Dos condenadas por vender como chatarra maquinaria de la expareja de una de ellas y quedarse dinero

Las acusadas recibieron la cantidad de 2.754,60 euros por comercializar esos útiles a una chatarrería

Se les ha imputado un delito de apropiación indebida y se le impuso a cada una un año de prisión

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Ciudad de la Justicia de Málaga.
Ciudad de la Justicia de Málaga. / M. H.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia de Málaga a dos mujeres por vender como chatarra maquinaria perteneciente a la expareja de una de ellas y quedarse con el dinero. Así se ratifica la pena de un año de cárcel, tras rechazarse el recurso presentado por una de las procesadas.

Según se recoge en la sentencia del alto Tribunal andaluz, consultada por Europa Press, la Sala de Málaga consideró probado que en febrero de 2017 se confirmó la decisión de abandono de una finca de la capital malagueña por parte de una de las acusadas, que convivía en dicho espacio con la otra procesada. Así, en ese momento, ambas se pusieron de acuerdo para proceder en los meses octubre y diciembre de 2018 al desmantelamiento y venta como chatarra de la maquinaria en situación de desuso existente en dicha finca propiedad del perjudicado, anterior pareja de la primera acusada.

Para ello, se pusieron en contacto con los empleados de una chatarrería que enviaron dos vehículos para desmontar y cortar mediante soplete la maquinaria de cerrajería existente en la finca, material como una cizalla, una plegadora, una mesa de compensación, un eje de subida y bajada, 16 matrices, o cuatro cubas de agua. Ambas acusadas recibieron la cantidad total de 2.754,60 euros, tal como aparece en las facturas emitidas, "no obstante ser conscientes ambas de que los objetos que habían procedido a vender en concepto de chatarra se encontraban en la finca en la que ambas residían propiedad de la anterior pareja de una de ellas y que, por tanto, dichos enseres igualmente pertenecían al mismo.

No obstante, la Audiencia consideró que no resultaba acreditado el valor de dichos objetos o enseres, debiendo ser la cantidad objeto de indemnización establecida en fase de ejecución de sentencia. Por estos hechos, se condenó a las dos mujeres por un delito de apropiación indebida y se le impuso a cada una un año de prisión; pena que ha sido ahora confirmada por el TSJA que ha desestimado el recurso presentado por una de ellas.

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