Inmovilizan más de 5.500 artículos en tiendas de productos derivados del cannabis de Málaga
La Policía Local ha encontrado productos alimenticios y aceites de consumo comercializados sin trazabilidad alguna
Los comercios aprovechan la falta de regulación para poner a la venta productos envasados y etiquetados por ellos mismos
Málaga/La Policía Local de Málaga ha inmovilizado más 5.500 artículos tras la inspección de cinco tiendas dedicadas a la venta de productos derivados del cannabis y se han denunciado las infracciones en materia alimentaria y de consumo, fundamentalmente por la carencia del etiquetado requerido.
Entre los artículos destacan 1.705 productos alimenticios, tales como galletas, pasteles, chocolates, bebidas o caramelos, 832 productos comercializados con supuestos efectos terapéuticos, 129 productos cosméticos y 85 sustancias sin etiquetar.
Además, se han inmovilizado 2.770 productos de usos varios como útiles para la plantación de cultivos o para la inhalación de líquidos mediante cigarrillos electrónicos o vaporizadores, así como sustancias para enmascarar el consumo de drogas en controles policiales, según ha informado la Policía Local de Málaga en un comunicado..
También se ha hallado un complemento alimenticio que al ser ingerido, supuestamente, elimina de la orina cualquier rastro de consumo de estupefacientes.
En las tiendas se comercializaban kits etiquetados como productos fetiche con dos bolsas autocalentadoras y un envase con líquido denominado “orina sintética”, además de un cinturón con velcro con un depósito para llenar con el líquido, provisto con una cánula, de modo que una vez colocado debajo del pantalón queda justo a la altura de la cremallera para evacuar el líquido y, de ese modo, eludir un test de detección de drogas o alcohol en orina.
En cuanto a los productos alimenticios, muchos de ellos carecerían de una descripción de su composición, especialmente en cuanto a presencia de alérgenos, falta de fecha de fabricación y caducidad, así como falta de lote o elementos que permitan su trazabilidad, y se detectó en algunos casos que el etiquetado no venía traducido al castellano.
Dentro de los denominados productos terapéuticos, se han encontrado fundamentalmente una serie de envases variados con diferentes denominaciones que contenían en algunos casos flores secas de idéntico aspecto y olor a la marihuana, y en otros una resina de hachís, y los envases carecían de información de origen, composición, forma de uso, efectos, fabricante o importador.
Los agentes comprobaron posteriormente que dichas flores y resinas eran importadas a granel de otros países de la Unión Europea y eran envasadas en las propias tiendas, que utilizaban un etiquetado realizado por ordenador en impresoras caseras en el que se ponía un número de lote inventado.
También había una gran cantidad de tarros de cristal con dosificador en cuentagotas, denominados aceites de CBD (Cannabidiol), en distintas proporciones, cuyo fin es el de la ingesta por vía sublingual, y que carecían igualmente de control sanitario.
Otro dato que llamó la atención de los investigadores es que en la mayoría de estos productos se indica en el envase que no son para el consumo humano, siendo su fin el “coleccionismo o el uso técnico”, con lo que se pretendía evadir posibles responsabilidades en casos de intoxicaciones o lesiones.
Sin embargo, agentes de paisano fueron testigos de cómo los responsables de las tiendas informaban a clientes de los grandes beneficios que proporcionaba su ingesta y de las propiedades calmantes y relajantes de los mismos.
El carácter lucrativo de los negocios queda patente con el precio base de los citados aceites milagrosos, que por cada 10 mililitros rondaba los 100 euros.
Además, los policías han tomado una serie de muestras de las sustancias carentes de todo etiquetado, que han sido remitidas a los laboratorios del Cuerpo Nacional de Policía para su análisis, y se ha comprobado que el porcentaje de THC se encuentra por debajo del 0,2%.
Por tanto, según jurisprudencia, se entiende que no existen responsabilidades penales por un presunto delito contra la salud pública, independientemente de las infracciones administrativas en las que se pueda incurrir.
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