Fiscal de Medio Ambiente en Málaga: "Estamos investigando si en la Axarquía se ha producido delito ambiental"
FERNANDO GERMÁN BENÍTEZ PÉREZ-FAJARDO | FISCAL DE MEDIO AMBIENTE
El encargado de la Fiscalía de Medio Ambiente de Málaga señala que este tipo infracciones han aumentado como consecuencia de la sequía
Defiende que toda distracció de agua tenga su correspondiente sanción penal
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La sequía sigue agravándose a pesar de las leves lluvias de los últimos días. La situación ya es límite. El comité de sequía de la Junta de Andalucía ha determinado en consecuencia que el consumo máximo por habitante al día en Costa del Sol, Axarquía y Málaga será de 160 litros. Entre las limitaciones, la prohibición de uso de agua potable para baldeo de calles, llenado de piscinas privadas, riego de jardines, parques públicos y privados, campos de golf, lavado de coches fuera de los establecimientos autorizados, fuentes ornamentales que no dispongan de circuito cerrado de agua, duchas y surtidores públicos en los sistemas declarados de excepcional sequía y escasez grave. Con este panorama, las infracciones relacionadas con el agua mantienen una tendencia al alza, asegura el delegado de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía de Málaga, Fernando Germán Benítez Pérez-Fajardo (Madrid, 1960).
–¿Los delitos ambientales están haciendo sombra en el último tiempo a los urbanísticos como consecuencia de la sequía?
–Los delitos urbanísticos están descendido al tiempo que los medioambientales aumentan y yo creo que los efectos de la sequía tienen bastante que ver con este fenómeno.
–Es lo que más preocupa a la sociedad ahora.
–Sí, la preocupación por el urbanismo ya rompió una tendencia al alza en la década anterior y, a partir de entonces, también al hilo de la crisis económica y de otras circunstancias que se han dado, ha ido descendiendo y, con ello, ha disminuido el nivel de preocupación de la sociedad. Es cierto que todo lo relacionado con el agua ahora mismo está en primera línea de fuego porque la situación de sequía es evidente y ya está teniendo trascendencia sobre la actividad económica, incluso la doméstica. La gente está empezando a preocuparse y estamos sufriendo, quizás, las consecuencias de una cierta pasividad en las últimas décadas en lo relativo al agua.
–Hace más de cinco años que el Seprona inició la operación denominada Chaak en la zona de La Axarquía contra el presunto uso fraudulento del agua en el riego de mangos y aguacates. El resultado, 26 personas detenidas y otras 44 investigadas. ¿Qué cantidad han defraudado?
–Los primeros datos que se aportaron (26 hectómetros cúbicos defraudados y unos 10 millones de euros en daños) son aproximativos. Después se hizo un informe más preciso y estamos pendientes de un último que tiene que realizar la Unidad Técnica de la Guardia Civil adscrita a la Fiscalía de Sala.
–Los responsables, ¿a qué delitos se enfrentaron?
–En principio, cualquier utilización de agua del dominio público no autorizada puede ser delito. Un delito leve de usurpación o de extracción de aguas de su curso del artículo 247 que está sancionado con pena de multa. Si además ha habido un daño al dominio público porque el agua nos pertenece a todos y si la cantidad de agua detraída es tanta que supone un daño al dominio público, también constituye un delito de daños agravados del 264. En caso de que además tenga una repercusión medioambiental hasta el punto de llegar a causar o provocar un peligro de daño al medio ambiente, como puede ser a la calidad del agua, del suelo, del aire, a la salud de las personas o al equilibrio de los sistemas naturales entonces ya sería también un delito medioambiental. Las tres posibilidades están abiertas y serán los informes periciales los que determinen por cuál de ellas las acusaciones nos tenemos que decantar y el juzgado determine el objeto del procedimiento y qué alcance va a tener.
–¿Han fallado las administraciones?
–Claro, cuando tiene que intervenir el derecho penal siempre es porque la administración no actúa a tiempo o con la contundencia que debiera. Pero, eso ocurre tanto en delitos ambientales como en urbanísticos. De hecho, el Supremo lo ha dicho en muchas resoluciones. La insuficiencia o la ineficacia de la administración es la que obliga a intervenir al orden penal para reprimir la conducta atentatoria contra el bien jurídico.
