Primera reducción de condena a un violador en Málaga

La Audiencia Provincial rebaja cuatro años la pena de un procesado por dos agresiones sexuales

La Audiencia de Málaga prevé reducir las penas mínimas tras la aplicación de la ley del 'solo sí es sí'

Ciudad de la Justicia.
Ciudad de la Justicia. / Javier Albiñana
Paula Tejada

20 de diciembre 2022 - 15:57

Málaga/La sección octava de la Audiencia Provincial ha rebajado la primera condena a un violador por la ley solo sí es sí. En total, son cuatro años los que el tribunal malagueño ha reducido su condena, pasando de 12 a ocho años. El procesado está en prisión por dos delitos sexuales, cuya condena ascendía a seis años por cada uno, según ha adelantado Sur y ha podido confirmar este periódico.

El agresor está cumpliendo condena por dos delitos de violación y también por uno de robo con intimidación, el cual aumentaba cuatro años más el total de años que debía pasar en la cárcel. Ahora se le reduce las penas por ambos delitos sexuales a cuatro años, ya que en el momento que fue condenado eran las penas mínimas previstas.

Esta es la primera reducción de condena que se produce en Málaga de un centenar de sentencias que ya se encuentra estudiando para analizar las causas y valorar si se tramita su revisión la Audiencia Provincial, según anunció la presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga, Lourdes García. No obstante, aclaró que no serán tantas las que se revisen; "quizás dos o tres por sección".

Aunque no se están analizando las penas que ya estén suspendidas, sí se hará con el resto. Así, la unificación de criterios -que se acordó tras la "unanimidad en casi todos los puntos”- incluye el estudio de las sentencias de los penados con delito de tentativa o con atenuantes. Si bien, la presidenta de la Audiencia Provincial recordó que contra las resoluciones que puedan tomarse resolviendo la revisión de las sentencias condenatorias firmes "podrá interponerse los mismos recursos que, en su caso, cabrían contra la sentencia condenatoria".

Asimismo, García señaló que las actuaciones acordadas están bajo valoración "minuciosa" de cada caso concreto. "Esto no es una norma general que se aplica con rodillo. Estamos hablando de penas y de causas muy graves, por lo que hay que analizar caso a caso y de forma individualizada". También, apuntó que están pendientes de los criterios que pueda establecer a tal efecto el Tribunal Supremo.

Hasta ahora a nivel nacional, al menos 91 condenados por delitos sexuales han visto reducidas sus penas por la ley del solo sí es sí. En total, 12 personas han sido excarceladas. Según los datos recabados hasta ahora por Europa Press, se conocen que se han rebajado 20 condenas en Madrid, 16 en Andalucía, 11 en Galicia, 9 en Canarias, 9 en Castilla y León, 4 en Cantabria, 4 en País Vasco, 4 en Cataluña, 3 en el Tribunal Supremo, 3 en Extremadura, 2 en Baleares, 2 en la Comunidad Valenciana, 2 en Murcia, 1 en Asturias y 1 en Castilla-La Mancha.

Cabe recordar que la nueva Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual elimina el término abuso para que todos los ataques a la libertad sexual pasen a catalogarse como agresiones, ahonda en la importancia del consentimiento expreso, de ahí el nombre que se la dado de 'solo sí es sí', introduce la anulación de la voluntad por sumisión química u otros factores, el agravante de parentesco y, en líneas generales, aumenta las penas a los culpables de los diferentes delitos.

En el caso de violación, se introduce una reducción importante en la pena mínima. El delito será castigado ahora con condenas de prisión de cuatro a doce años y en la redacción antigua la pena abarcaba de los seis a los doce años. Cuando existen agravantes la condena puede ser de siete a quince años cuando anteriormente se castigaban con penas de doce a quince años. El efecto retroactivo que tienen las leyes penales que favorecen al reo está provocando esta revisión de las sentencias de pena mínima y la reducción de condenas.

stats