Rechazan revisar la pena del entrenador de fútbol condenado por abuso sexual tras la ley del 'solo sí es sí'
La Audiencia Provincial también culpó a este individuo por delitos de pornografía infantil y agresión a 30 menores
Condenan a 77 años al entrenador de fútbol acusado de abusos a menores en Málaga
El entrenador de fútbol juzgado en Málaga reconoce haber abusado y acosado a 30 menores
Reconoció haber cometido delitos de índole sexual con una treintena de menores a través de Internet y aprovechando su situación como entrenador de fútbol base, hechos por los que la Audiencia Provincial lo condenó a 77 años y cuatro meses de prisión. Tras la entrada en vigor de la ley del solosí es sí, el máximo órgano judicial en la provincia rechazó la revisión de su pena, que supondría una modificación a la baja. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado esta decisión.
El 7 de diciembre de 2021, la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga condenó al entrenador como autor de 13 delitos continuados de pornografía infantil, 14 delitos de agresión sexual a menor de 17 años, tres delitos de abuso sexual a menor de 17 años y tres delitos de exhibicionismo -concurriendo como atenuantes la confesión de los hechos y la reparación del daño a las víctimas-, aunque el 6 de octubre de 2022, la Sala dictó auto fijando en 18 años de cárcel el cumplimiento efectivo de la condena, el triple de la pena más grave fijada, que era de seis años.
A raíz de la entrada en vigor el pasado septiembre de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual -popularmente conocida como ley del solo sí es sí-, la defensa del condenado solicitó la revisión de la sentencia. El 27 de diciembre del pasado año, la Audiencia Provincial consideró que no había lugar para dicha revisión fundamentando que se le impuso seis años de prisión por un delito de agresión sexual y, con la nueva legislación, "la pena de prisión oscilaría igualmente entre cuatro y seis años".
El penado recurrió en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) solicitando la imposición de la pena mínima de prisión de cuatro pos por el delito más grave de agresión sexual, con lo que el máximo de cumplimiento de cárcel quedaría en 12 años.
Sin embargo, el Alto Tribunal -en el auto al que ha tenido acceso este periódico- entiende que la pretensión del entrenador de fútbol "nada tiene que ver con la retroactividad de la norma más favorable". Así, explica que la sentencia impuso por el delito más grave la pena de seis años de prisión e indica que la defensa "no cuestiona que las horquillas de extensión sean las mismas en la anterior legislación y en la nueva (cuatro a seis años según la Audiencia Provincial)".
Expone que la defensa del condenado "quiere que esta Sala aplique una individualización más beneficiosa por razones ajenas a la reforma e inferior a la que el acusado y su defensa admitieron en el acuerdo de conformidad". Por tanto, considera que esta petición es "improsperable" y desestima así el recurso.
Según describía el fiscal en su escrito de acusación, el entrenador de fútbol buscaba a los menores en las redes sociales, se hacía pasar por una chica y los acosaba para que le enviaran fotos desnudos. Todos estos delitos fueron cometidos entre el 2013 y el 2018 con niños con edades comprendidas entre los nueve y los 15 años.
El condenado trabajaba para varias entidades deportivas. En una como entrenador de la categoría alevines (cuyas edades oscilan de 12 a 16 años); en otra como secretario, con acceso al ordenador que contiene todas las fichas de los menores, y además para una empresa de ropa deportiva.
Seleccionaba a menores que conocía del fútbol
Él mismo reconoció que seleccionaba a menores que conocía del fútbol, y los buscaba posteriormente en las redes sociales, ocultando su identidad bajo el nombre de una chica, y contactaba con ellos. Tras crear confianza les remitía fotos de una chica desnuda y los inducía a que ellos también lo hicieran.
Posteriormente, los amenazaba con publicar esas fotos si no le mandaban fotos o vídeos practicando actos sexuales o desnudos. Además, el Ministerio Público señaló que a los menores mas reacios a obedecer, una vez obtenía alguna foto comprometida, el procesado les decía que se la enviaría a terceras personas si no le mostraban sus partes íntimas o hacían vídeos en directo.
En otras ocasiones, conseguía la contraseña del perfil de un menor para convencer a otros e, incluso, llegó a remitir fotos íntimas de menores a otros, jugadores de fútbol y compañeros, por no haber cumplido lo que les ordenaba.
Temas relacionados
No hay comentarios