Muere tras esperar seis días una autorización de un seguro médico para una operación en Málaga
La aseguradora, que debía tramitarle un permiso para colocarle una endoprótesis vascular al paciente, ha sido condenada a pagar una indemnización a la familia
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La Audiencia de Málaga ha condenado a la aseguradora médica Caser al pago de una indemnización de 264.582 euros a la esposa e hijos de un hombre de 61 años que falleció por la demora de la compañía en tramitar la autorización para colocarle una endoprótesis vascular.
La Audiencia ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la familia del fallecido, representada por el abogado Damián Vázquez, colaborador jurídico de la asociación 'El Defensor del Paciente', después de que un juzgado de primera instancia de Málaga desestimara en 2021 la demanda y absolviera a la aseguradora.
El paciente fallecido, que padecía el síndrome de 'Klippel-Trenaunay' y tenía contratado el seguro médico con Caser, acudió el 5 de mayo de 2015 al Hospital Vithas Parque San Antonio de Málaga por una hemorragia digestiva, donde se le hicieron diversas pruebas médicas y se descartó la posibilidad de intervención quirúrgica por el alto riesgo de sangrado.
Debido a la disconformidad de la familia del enfermo con el tratamiento que estaba recibiendo, decidió trasladarlo al Hospital Quirón, en el que fue intervenido quirúrgicamente el 17 de julio de 2015.
Sin embargo, el estado del paciente fue empeorando y los médicos decidieron el 26 de julio colocarle un 'stent' o endoprótesis vascular, una prueba que requería de autorización de la compañía aseguradora, que se retrasó seis días, hasta el 1 de agosto.
Durante la espera, señala la sentencia, "la situación de pseudoaneurisma fue empeorando, aumentando de tamaño e infectándose y necrosándose la zona, sin que los tratamientos que se iban realizando para su control fueran efectivos".
Según la Audiencia, la situación en la que se encontraba el paciente "hubiese requerido de una rápida respuesta que hubiese posibilitado la colocación del 'stent' con anterioridad, por lo que existe responsabilidad de la entidad demandada, que no realizó todas las actuaciones necesarias que pudiesen haber salvado la vida del paciente".
Respecto a los médicos que atendieron al fallecido en los dos hospitales, la Audiencia de Málaga considera que no puede probarse que hubiera mala praxis profesional.
Por todo ello, el tribunal estima el recurso de la familia y condena a la aseguradora al pago de más de 264.000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios a la esposa del fallecido, que además tiene reconocida una discapacidad del 70 %, y a sus dos hijos.
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