–¿Es el primer caso que de esta índole y esta magnitud que investiga la Fiscalía de Málaga?
–En Málaga sí. En Sevilla y en Huelva, en el entorno de Doñana, hay numerosas sentencias condenatorias por delito de daño al dominio público y por delito medioambiental. La característica de Doñana es que ellos tienen un entorno protegido y que esa detracción de agua incide directamente sobre el ámbito protegido territorial y eso aquí, por lo menos en la Axarquía, no lo tenemos. Lo que tenemos es efectivamente una situación de colapso hídrico que puede ser grave en general para todo el sistema medioambiental, pero no hay una zona especialmente protegida.
–¿La mayoría de casos que llegan tienen la suficiente trascendencia penal?
–Todo lo que manda el juzgado es porque creo que tiene trascendencia penal. Cuando no lo hago es porque entiendo que no la tiene. Lo archivó aquí en diligencia de investigación. Una de las particularidades de la provincia de Málaga es que casi todo lo que tiene que ver con medio ambiente empieza aquí, en esta mesa, en la Fiscalía de Medio Ambiente. En otros sitios no pasa. Los cuerpos policiales van directamente al juzgado con el atestado. Aquí lo tenemos casi todo centralizado porque tanto el Seprona como los agentes de medio ambiente actúan en coordinación con esta Fiscalía con muy buenos resultados porque de esta manera tenemos un mayor control sobre las causas. Por tanto, lo que no se tiene trascendencia medioambiental se archiva y frente a eso el denunciante particular, normalmente grupos ecologistas, puede acudir directamente al juzgado y repetir allí la denuncia. O sea, que el asunto muera, sino que nosotros consideramos que no tiene trascendencia.
–¿Suelen acabar entonces en sanciones administrativas?
–Toda distracción de aguas debe tener su correspondiente sanción penal como delito leve, como mínimo. Es cierto que ocurre, del mismo modo que en el ámbito urbanístico, que objeto sancionador administrativo y el penal se solapan. Hay un momento en el que hay que distinguir hasta donde llega uno y donde empieza el otro. Pero, el Código Penal prevé que toda extracción de agua del dominio público es un delito leve. Eso no tiene discusión.
–¿Qué dice el Código Penal en materia de incendios? En este caso las penas sí son altas..
–Muy elevadas. De hecho, si hay peligro para la vida, la pena es de diez a veinte años. Si no hay peligro para la vida, hablamos de penas que van desde el año hasta los cinco. Yo creo que son bastante, bastante considerables.
–¿Cree que son desproporcionadas?
–No lo creo. Lo que ocurre es que en los incendios forestales es difícil muchas veces localizar o identificar al autor, incluso en ocasiones también resulta complejo determinar la propia causa del incendio.
–¿En qué punto se encuentran los procedimientos abiertos por los incendios de 2021 y 2022 que afectaron a Sierra Bermeja?
–El que tenemos pendiente es el de 2021. No estaba bajo investigación de autoría y, de momento, no había ningún investigado que pudiese haber sido identificado. El procedimiento del siguiente año se arhivó porque la primera explicación sobre el origen del incendio que dieron los agentes de Medio Ambiente luego fue desmentido por ellos mismos al tener cuenta otras fotografías que aportaban otra información que contradecía la anterior. Por tanto, en este último caso no solo nos quedamos sin autor, sino también sin causa y entonces no teníamos contra quién proceder.
–En verano de 2022 también ardió parte de la Sierra de Mijas. ¿Tampoco se ha identificado al autor?
–Tampoco hemos identificado al autor. Los agentes de medio ambiente pensaban que era un incendio doloso y el Seprona discrepaba, pensaba que era un imprudente. Además, no hemos encontrado indicios suficientes sobre los dos sospechosos, por lo que de momento este caso continúa bajo investigación.
