Piden utilizar Twitter para requerir a Al-Thani que designe un letrado en la causa sobre el Málaga CF

El jeque lleva desde marzo de 2021 sin abogado en este procedimiento, en el que se le investiga por presuntos delitos de administración desleal, apropiación indebida y blanqueo de capitales

Al-Thani, en dependencias judiciales
Al-Thani, en dependencias judiciales
EP

03 de febrero 2022 - 16:05

Uno de los abogados personados en la causa abierta contra la familia Al-Thani por la supuesta gestión irregular del Málaga Club de Fútbol, ha solicitado a la jueza que investiga el caso que se informe a través de Twitter al jeque, ya apartado de la administración de la sociedad, de que tiene que designar un abogado en este procedimiento, ya que lleva desde marzo de 2021 sin esta representación.

El Juzgado de Instrucción número 14 de Málaga comenzó a finales de 2019 esta causa a raíz de la querella presentada por la Asociación de Pequeños Accionistas (APA) y se investigan delitos de administración desleal, apropiación indebida y blanqueo de capitales contra el jeque Abdullah Al-Thani y tres de sus hijos, que aún no han declarado como investigados.

La instructora acordó dictar una comisión rogatoria para poder tomarles declaración y ante el tiempo transcurrido sin que hasta el momento se tenga respuesta por parte de las autoridades del Reino de Catar en relación con dicha comunicación ha pedido a las partes que se pronunciaran sobre si emitir una orden internacional y/o europea de detención.

El letrado José Carlos Aguilera, personado por la sociedad Management Empresarial Málaga S.L. --del Grupo Bluebay--, se opone a esta opción, según ha señalado a Europa Press, considerando que lo primero es que se le requiera al jeque que designe abogado en esta causa, para lo que plantea varias posibilidades.

Así, el abogado insta a que se traslade el requerimiento a Al-Thani a través de su cuenta de la red social Twitter, con la que "se comunica públicamente en asuntos relacionados con el Málaga CF y con la presente investigación", siendo su último tuit el pasado 13 de enero.

El letrado señala que utilizar Twitter como vehículo de comunicación de una resolución judicial "no está contemplado en la Ley de Enjuiciamiento Civil, parte de cuyo texto es del año 1881, reformada en 2000", pero apunta que el Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre los actos de comunicación "en un asunto civil, pero que, por analogía, podría aplicarse en cualquier procedimiento".

Así, dicho tribunal indica que el órgano judicial "agote los medios que tenga a su alcance para notificar al ejecutado la existencia del proceso en su domicilio real antes de acudir a la comunicación edictal...", considerando el abogado que "sin duda la cuenta de Twitter es un medio de comunicación, que garantiza que su titular reciba mensajes".

Aguilera considera que solo en caso de que "transcurrido el plazo legal habilitado para hacerlo no lo hiciere" de forma voluntaria, se le podría designar abogado del turno de oficio; y ha precisado a Europa Press que la jueza no se ha pronunciado respecto a esta petición de utilizar dicha red social.

No obstante, la instructora sí ha dictado una providencia en la que acuerda remitir de forma urgente al Colegio de Abogados de Málaga un oficio para la designación a cada uno de los querellados de abogado del turno de oficio "todo ello sin perjuicio de la personación de un letrado de designación particular por los querellados, conocedores de la pendencia de la presente causa".

Respecto a la idoneidad de impulsar una orden de detención, la Asociación de Pequeños Accionistas (APA) se ha mostrado a favor de la emisión de dicha orden; mientras que el fiscal insta a que se requiera a las autoridades cataríes "el inmediato cumplimiento de la comisión rogatoria" y si no es posible la practica de la diligencia, se emitan las correspondientes requisitorias.

Con carácter previo a pronunciarse sobre orden de detención, la instructora ha solicitado en dicho documento, al que ha tenido acceso Europa Press, el auxilio de Eurojust "con el fin de establecer un diálogo con la autoridad de ejecución catarí, y agotar, siempre dentro de un marco temporal limitado, vistas las circunstancias especiales que reviste la causa".

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