Perdonan una deuda de 58.900 euros con la Seguridad Social y Hacienda a una pareja de Málaga

Quisieron emprender pero la quiebra de su empresa se lo impidió y los préstamos solicitados los tuvieron que pagar con sus ahorros

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Fachada principal de la Ciudad de la Justicia de Málaga.
Fachada principal de la Ciudad de la Justicia de Málaga. / Javier Albiñana
Efe

08 de marzo 2023 - 15:29

Un matrimonio argentino residente en Málaga ha conseguido que le perdonen una deuda de 58.904 euros con la Seguridad Social y Hacienda en virtud de la Ley de la Segunda Oportunidad, según ha informado la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

Esta pareja quiso emprender, pero la quiebra de su empresa se lo impidió y los préstamos solicitados los tuvo que pagar con sus ahorros.

El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Málaga ha dispuesto, según un auto facilitado por el colectivo, conceder a los deudores "el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho en la modalidad del régimen especial de exoneración por la aprobación de un plan de pagos, con carácter provisional, quedando exonerados los créditos ordinarios, y subordinados pendientes".

La magistrada aprueba también el plan de pagos de tres créditos privilegiados: con la Agencia Tributaria de 8.126 euros, con el Patronato de Recaudación de Málaga de 1.852 euros y con la Tesorería General de la Seguridad Social de 12.309 euros, todo en 60 plazos mensuales.

El auto añade que transcurrido el plazo, el deudor podrá solicitar la exoneración definitiva ante el juez del concurso.

Aunque el deudor no hubiese cumplido en su integridad el plan de pagos, el juez -previa audiencia de los acreedores- atendiendo a las circunstancias del caso podrá conceder la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho del deudor que no hubiese cumplido en su integridad el plan.

Eso si hubiese destinado a su cumplimiento, al menos, la mitad de los ingresos percibidos durante cinco años desde la concesión provisional del beneficio que no fuesen inembargables o la cuarta parte de esos ingresos cuando concurriesen en el deudor las circunstancias previstas en la ley.

El matrimonio fue declarado insolvente y, tras un intento de acuerdo rechazado por los acreedores, el juzgado les ha concedido el perdón de las deudas pendientes.

Desde ahora los exdeudores quedan libres de toda obligación y pueden solicitar la exclusión de todo fichero de morosidad para siempre.

Al acumular una deuda total de 65.000 euros y una cuota mensual incompatible con el resto de gastos, decidieron incurrir en impagos y, pese a su intento de que el banco empatizara con su situación y el fraccionamiento solicitado a las admistraciones Públicas, les fue imposible.

Comenzando el proceso ya tenían asegurado uno de los dos posibles finales: un acuerdo para pagar parte de la deuda de forma asequible o el perdón de todo.

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