Suspenden el juicio contra los guardias civiles acusados de mentir en el primer pleito por el crimen de Lucía Garrido
La Sección Tercera de la Audiencia de Málaga retomará la vista cuando la Sala estudie y resuelva las cuestiones previas planteadas por las defensas sobre la validez del procedimiento
Sentencia por el asesinato de Lucia Garrido: Condenan a 24 años de prisión a su ex pareja y a 22 al sicario que la mató
El jurado declara culpables a los dos acusados del asesinato de Lucía Garrido 15 años después
Estaba previsto que este lunes arrancara el juicio contra los dos guardias civiles acusados de mentir sobre el reanálisis de ADN extraído de una llave hallada en la escena del crimen durante el primer pleito -que se celebró en 2019- por el crimen de Lucía Garrido. Si bien, la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga ha suspendido la vista oral para que la Sala estudie y resuelva las cuestiones previas planteadas por las defensas sobre la validez del procedimiento.
En 2019, un jurado popular declaró no culpables a los entonces acusados -el exmarido de la víctima, el autor material del crimen y dos guardias civiles-, entre otras cuestiones por dudas sobre el ADN hallado en una llave. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) revocó esta absolución respecto al exmarido y al presunto autor, lo que fue ratificado por el Supremo.
De hecho, el nuevo juicio con jurado contra la expareja y el otro hombre por el asesinato de la mujer se ha celebrado ya y el tribunal del jurado ha declarado a ambos culpables del delito de asesinato. Por su parte, la Audiencia de Málaga ya ha dictado sentencia condenando a Manuel Alonso Herrero, su ex pareja, a 24 años de prisión como responsable de un delito de asesinato en concepto de cooperador necesario, y a Ángel Vaello, como autor material de un delito de asesinato, a 22 años de cárcel.
En este segundo juicio, los guardias civiles acusados volvieron a declarar como peritos, con advertencia de que no tenían obligación de contestar a preguntas que pudieran perjudicarles en esta causa. Según las conclusiones presentadas en su momento por el fiscal, los acusados, biólogos que han desarrollado sus carreras profesionales como especialistas en dicha materia en el Servicio de Criminalística de la Guardia Civil, declararon en el primer juicio sobre las muestras de ADN, generando "dudas" respecto a la conservación de las mismas.
El fiscal dice que, "por razones o estímulos que no se han podido determinar", los acusados "faltaron a la verdad" en el juicio, "ocultando las informaciones" o "deformando la realidad" sobre la conservación de muestras biológicas en el laboratorio; "todo ello con el único objetivo de sembrar dudas en el jurado y provocar un veredicto de no culpabilidad". Para el ministerio público, los acusados "evitaron dar respuestas claras", y, sin embargo, "se esforzaron en transmitir la idea de que lo normal era descartar los extractos negativos".
Además, supuestamente también "mintieron al asegurar que los ayudantes del laboratorio tenían instrucciones de guardar las muestras positivas y eliminar el resto". En este segundo juicio estos peritos matizaron que "los extractos no se consumieron"; aunque la Fiscalía les acusa por sus declaraciones en la primera vista oral y considera que cometieron un presunto delito de falso testimonio, por el que pide para cada uno de los acusados dos años de prisión, multa de 3.600 euros e inhabilitación especial durante 12 años para desempeñar las funciones de guardia civil y de perito judicial. Según el relato de la acusación pública, al que tuvo acceso Europa Press, en mayo la Unidad de Policía Científica de la Comandancia de Málaga, que investigaba la muerte violenta de Lucía Garrido, envió al Departamento de Biología los 38 vestigios que había recogido en la escena del crimen para su análisis en busca de restos de ADN.
Entre estas muestras, enviadas "correctamente envasadas y etiquetadas", había dos hisopos de algodón con muestras de una llave presuntamente utilizada por los autores del crimen para acceder a la vivienda. El caso se asignó a los acusados, quienes tardaron un año pero desempeñaron su labor "correctamente", indica el ministerio fiscal. La Fiscalía explica la forma de actuar con las muestras y señala que se cumplieron todos los protocolos y que los resultados obtenidos se volcaron en una aplicación informática, apuntando que "si se lograba aislar en alguna muestra material genético humano suficiente para identificación de ADN, el proceso continuaba en otra área por otros biólogos de la Guardia Civil".
Recuerda el ministerio público que en 2009 los hallazgos "no sirvieron para esclarecer el crimen", elaborando los dos acusados un informe pericial, en el que se decía que se devolvían tres muestras físicas y, respecto a las otras 35, que "se consumieron durante el proceso de estudio" y que "los extractos de ADN de las muestras con resultado concluyente se conservan en el servicio a -80 para posibles futuros cotejos". Hasta que la causa se reabrió en 2013, el laboratorio de biología fue dotado con mejores técnicas, por lo que en 2015 se ordenó realizar con la nueva química una ampliación de marcadores sobre muestras que todavía se conservaban, entre las que figuraban dos extractos procedentes de los hisopos de la llave, explica la acusación pública.
En esta ocasión el resultado del reanálisis fue positivo y otros especialistas introdujeron los datos en las bases, obteniendo una coincidencia entre el perfil genético encontrado y el ADN de uno de los acusados por el crimen, en concreto el presunto autor material, dice el fiscal. Estos dos expertos realizaron un informe en 2016 que se remitió al juzgado. Antes del juicio, celebrado en 2019, según el escrito de acusación, los dos procesados conocieron el contenido del informe de 2016 y, además, "sabían que no había razones para dudar de la conservación de las muestras reanalizadas" ni de los resultados, frente a los peritos de la defensa de ese acusado que no creían probado la identificación del ADN y cuestionaron la cadena de custodia. Pero, dice el fiscal, "por razones o estímulos que no se han podido determinar", los acusados "acudieron firmemente decididos a respaldarles, ocultando las informaciones que les pudieran resultar inconvenientes o deformando la realidad para desacreditar las conclusiones de sus compañeros", que hicieron el informe de 2016; de forma que "faltaron a la verdad" negando que conocieran el contenido de ese estudio.
La acusación incide en que supuestamente los procesados "se afanaron en hacer verosímil la conclusión de que solo se conservaron los extractos de ADN con resultado concluyente", ocultando datos como que en dicho departamento se guardan sistemáticamente todos, positivos y negativos. "Todo ello con el único objetivo de sembrar dudas en el jurado y provocar un veredicto de no culpabilidad". Sus manifestaciones "introdujeron en el juicio informaciones sobre el funcionamiento interno del laboratorio forense que siendo falsas parecían espontáneas y auténticas, sin que nadie pudiera rebatirlas en ese momento". "Faltando a la verdad los acusados consiguieron neutralizar la principal prueba de acusación y provocar un veredicto de no culpabilidad", insiste el fiscal.
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