentencia, los cuatro implicados llevaron su caso hasta el Tribunal Supremo. Uno de los hombres alegó que se le había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia porque, argumentó, se le condenó sin que constara que tuviera relación alguna con la supuesta "abogada española" que llamó al septuagenario. Insistió en que tampoco constaba que hubiese participado en el engaño ni que estuviese vinculado con los otros acusados.
El Supremo le ha dado la razón parcialmente al considerar que hay evidencias de que hubo un "concierto entre el autor material del fraude y cada uno de los beneficiarios", pero "no hay prueba alguna de que los cuatro actuaran de forma concertada".
Los hechos probados son "claros"
Al margen, los condenados insistieron en sus recursos de casación en que no habían engañado al austriaco. El Supremo, sin embargo, estima que los hechos probados son "claros" y "no dejan duda alguna" de que el tribunal declaró que sí hubo engaño.
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