Málaga registra un cambio de sexo cada dos días en el DNI el primer año de la ley trans

Manifestación por los derechos del colectivo trans.
Manifestación por los derechos del colectivo trans. / José Velasco

La conocida como ley trans fue compleja desde sus inicios, generando tensión y debate tanto fuera del Gobierno como en las calles. Finalmente, entró en vigor el 2 de marzo, lo que permite desde entonces que el colectivo pueda realizar un cambio de nombre y sexo sin ningún requisito a partir de los 16 años, eliminándose las condiciones necesarias anteriores para acceder a este procedimiento (informe médico y dos años de hormonación). Hasta la fecha, desde el Registro Civil informan de que se han resuelto 176 peticiones -tanto de hombre a mujer como de mujer a hombre-.

Nadia Iglesia solicitó el cambio registral en agosto del pasado año. Unos meses más tarde se lo concedieron. Ahora tiene 27 años, pero tenía diez menos cuando detectó que no se identificaba con el sexo asignado al nacer. Aceptarlo una misma, cuenta a Málaga Hoy, es "duro", pero comunicarlo y que tu familia no lo comprenda lo es aún más. Su testimonio no deja lugar a dudas de que el camino está lleno de obstáculos y que la nueva ley lo ha hecho, para personas como ella, un poco más raso.

En las últimas semanas, han aparecido en la pequeña pantalla varias "mujeres" que nacieron hombres y decidieron cambiar su sexo registral conservando una apariencia típicamente masculina e incluso su nombre de siempre. Las asociaciones que defienden al colectivo aseguran estar "muy cabreadas", pues defienden que son "casos evidentemente fraudulentos". Cristina Alias, presidenta de Trans Huella, asegura estar convencida de su objetivo es "intentar que deroguen la ley" y pide a la Fiscalía que "los investigue".

Cristina Alias, presidenta de Trans Huella.
Cristina Alias, presidenta de Trans Huella. / CARLOS GUERRERO

De los cambios de sexo en el DNI concedidos en Málaga, las fuentes consultadas aseguran que "en torno al 20% -de hombre a mujer- eran sospechosos de fraude". "Algunos incluso a los seis meses quieren revertir el proceso", apuntan. Sin embargo, explican que la ley determina en uno de sus articulados que el funcionario que estableciera duda o pusiera inconveniente podría incurrir en multa.

Por su parte, Charo Alises, responsable de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Málaga, considera "necesario que la Dirección General de los Registros y el Notariado elabore una Instrucción en la que se dicten normas para combatir todo este fraude de ley, unificando criterios para denunciar, identificar y revocar fraudes de ley". No obstante hace un balance "muy positivo" de la norma en su primer año. A su juicio, "establece unas obligaciones que los poderes públicos deben cumplir en aras a conseguir la igualdad real", "suple el vacío legal en materia LGTBI de aquellos lugares donde no existe esta normativa y "tiene una función pedagógica sobre la realidad de las personas del colectivo". "Es una manera de derribar los prejuicios que dan lugar a la discriminación y las agresiones, pero es necesario que los poderes públicos cumplan su deber e implementen todo el articulado de la ley", añade.

Cabe recordar que los menores trans que se encuentran en la franja de edad que va desde los 14 hasta 16 años, también pueden llevar a cabo el cambio registral, pero deberán estar acompañado por sus padres o tutor legal para llevar a cabo el proceso; mientras que, si el menor no cuenta con su consentimiento, se nombrará un defensor judicial para resolver el conflicto.

De 12 a 14 años también se puede modificar el género siempre y cuando el menor tenga la autorización de un juez, que examinará su madurez. En el caso de los menores de 12 años, no pueden cambiar la mención registral del sexo, pero sí su nombre para ajustarlo al género con el que se identifica.

Todo aquel que desee hacer esta modificación en el Registro Civil de Málaga debe pedir una cita previa en el bloque designado como “nacionalidades y otros expedientes” y rellenar una solicitud de rectificación de la mención de sexo –y de nombre, si así se desea–, que deberá entregar el día de su convocatoria en el Registro. En el lugar, asistirá a una comparecencia y, tres meses más tarde, tendrá que volver a asistir para la entrevista ante la encargada del grupo administrativo, que resolverá el trámite.

Esta ley también prohíbe la cirugía correctora en los bebés y menores intersexuales, es decir, aquellos en los que las características sexuales no estén claras al nacer; tampoco permite las terapias de conversión que vayan encaminadas a modificar la orientación, identidad sexual o la expresión de género; pone fin al requisito de matrimonio de las parejas homosexuales para registrar a los hijos, y obliga a promover el estudio y la investigación sobre las necesidades sanitarias que requieren las personas LGTBI y especialmente las trans.

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