Pisos turísticos de Málaga: todo lo que debes saber del nuevo decreto
La Junta de Andalucía ha recogido una serie de indicaciones y enseres que deben tener este tipo de viviendas
Estos son los requisitos que deben tener los pisos turísticos en Málaga
Los ayuntamientos deben respetar el derecho a la libre empresa y el de convivencia con el nuevo decreto de viviendas turísticas
La Junta de Andalucía publicó un nuevo decreto que permite a los ayuntamientos limitar e incluso prohibir las viviendas turísticas dentro de sus planeamientos. El documento recoge, entre varios aspectos, otros requisitos como los estándares de calidad necesarios.
En Málaga, el número de viviendas turísticas no ha parado de aumentar en los últimos años. Concretamente, en la capital ya existen unas 6.550 y en la provincia esta cifra asciende a 39.041. Esto quiere decir que han aumentado un 10,05% y un 11,35%, respectivamente, en tan solo un año, según los datos de diciembre del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Requisitos de la Junta de Andalucía a los pisos turísticos
Aunque los ayuntamientos serán quienes los regulen, en este nuevo decreto la Junta de Andalucía estipuló unos requisitos a los pisos turísticos. El decreto, que se hizo público público el jueves 1 de febrero, entrará en vigor a los veinte días de su publicación (el viernes 2 de febrero) en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Entre los requisitos publicados por la Junta está tener una superficie mínima de 14 metros cuadrados por plaza, nunca serán menores de 25 metros cuadrados en su conjunto y los cajetines para llaves y candados nunca podrán ubicarse en el mobiliario de la vía pública. Los pisos turísticos deben estar inscritos en el registro de la Consejería de Turismo, mediante una declaración jurada que debe acomodarse, entre otras cuestiones, al ordenamiento municipal.
Estas viviendas tendrán que disponer de dos baños si el número de plazas es superior a cinco y de tres baños si el número de plazas es superior a ocho. Los dormitorios y salones tendrán ventilación directa al exterior o a patios ventilados y algún sistema de oscurecimiento de las ventanas. Las cocinas y cuartos de baños tendrán ventilación directa o forzada para la renovación de aire. Y también tendrán que tener tanto refrigeración, como calefacción, centralizada o no centralizada por elementos fijos o portátiles en las habitaciones y salones.
Este decreto incluye un listado exigido de enseres. Los pisos tienen que estar "suficientemente amueblados y dotados de aparatos y enseres necesarios para su uso inmediato y acorde al número de plazas que dispongan, contar con televisión e información de canales, tomas de corriente en todas las estancias y con suministros básicos".
La cocina tendrá dos fuegos, de horno o microondas y frigorífico. Habrá vajilla, cubertería, cristalería, sartenes, ollas, sacacorchos, tijeras, abrelatas y escurridor. También pequeños electrodomésticos como batidoras, tostadora, grill, exprimidor y cafetera.
En el caso del baño, estará dotado de inodoro, lavabo, baño o plato de ducha, jabón de mano, gel, champú y dos toallas por persona. También se dispondrá de ropa de cama, armarios y perchas.
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