El TSJA ratifica el toque de queda en Marbella y Estepona de 2:00 a 7:00
La restricción se aplica desde este sábado, tras su publicación en Boja, y durante siete días
El tribunal considera que la medida es “idónea, proporcionada y necesaria” para proteger la salud pública
Toque de queda en Marbella y Estepona desde las 2:00 y hasta las 7:00. Así lo ha ratificado este viernes la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Málaga. El TSJA entiende "idónea y necesaria" la medida que había pedido el miércoles la Junta para la protección de la salud pública consistente en restringir en ambos municipios la libertad de circulación de las personas en vías y espacios públicos entre las 2:00 y las 7:00 horas. Se aplica a partir de este sábado y durante siete días, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Boja).
Según ha informado el alto tribunal, la Sala entiende que ante restricciones “tan severas y generalizadas” como la prohibición de salir del propio domicilio durante determinadas horas del día (toque de queda) o de limitar las reuniones, esa justificación exige acreditar que esas medidas “son indispensables para salvaguardar la salud pública: no bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución".
En este sentido, indica el TSJA que la medida es “idónea y necesaria” para proteger la salud pública de la población, en una situación de pandemia provocada por el Covid 19. Además, considera que es “proporcionada” a la restricción del precitado derecho fundamental a la libertad personal, ya que, la presión hospitalaria indica que en ambas localidades la proporción de ocupación de camas de agudos por Covid 19 es del 21%, siendo del 100% la presión hospitalaria crítica de ocupación de camas UCI.
Además, el pronunciamiento del tribunal andaluz considera que “la restricción de la movilidad durante las cinco horas centrales de la madrugada no obsta al ejercicio de otros derechos individuales, siendo en cambio beneficioso para el control y menor contagio de la enfermedad”.
Los magistrados además consideran que la medida ha sido adoptada por la autoridad sanitaria autonómica competente y tiene cobertura legal en los artículos 1 y 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública.
El miércoles, la Junta de Andalucía -tras el análisis que hizo el Comité de Alerta de Salud Pública de Málaga de la situación epidemiológica en la provincia- pidió el toque de queda para Marbella y Estepona. Ambos municipios superaban en ese momento los 1.000 positivos por Covid por 100.000 habitantes, la tasa a partir de la cual la Administración solicita la aplicación de esa restricción para contener la propagación del virus. Ese día, Marbella registraba una incidencia de 1.038,4 y Estepona, de 1.026,7. Ahora tienen 1.010,6 y 1.008,1, respectivamente.
La ciudad de Málaga logró esquivar el toque de queda ya que respecto al martes -cuando estaba muy ligeramente por encima del millar de infectados por 100.000 habitantes con 1.006,1- el miércoles bajó del umbral marcado para el toque de queda al situarse en 977,9. Este viernes se sitúa en 997,8.
El corte para levantar o aplicar restricciones se hace habitualmente los miércoles. Ese día, el Comité de Alerta de Salud Pública de Málaga estudia la situación epidemiológica. En función de la evolución de la pandemia, propone el toque de queda en aquellos municipios de más de 5.000 habitantes que superan el millar de positivos por 100.000 habitantes. Una medida que también se decide en función de otros parámetros, como la ocupación de los hospitales, de las UCI o de los niveles de vacunación. Pero que siempre debe contar a posteriori con la aprobación del TSJA, dado que ya no existe estado de alarma. El comité también dispone el nivel de alerta en el que están los distritos sanitarios de la provincia -actualmente están todos en el 3-, que es el que marca los aforos.
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