El asesinato de Lucía Garrido se queda sin culpables 11 años después
Los cuatros acusados por el crimen de Lucía Garrido, absueltos
El jurado considera que el crimen pudo cometerse “sin la intervención” de la ex pareja
Las dudas sobre el ADN de la llave hallada en la casa, clave para absolver al autor material
Málaga/El asesinato de Lucía Garrido, la mujer hallada muerta hace 11 años en la piscina de su casa en Alhaurín de la Torre con golpes en la cabeza y una puñalada en la yugular, se queda sin culpables 11 años después. Los cuatro acusados, entre ellos su ex pareja –para quien la Fiscalía de Málaga pedía una pena de 25 años de prisión– han sido absueltos al no darle fiabilidad suficiente al testimonio del testigo protegido ni tampoco a la prueba de ADN realizada a la llave hallada en el lugar del crimen que inculpaba a uno de los acusados. Tras la lectura del veredicto de no culpabilidad emitido por el jurado popular, la magistrada presidenta de tribunal dictó sentencia absolutoria para todos ellos, que negaban su relación con los hechos e incluso denunciaban un complot para su implicación en el crimen.
Una de las claves principales durante la deliberación del tribunal popular –formado por siete mujeres y dos hombres– fue el segundo análisis de la muestra de la llave encontrada en la finca Los Naranjos, donde pereció Lucía Garrido. La validez de los documentos relativos al ADN sembró numerosas dudas al jurado. El presunto autor material fue declarado no culpable al no lograrse unanimidad en la votación, con un resultado de seis a favor de la culpabilidad y tres en contra. Quedándose a un voto de un veredicto a la inversa.
Así, los miembros dan validez al tercer informe sobre la llave que tampoco encontró huellas ni restos de ADN y consideran que las muestras analizadas para el primer análisis, que dio negativo, se consumieron en ese momento.
Los peritos expertos en biología que comparecieron en el juicio ya habían discrepado sobre esta prueba realizada a varias muestras extraídas de una llave de la vivienda y los análisis realizados en 2016. Días antes, un investigador del servicio de Asuntos Internos de la Guardia Civil había indicado que dicha llave contenía ADN de otra persona, cuya identidad se seguía intentando averiguar.
El tribunal popular considera probado que los agentes que estaban acusados de inductores del asesinato conocieron a la ex pareja de la víctima con posterioridad a la fecha del crimen, una vez que los presentó un amigo. Así, no ven “fiable” el testimonio del testigo protegido, que se encuentra en paradero desconocido. Según su versión, “la voz cantante para quitar de en medio a una mujer” era de los guardias acusados, que tenían “obsesión” con eso; aunque el fiscal no acusaba a uno de ellos porque considera que, aunque “sabía que el asesinato se iba a cometer”, no tuvo implicación en el mismo.
El jurado entiende además que la investigación “no sitúa” al presunto autor material en el lugar del crimen, que pudo producirse “sin la intervención” del que fuera el compañero sentimental de la víctima. Los miembros dan por válidos los tickets y facturas aportados por este último para justificar que el día de autos se encontraba lejos de la finca. Varios testigos declararon, sin embargo, que la suya era una “coartada muy exagerada” que “fabricó”.
La ex pareja de Lucía Garrido reconoció horas antes de conocer el veredicto que no tenía “por qué estar nervioso” ya que seguía teniendo “la conciencia tranquila como en todo momento”. Negaba no solo su autoría sino también la de los otros acusados –dos guardias civiles– y un tercero como presunto autor material. “Ellos tampoco han sido”, manifestó. Se enfrentaban a penas de prisión que iban de los 23 a los 25 años.
La magistrada dictó una sentencia in voce, esto es, adelantó el fallo de la resolución absolutoria para todos los acusados, que deberá dictar. Al término de la lectura del veredicto, la acusación particular indicó que acataría la sentencia con “deportividad” y anunció que estudiará la posibilidad de interponer un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Un miembro del jurado “intenta influir en el resto”
Durante la lectura del veredicto, el portavoz del jurado popular apuntó que durante la deliberación, en la que los miembros permanecieron incomunicados, cinco de ellos tuvieron la “sensación” de que uno de los integrantes había “intentado influir en el voto de decisión sobre el resto”. Lo hizo, precisó el representante, “haciendo explícita su opinión de forma reiterada” durante las horas en las que el tribunal se encontraba decidiendo el futuro de los cuatro acusados. Pese a esa incidencia que hicieron constar en el acta, la votación se llevó a cabo “de forma libre”. Fuentes próximas a la investigación de este crimen coincidieron en destacar que el de Lucía Garrido es un caso especialmente complejo para ser juzgado por un jurado popular. La documentación se compone de un total de 26 tomos y unos 7.800 folios.
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