El Colegio Médico de Málaga convoca a la junta electoral para acatar el fallo que le obliga a repetir las elecciones

Ninguna de las partes lo recurrió, así que transcurrido el plazo, ya se confirma su firmeza

La sentencia que da pie a repetir las elecciones en el Colegio de Médicos de Málaga ya es firme

Sede del Colegio de Médicos de Málaga. / M. H.

El Colegio de Médicos de Málaga ha convocado a la junta electoral para cumplir la sentencia que de hecho le obliga a repetir las elecciones. En realidad, el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) del pasado 12 de septiembre no ordenó repetirlas, sino retrotraer el proceso electoral al momento en el que una de las dos candidaturas en liza fue excluida por un defecto, a fin de permitirle su subsanación. De modo que la decisión judicial supone retomar las elecciones desde ese instante. 

Dado que las partes no han recurrido ante el Supremo, la sentencia ya es firme. Este martes, el pleno de la directiva colegial –siguiendo las recomendaciones de la asesoría jurídica– aprobó por unanimidad convocar a la junta electoral y acatar así el pronunciamiento del TSJA. Este órgano es el competente para ejecutar la decisión del juez. Según indicó el Colegio, la junta electoral se constituirá formalmente en los próximos días. 

Los comicios –celebrados en junio de 2021– se cerraron sin votación ya que tras la eliminación de la candidatura de Antonio González Chamorro por ese defecto, fue proclamada la única que quedaba en la contienda, que era la encabezada por Pedro Navarro Merino, actual presidente de la entidad colegial. El fallo del TSJA es firme puesto que, agotados los plazos, no han recurrido ni González Chamorro ni el Consejo Andaluz de Colegio de Médicos (CACM), que apeló la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 que también le dio la razón a la candidatura excluida.

El defecto en cuestión era que la lista de González Chamorro no cumplía con la paridad de género y tenía que hacer una subsanación. Aunque la hizo, la corrección no fue admitida ni por la junta electoral del Colegio de Médicos, ni por el Consejo Andaluz. De modo que la candidatura fue eliminada de la contienda electoral y se proclamó la de Navarro. 

González Chamorro recurrió y el Juzgado Contencioso Administrativo número 3 le dio la razón al considerar que la inadmisión de aquella corrección fue “desproporcionada”. Ese fallo ya obligaba a retrotraer el proceso electoral al momento previo a la subsanación para que pudiera hacerla. El CACM presentó un recurso ante el TSJA, el 26 de junio de 2021. En septiembre pasado, por segunda vez, la Justicia le dio la razón a González Chamorro ya que el tribunal autonómico desestimó la petición del Consejo Andaluz.  

La sala del TSJA señala en su fallo de septiembre pasado, la que ya es firme, que “tras el examen de la sentencia apelada [la del Juzgado Contencioso Administrativo número 3], no puede sino concluir en forma idéntica que la acertadamente expuesta por el juzgador, no apreciando error interpretativo alguno en relación a las cuestiones suscitadas en el recurso, que fueron estudiadas por aquel en forma detallada y exhaustiva con recta objetividad e imparcialidad”.

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