Estos son los cambios en el subsidio por desempleo que deben conocer los malagueños en paro
El SEPE publicó las novedades que ya han entrado en vigor
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Málaga/El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha anunciado una serie de novedades en los nuevos subsidios por desempleo que deben de tener en cuenta los malagueños que se encuentren en paro. Algunas de las novedades son la suspensión del mes de espera para pedir esta ayuda, así como que se amplía el plazo para solicitarla. Así como que los solicitantes podrán compatibilizar el subsidio con un empleo (de forma temporal). Además, se ampliaron los grupos de personas que podrán solicitar estas ayudas, a las que se incluyen los trabajadores temporales agrarios. Todo esto ha entrado ya en vigor.
Los últimos datos publicados por el Ministerio de Trabajo señalaban que la provincia de Málaga cerró el mes de octubre con 2.274 personas más engrosando las listas del paro respecto al mes de septiembre. Por lo que en el territorio malagueño se eleva hasta 119.906 el total de desempleados en la provincia.
Los mayores cambios en el subsidio por desempleo
El SEPE ha enumerado en once puntos los mayores cambios que se han realizado en el subsidio por desempleo:
- Se suprime el mes de espera para la solicitud de los subsidios de desempleo.
- Y se amplía a seis meses el plazo para solicitarlo.
- Se elimina la parcialidad en los subsidios de cotización insuficiente y en los de agotamiento de prestación contributiva cuando nace de un contrato a tiempo parcial en los últimos 180 días.
- Desaparece el concepto de “días consumidos”. Por lo que el derecho al subsidio se activa en el momento de la solicitud y no desde el consumo de días acumulados.
- Se suprime el doble requisito de carencia de rentas propias y de la unidad familiar (solo se tendrán que mostrar las propias).
- Se reduce a un trimestre el periodo de reconocimiento. El subsidio se le otorgará al solicitante por un periodo de tres meses, y después tendrá que renovar su solicitud para seguir cobrando la prestación.
- Se exigirá una declaración responsable de rentas e ingresos a la persona solicitante y la obligación de presentar anualmente la declaración del IRPF.
- Las personas que perciban este subsidio podrán compatibilizarlo temporalmente hasta un máximo de 180 días con un trabajo por cuenta ajena.
- Se establece la compatibilidad de las prestaciones por desempleo con las becas y ayudas que se obtengan por asistencia a acciones de formación profesional o en el trabajo.
- También se unifica la protección por desempleo de las personas trabajadoras eventuales agrarios con el resto de personas trabajadoras y se simplifica el acceso y la gestión.
- Se amplía la cobertura del subsidio de agotamiento para menores de 45 años sin el requisito de cargas familiares a aquellas personas que hayan agotado una prestación contributiva de al menos 360 días. Anteriormente, solo cubría a aquellos solicitantes con cargas familiares.
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