El Supremo niega "error judicial" en el asesinato de Sonia Carabantes
Rechaza la solicitud de la familia de la joven de Coín, a la que señala que la misma debe dirigirse al Ministerio de Justicia
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acaba de rechazar la petición de la familia de Sonia Carabantes por la existencia de un "error judicial" en el asesinato de la joven en el año 2003 por parte de Tony Alexander King. No obstante, el Alto Tribunal arguye que la demanda de la familia "no tiene encaje alguno en un supuesto error judicial, pues no achacan el mismo a resolución alguna", si bien precisa que ante un supuesto funcionamiento "anormal" de la Administración en este crimen, la acción "ha de dirigirse directamente ante el Ministerio de Justicia, sin que esta Sala tenga competencia alguna para intervenir en la reclamación".
Y es justamente este camino el que pretende recorrer la representación legal de la familia Carabantes. Así lo explicó a este periódico el abogado Jesús Garzón, quien señaló que primero analizará la posibilidad o no de recurrir el auto del Supremo, para, en caso negativo, acudir realizar una reclamación de indemnización ante Justicia.
La base sobre la que la familia de la joven de Coín sustancia su reclamación es la "descoordinación" que se produjo en relación con la figura de King, lo que impidió su detección por parte de la Policía Nacional y la Guardia Civil antes de que acabase con la vida de Sonia. En el escrito formulado, se reflejaba que el ministro del Interior llegó a reconocer en una comparecencia en el Congreso de los Diputados, en octubre de 2003, que Scotland Yard "envió a la Policía de España un comunicado en el que informaba de que Tony Alexander King podía entrañar un peligro para la libertad sexual de las mujeres y que, asimismo, comprobaran la dirección en la cual éste residía en el momento de su entrada en España". Según se precisó, la citada información "no fue incorporada a la base de datos, valorando dicha información incorrectamente".
Estos hechos, a juicio de la familia Carabantes, confirman la existencia de "un error por parte de la Administración". Cabe recordar que las primeras comunicaciones por parte de la policía británica datan de 1998, antes incluso de que King consumase el asesinato de la joven Rocío Wanninkhof en Mijas un año más tarde. Se da la circunstancia de que este primer crimen no pudo ser plenamente esclarecido hasta que el criminal británico acabó con la vida de Sonia Carabantes. Los restos de ADN encontrados bajo sus uñas fueron coincidentes con los hallados en una colilla de cigarrillo encontrada en el lugar donde fue encontrado el cuerpo de Wanninkhof.
Para la representación de la familia Carabantes, si las personas que investigaron la muerte de Rocío "hubiesen tomado como una de las líneas de investigación posible la nota enviada por Scotland Yard a la policía española, en relación al peligro de King sobre las mujeres, podría haber sido detenido por esta muerte, y posteriormente, tras las comprobaciones oportunas (…) se le habría detenido y subsiguientemente habría entrado en prisión acusado y juzgado por el asesinato de Rocío y se hubiera detenido en su momento por tal asesinato no hubiera dado lugar el asesinato de Sonia".
Tony Alexander King fue finalmente condenado en el año 2005 a 36 años de cárcel por la muerte de Sonia Carabantes y a 19 años de cárcel por el crimen de Rocío Wanninkhof.
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