De la Torre acude a los tribunales contra la Junta por el plan de inundabilidad
Habla de "discriminación" a los propietarios de los suelos afectados, ya que en otras zonas del país las medidas son menos restrictivas
El Ayuntamiento de Málaga abre una nueva disputa judicial con la Junta de Andalucía. A los numerosos recursos contenciosos ya interpuestos con motivo del Metro (ya fuera por las cuestiones económicas aún por resolver o por el proyecto del trazado en superficie hasta el Civil) se suma ahora el plan hidrológico de las cuencas mediterráneas andaluzas, publicado el pasado 23 de febrero por orden del consejero de Medio Ambiente. De acuerdo con la información aportada ayer desde la Casona del Parque, la Junta de Gobierno Local dio luz verde ayer a la Asesoría Jurídica Municipal para que lleve a cabo las acciones judiciales oportunas en orden a la interposición de un recurso contencioso-administrativo contra el artículo 34.4.b) de esta normativa.
El principal argumento empleado desde el equipo de gobierno del PP es que, tal y como corrobora un informe jurídico emitido por la Gerencia de Urbanismo, "se produce de forma arbitraria una discriminación en el ejercicio de los derechos que corresponden a los propietarios de terrenos situados en zonas inundables, dependiendo de la demarcación hidrográfica a que pertenezcan".
El plan objeto de controversia delimita como inundables una gran parte importante del término municipal de la capital. Así, entre los suelos clasificados en el actual Plan General como urbano consolidado se encuentra la zona de El Limonar, los polígonos industriales del Guadalhorce, el aeropuerto, Guadalmar, Campanillas y toda la zona que rodea a los arroyos Jaboneros y Gálica, entre otros. A estos espacios se suman zonas con planeamiento aprobado pendientes de desarrollar, como Colinas del Limonar.
Espacios de la ciudad en los que, tomando en consideración el artículo objeto del recurso, no se podría construir ni edificar. El citado precepto precisa que en las zonas inundables "no se permitirá la edificación o la instalación de nuevas construcciones, temporales o permanentes". "El citado artículo parece desprenderse que con la nueva delimitación de zonas inundables que realiza el plan hidrológico quedarían inedificables muchas zonas que en el nuevo PGOU son edificables", precisan desde el Ayuntamiento.
Por ello, los responsables municipales entienden que la entrada en vigor del citado plan y la ausencia de un régimen transitorio en su normativa, "podría conllevar la denegación de licencias para la edificación o instalación de nuevas construcciones, temporales o permanentes", en suelos clasificados por el planeamiento como urbanos consolidados, con las consiguientes reclamaciones de responsabilidad patrimonial por parte de los propietarios afectados.
Por el contrario, según inciden desde el Ayuntamiento, los planes hidrológicos de otras zonas del territorio español, caso de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, "no son tan limitativos", ya sea porque no imponen restricción alguna, como ocurre en la Demarcación Hidrológica del Guadalquivir, o porque se permita el ejercicio de las facultades antes mencionadas con el cumplimiento de determinados requisitos, como ocurre en la Demarcación Hidrológica del Cantábrico Oriental.
"Ello infringe manifiestamente el principio de igualdad ante la ley (…) en cuanto que se produce de forma arbitraria una discriminación en el ejercicio de los derechos que corresponden a los propietarios de terrenos situados en zonas inundables, dependiendo de la demarcación hidrográfica a que pertenezcan", denuncian desde el Consistorio. Asimismo, con el objeto de evitar perjuicios de "imposible o difícil reparación", la Junta de Gobierno acordó solicitar la medida cautelar de suspensión de la vigencia del artículo 34.4 b), respecto al suelo urbano consolidado, prevista en el artículo 129.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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