Trece presos condenados por delitos contra la libertad sexual han visto rebajadas sus penas tras la ley del 'solo sí es sí'
La presidenta de la Audiencia Provincial apunta que, no obstante, 40 causas han sido denegadas para acogerse a esta norma
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El pasado 7 de octubre entró en vigor la ley del solo sí es sí, una reforma trasversal que ha supuesto la modificación parcial de hasta 15 quince leyes y ha generado controversia sobre el modo de su ejecución. Los jueces de las cinco secciones penales de Málaga acordaron reducir aquellas penas dictadas como mínimas en el marco de la anterior legislación y así lo están haciendo. Hasta la fecha, 13 reos acusados por delitos contra la libertad sexual han visto rebajadas sus penas.
La presidenta de la Audiencia Provincial de Málaga, Lourdes García, en una entrevista con la Ser, informó de que, actualmente, cada una de las secciones penales que componen el órgano judicial que lidera –en total hay cinco– revisa entre 25 y 30 causas tras la aplicación de la norma que garantiza la libertad sexual, por lo que al menos 125 sentencias están a objeto de estudio.
Sin embargo, destacó que 40 peticiones de rebaja de condenas han sido desestimadas, siendo 15 de ellas revisadas de oficio. Asimismo, apuntó que esta cifra es provisional y diariamente fluctúa, pues “van llegando solicitudes” de las defensas de los reclusos para la revisión de sus penas y “cada día nosotros vamos revisando más sentencias”.
Asimismo, García manifestó que las deliberaciones para revisar estas penas son muy intensas. “Son temas jurídicos de enjundia, tenemos que atinar y estar de acuerdo todos porque cada resolución firmamos tres magistrados”.
El número de condenados por delitos sexuales que se vieron beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del solo sí es sí al cierre de 2022 en Andalucía alcanzó los 17; mientras que, a nivel nacional esta cifra ascendió al menos a 133, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Un total de 17 personas fueron excarceladas desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal.
En Málaga, la sección octava de la Audiencia Provincial rebajó la primera condena a un violador tras la aplicación de la normal. En total, el tribunal malagueño redujo cuatro años su condena, pasando de 12 a ocho año, por dos delitos sexuales, cuya condena ascendía a seis años por cada uno.
El agresor está cumpliendo condena por dos delitos de violación y también por uno de robo con intimidación, el cual aumentaba cuatro años más el total de años que debía pasar en la cárcel. Ahora se le reduce las penas por ambos delitos sexuales a cuatro años, ya que en el momento que fue condenado eran las penas mínimas previstas.
Dispositivos telemáticos
El Ministerio de Igualdad, a través de la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género, dio una instrucción el pasado mes de diciembre, ante la revisión de penas consecuencia de la entrada en vigor de la Ley del solo sí es sí, para que se atendieran en 24 horas las instalaciones de dispositivos de control telemático por excarcelaciones sorpresivas o inesperadas.
Así lo ha explicado la delegada del Gobierno, Victoria Rosell, que ha puesto en valor esta medida de protección a las víctimas que se puede solicitar con orden judicial, de forma cautelar o definitiva, cuando se dicta una orden de alejamiento del agresor hacia su víctima. Este dispositivo permite la geolocalización del agresor y de la víctima generando una alerta -gestionada por el sistema conocido como Cometa y por la Policía- si el agresor incumple este alejamiento.
Según ha indicado Rosell, en la actualidad hay algo más de 3.000 de estas pulseras en uso y se podrían usar hasta 4.000, tras firmarse un contrato en este sentido por los próximos dos años. Además, este año, se va a licitar otro contrato que, a partir de febrero de 2024, ampliará este sistema de protección a todas las violencias contra las mujeres, y no solo a los casos de violencia de género que se producen en el seno de la pareja o expareja.
Sin embargo, y aunque no está licitado aún el contrato para incluir la protección con dispositivos telemáticos en casos de violencia sexual, Rosell dio una instrucción en diciembre para "que se atienda en 24 horas las peticiones judiciales de instalación de dispositivos" en los casos de víctimas afectadas por una excarcelación sorpresiva de su agresor sexual y que pudieran sufrir alguna situación de revictimización.
Por su parte, la fiscal de Sala de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, ha instado a los órganos judiciales a actuar "cuando surge la necesidad de proteger a las víctimas" y les ha invitado a imponer los dispositivos telemáticos en los casos en los que se aprecie riesgo de quebrantamiento de una orden de alejamiento.
"Cuando surge la necesidad de proteger a las víctimas es necesario que los órganos judiciales actúen", ha afirmado Peramato, que ha señalado que si se detecta un riesgo de incumplimiento de una medida cautelar o de una pena de prohibición de aproximación, "la instalación del dispositivo telemático es una herramienta muy buena para controlar el cumplimiento de esa prohibición".
Es -a su juicio- una medida que aporta "más seguridad y protección a las víctimas" y el plazo para su instalación debería ser "lo más inmediato posible" teniendo en cuenta la dispersión geográfica y el tiempo que necesitan los técnicos.
Cabe recordar que la nueva Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual elimina el término abuso para que todos los ataques a la libertad sexual pasen a catalogarse como agresiones, ahonda en la importancia del consentimiento expreso, de ahí el nombre que se la dado de 'solo sí es sí', introduce la anulación de la voluntad por sumisión química u otros factores, el agravante de parentesco y, en líneas generales, aumenta las penas a los culpables de los diferentes delitos.
En el caso de violación, se introduce una reducción importante en la pena mínima. El delito será castigado ahora con condenas de prisión de cuatro a doce años y en la redacción antigua la pena abarcaba de los seis a los doce años. Cuando existen agravantes la condena puede ser de siete a quince años cuando anteriormente se castigaban con penas de doce a quince años. El efecto retroactivo que tienen las leyes penales que favorecen al reo está provocando esta revisión de las sentencias de pena mínima y la reducción de condenas.
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