El crimen de Lucía Garrido, a juicio de nuevo 15 años después

El ex marido de la víctima mortal y el supuesto ejecutor del asesinato se vuelven a sentar el lunes en el banquillo de los acusados tras ser absueltos en el primer juicio

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Manuel Alonso Herrero, expareja de Lucía Guerrero y acusado de su crimen (izquierda) junto a su abogado.
Manuel Alonso Herrero, expareja de Lucía Guerrero y acusado de su crimen (izquierda) junto a su abogado. / Javier Albiñana

El cuerpo sin vida de Lucía Garrido, con golpes y un corte en la yugular, apareció en la piscina de Los Naranjos, la finca situada en Alhaurín de la Torre en la que había convivido con la que fuera su pareja y padre de su hija. Flotando y con el bolso aún colgado -que recuperaría y vaciaría el autor material del crimen antes de marcharse- quedó el cadáver de la mujer. Era 30 de abril de 2008. La autopsia arrojó que la muerte había sido violenta. Quince años después, el caso, que ya se inició repleto de enredos e interrogantes, sigue sin resolverse. El próximo lunes 23 de octubre el ex marido de la víctima mortal y el supuesto ejecutor del asesinato, se vuelven a sentar en el banquillo de los acusados.

No es la primera vez que van a ser juzgados. En septiembre de 2019, ya se dirimió si M. A. H. y A. V. G. eran responsables de un delito de asesinato; el primero "como autor intelectual o mediato por inducción y cooperación necesaria" y el segundo por "autor director del asesinato". Para cada uno de ellos, la Fiscalía solicitó 23 años y medio de prisión. Junto a ellos, dos guardias civiles sobre los que se tenía sospechas de que pudieran estar vinculados en negocios ilícitos con el exmarido de Lucía. Un jurado absolvió a los cuatro.

El tribunal popular entonces no dio fiabilidad suficiente al testimonio del testigo protegido, una amiga de la víctima que, tras un biombo y con la voz distorsionada, aseguraba que Lucía decía que su exmarido le hacía "la vida imposible" y que en ocasiones "se había pasado el dedo por el cuello" imitando el gesto de degollar, sumado a amenazas y actos para amedrentarla. Tampoco consideraron probada la prueba de ADN realizada a la llave hallada en el lugar del crimen y que inculpaba directamente a uno de los acusados.

De hecho, sería este último extremo el que abre ahora otro procedimiento judicial contra otros dos agentes del Instituto Armado. La Fiscalía cree que ambos mintieron sobre el reanálisis de ADN cuando prestaron declaración como testigos en el primer juicio por la muerte de Lucía Garrido. Los acusa de un delito de falso testimonio, por el que pide dos años de prisión y 12 de inhabilitación para cada uno de ellos.

Durante la sesión del juicio del 24 de septiembre, el Ministerio Público propuso como peritos a dos biólogos del Área de Base de Datos -compañeros de los procesados-. Los hicieron por separado, a través de videoconferencia y en presencia de los peritos de la defensa. Para el fiscal, "se ajustaron a la verdad" y establecer que el ADN procedente de la llave de la puerta peatonal pertenecía al acusado A. V., además de explicar las nuevas técnicas con las que el laboratorio de genética había reanalizado la muestra y corroborado este resultado.

Los abogados de los cuatro acusados en ese juicio, a través de sus peritos, en cambio, sostuvieron que no estaba probada la identificación del ADN de A. V. ni la preexistencia del extracto reanalizado. La Fiscalía cree que los ahora procesados, que ostentan puestos de comandante y capitán en el Instituto Armado y han desarrollado sus carreras en el Servicio Central de Criminalística como especialistas en biología, se pusieron de acuerdo con las defensas con el fin de "sembrar dudas en el jurado y provocar un veredicto de no culpabilidad".

"Impulsados por razones o estímulos que no se han podido determinar", el Ministerio Público los acusa de ocultar informaciones que pudieran resultar inconvenientes, así como de deformar la realidad para desacreditar las conclusiones de sus compañeros del Área de Bases de Datos. De esta manera, la principal prueba que señalaba directamente al autor material de la muerte de Lucía Garrido quedaba neutralizada. El resultado, tres miembros del jurado lo declararon no culpable.

Sin embargo, la Fiscalía presentó un recurso ante el TSJA pidiendo la nulidad del juicio popular y solicitando la repetición del mismo, justificando que se había producido indefensión por la denegación de una prueba sobre la cadena de custodia de las muestras recogidas en el caso. Rosa Garrido, hermana de la víctima presentó igualmente un recurso mostrando su disconformidad con el resultando y denunció que el procedimiento ni debía haberse juzgado por la Ley de Jurado por su complejidad.

Cinco meses después, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resolvió los recursos de las acusaciones y declaró la invalidez la sentencia respecto al presunto autor material y el marido de la víctima -como supuesto autor intelectual- y mantuvo la absolución respecto a los otros dos. Esta decisión fue tomada tras detectar un defecto grave de forma, ya que en dos puntos del objeto del veredicto, el jurado no alcanzó las mayorías legales para declararlos probados o no probados.

Asimismo, el TSJA ordenó que se devolvieran las actuaciones a la Audiencia de Málaga para la celebración de un nuevo juicio con un tribunal de jurado y magistrado-presidente diferentes, y que se dictara un nuevo auto de hechos justiciables. Entonces la defensa de Herrero interpuso recurso de casación contra la sentencia del tribunal andaluz. Los cuatro argumentos de la misma fueron desestimados por el Tribunal Supremo, que confirmó además el fallo del TSJA y ordenó la repetición del juicio sobre la muerte de Lucía Garrido.

Esta no será la segunda vez que M. A. se siente en el banquillo de los acusados. Tan solo un año después de la muerte de Lucía, en el mismo escenario: la finca Los Naranjos, su expareja tiroteó a dos ciudadanos que entraron supuestamente a robar. La jueza del caso entendió que existían dudas sobre si se había producido el asalto y si se preparó con armas para repelerlo. Finalmente, se decretó el archivo de la causa de acuerdo con el fiscal por entender que "los fallecidos entraron por la noche en el domicilio de M. A., portando ambos armas de fuego, yendo con el rostro cubierto, defendiéndose M. A., causando este la muerte de aquellos, sin que de las diligencias practicadas se desprenda otra cosa y por ello es procedente decretar el sobreseimiento provisional y archivo de la causa", considerando así que el acusado actuó en defensa propia.

M. A. entró en prisión a comienzos de febrero de 2021 para cumplir la pena de tres años a la que fue condenado por su relación con la operación contra el narcotráfico en la que se detuvo al jefe del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidrogas (EDOA) en Málaga. La orden de ingreso en la cárcel fue acordada en septiembre de 2019 por el juzgado,

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