Málaga sigue sin ordenar el uso de los nuevos vehículos eléctricos
El Ayuntamiento quiere que sea la FEMP la que marque las directrices a seguir con los patinetes y los 'segways'l La Policía admite el vacío existente
Málaga/El crecimiento constante que en los últimos años está teniendo en Málaga capital el uso de dispositivos de movilidad alternativos, ya sea en forma de patinetes, segways, hoverboard, entre otros, colisiona con la ausencia de una normativa específica que regule su utilización. De facto, el cómo y el por dónde han de circular estos 'vehículos' carece de una base reguladora, dado que su realidad sigue sin estar recogida en la ordenanza de movilidad de la ciudad.
A diferencia de los pasos ya dados en grandes urbes como Barcelona, Valencia o Madrid, y a pesar de la existencia de una directriz emitida por la Dirección General de Tráfico (DGT) a finales de 2016, el Ayuntamiento sigue sin afrontar de manera decidida esta situación. Y por lo que se ve tardará aún algunos meses en hacerlo. Su posición de partida es favorable a ordenar el uso de estos mecanismos, pero prefieren esperar a la culminación del trabajo que se viene realizando en la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) con el fin de marcar unas directrices genéricas.
"Es necesario actuar y en ello estamos", dijo la concejala de Movilidad, Elvira Maeso, quien habló de la participación del Málaga en la mesa de trabajo creada por la FEMP. "Eso nos tiene que ayudar a fijar las adecuaciones de las ordenanzas conforme a las directrices que se determinen", apuntó, al tiempo que defendió la necesidad de que "haya unas líneas generales para que sepas como usar estos dispositivos tanto si vas por Madrid como si vas por Marbella".
Entre las cuestiones que serán objeto de análisis está la anchura de las calles para decidir de qué manera se permite el uso de estos dispositivos. "Se trata de ver diferentes alternativas, porque se trata en todo momento de proteger al peatón", apuntó Maeso, quien aludió a la posibilidad de permitir la circulación por la calzada en las zonas 30.
El vacío legal que se produce en la capital de la Costa del Sol tiene una incidencia clara sobre la labor que puede realizar la Policía Local. Desde el cuerpo de seguridad admitieron la posibilidad de multar por un uso inadecuado de este tipo de aparatos, en el sentido de que, por ejemplo, vayan a una velocidad inadecuada en un espacio peatonal. Pero al tiempo admiten que si el denunciado recurre la sanción tiene muchas probabilidades de que se le acaba dando la razón ante la ausencia de un precepto claro de incumplimiento.
A pesar de la ausencia de un marco regulador en el ámbito municipal, la Policía Local sí ha realizado una labor de información y contacto con las numerosas empresas que ya ofertan el uso de segways en los itinerarios turísticos del Centro histórico de Málaga, la mayor parte del cual es de uso peatonal. "Se les ha intentado explicar las normas de comportamientos básicas para este tipo de vehículos, para que a su vez a la hora de contratar los tours se lo expongan a los usuarios. Hablamos de velocidades no excesivas, que deben ir en fila, no entorpeciendo a los peatones...", indicaban.
En este sentido, se toma como referencia una instrucción publicada por la DGT en noviembre de 2016 sobre los vehículos de movilidad personal, que en determinadas circunstancias pueden generar "situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios". En su propuesta, se insiste en el papel que tienen que jugar los ayuntamientos, que podrán autorizar la circulación de estos dispositivos "por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía".
Barcelona, Madrid y Valencia sí dan pasos ya en sus ordenanzas
Otras ciudades como Barcelona, Valencia y Madrid sí han avanzado en este camino. En la primera de ellas, a mediados del año pasado, ya se abrió la puerta al control de estos medios con una ordenanza que imponía un plus para su uso en el caso de que se trate de medios de transporte utilizados para actividades económicas. El texto divide la variedad de vehículos en tres categorías: la clase A, con los patinetes y plataformas de transporte que no superen los 20 kilómetros por hora y pesen menos de 25 kilos que se permiten por el carril bici, los parques y calles de plataforma única; la categoría B, para los que no superan los 30 kilómetros y pesan menos de 50 kilos, que es el caso de los patinetes eléctricos de mayor tamaño y de los segway; para todos ellos se hace obligatorio el uso de casco; y la categoría C, para los dispositivos de más de dos ruedas. En Valencia, en el borrador de su nueva ordenanza se marca la posibilidad de uso por los carriles bici siempre que no se superen los 15 kilómetros por hora, en aceras de más de 3 metros de ancho y en los espacios habilitados para ello. Incluso, se apuntan sanciones que pueden oscilar entre los 90 y los 500 euros. En Madrid, también se ha trabajado en una nueva norma para legislar el uso de los patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal. En esta urbe se pretende exigir una edad mínima para conducir este tipo de vehículos.
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