–En el de Coín de 2012, considerado uno de los más graves de la provincia, el único acusado quedó absuelto
–Si celebras un juicio once años después es muy difícil condenar teniendo en cuenta que él ya ha estado sometido ese tiempo a un procedimiento, que ha tenido que presentarse cada quince días en el juzgado, que ya ha sufrido una pena de banquillo bastante importante. Lo deseable sería que esos juicios se ventilarán en muchísimo menos tiempo para que el asunto se viera con más frescura y que no se produjeran estos efectos indeseables. Realmente yo sigo convencido de mi posicionamiento, lo que pasa es que la sentencia no era susceptible de recurso más que en casación y la casación no tenía ninguna prosperabilidad. Además, yo sé que también el tribunal no lo tenía muy claro, le costó decidir.
–¿Influyó en esa demora la falta de medios que usted ha denunciado en varias ocasiones en redes sociales?
–Eso por supuesto y que, normalmente, de los incendios forestales se suelen encargar juzgados pequeños con jurisdicción compartida y donde los jueces por lo general son de primer ingreso y se turnan. Hay un relevo frecuente porque no es el destino en el que quieren hacer vida, lo que se suma a que son asuntos complejos en los que se necesita mucho apoyo por parte de la administración autonómica, que es la que nos surte. En este caso hubo un problema además con la empresa tasadora porque a mitad de procedimiento, cuando ya tenía casi terminada una valoración muy complicada, se acabó su contrato y la Junta decidió que empezara desde cero otra nueva, lo que conllevó que empezáramos de nuevo con la valoración pericial y se retrasó una vez más el procedimiento. También influyó que el responsable civil subsidiario era belga varios de los perjudicados eran alemanes. Había que mandar comisiones rogatorias para hacer ofrecimiento de acciones, lo que también produjo mucho más retraso en la tramitación. Pero el principal problema, desde luego, es la falta de medios.
–Por lo que puedo observar en su escritorio, el papel cero también es una asignatura pendiente todavía.
–El papel cero es una entelequia. Aquí desde luego ni hablar. Y yo porque Seprona, que es con quien llevo las causas más importantes o las que tienen más volumen de papel, les pido por favor que me los manden en archivo digital para poder manejarlo y poder plantarme en juicio con un ordenador y no estar manejando kilos de papel. Pero, luego eso distorsiona también porque el foliado del juzgado diferente, cuesta trabajo articular la prueba. Del papel cero hablaba ya el ministro Catalá, que estaba en 2015, y desde entonces no hemos avanzado demasiado en eso, al menos en esta zona.
–La controvertida ley del bienestar animal, que entró en vigor a finales de septiembre, obliga a una mayor y mejor protección de los animales domésticos. ¿Recibe ahora más denuncias de este tipo?
–Van en aumento progresivo. En eso sí se puede decir que hay una sensibilidad social que ha ido creciendo. También es cierto que el asunto de Parque Animal de Torremolinos (la presidenta del centro provocó la muerte cruel a más de 2.000 animales) dio mucha visibilidad a la Fiscalía de Málaga y a los equipos policiales que intervinieron. A raíz de ahí se observan más denuncias. Además, la sensibilidad de los jueces de Málaga en estos casos muy positiva, lo que se traduce en que las sentencias son en su mayor parte condenatorias. Por su parte, la Policía Local de Málaga está muy especializada en la materia y sabe perfectamente cómo investigar esos hechos. Sin embargo, esta ley es muy reciente y no ha tenido un efecto todavía.
–¿Qué ha supuesto en cuanto a castigo?
–Lo fundamental es que el delito leve de abandono animal ha dejado de ser leve, pasando a menos grave. Las penas no han aumentado notablemente, pero sí se establece una pena alternativa que obliga a que el juzgado instruya y lo vea el juzgado de lo penal. Eso es positivo porque hay una instrucción y los perjudicados pueden personarse y reclamar la indemnización que les corresponda. Antes, con la celeridad que tienen los delitos leves, muchas veces no daba tiempo.
–En septiembre del pasado año, un hombre supuestamente mató al perro de su madre arrojándolo desde una undécima planta. ¿A qué pena podría enfrentarse?
–Antes tenía 18 meses de prisión. Ahora, con la nueva ley, hasta dos años. Yo hubiera deseado, porque además lo vengo reclamando desde hace tiempo, que la pena máxima hubiese legado hasta los tres años porque siempre que nos quedemos por debajo de los dos la posibilidad de suspensión de la misma aumenta. Por encima, es muy difícil. Sin embargo, el legislador no lo consideró así y que esto es lo que tenemos.
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