Cinco años del crimen a tiros de un búlgaro al que lanzaron por una cuneta en Málaga: el culpable pide clemencia

El Supremo confirma la condena para un hombre por descerrajarle siete disparos a otro y tumba su alegato de que no lo conocía

Se trató de una ejecución "absolutamente preparada" junto a un club de tenis en la carretera que conecta Istán con Marbella

Ya hay condena para el hombre que mató a balazos a otro en una cuneta de Málaga y tiró el cuerpo por un desnivel

Hallan un cadáver en un paraje cercano a la carretera de Istán a Marbella
Hallan un cadáver en un paraje cercano a la carretera de Istán a Marbella / Efe

No pudo defenderse ni tampoco tuvo posibilidad de escapatoria. Le descerrajaron siete disparos con dos armas de fuego cortas y, después, empujaron su cuerpo por un desnivel contiguo con la pretensión de que quedara camuflado entre la arboleda. El cadáver, que pertenecía a un ciudadano búlgaro de unos 40 años, padre de dos menores, fue localizado un domingo por la mañana de octubre de 2019 en el kilómetro 3 de la carretera A-7176, que comunica Istán con Marbella. Allí, frente a un club de tenis, el verdugo había planeado un encuentro junto al menos otro hombre para acabar con la vida de la víctima, según se declaró probado tras el veredicto de un jurado popular.

Cinco años después, el único sospechoso, también originario del Este, que se sentó en el banquillo de los acusados para rendir cuentas por el crimen sigue pidiendo clemencia. A finales de 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) había confirmado su condena por asesinato: tendría que cumplir 17 años de prisión. Su alegato, sin embargo, es que no conocía previamente al fallecido, posibilidad que el magistrado acepta dada la “expuesta frialdad del saludo” entre ambos aquel día de autos y la “efusividad” de una tercera persona que no ha sido identificada. Pero la sentencia refleja que “el presunto desconocimiento previo no puede conducirnos a la conclusión de que no fuera el acusado el autor o coautor de su muerte”. Y añade que “la triste realidad nos enseña cómo se causan muertes sin ese conocimiento previo, por ejemplo, en los homicidios por encargo, bajo precio o a solicitud”. La conclusión es clara: “la aceptación del desconocimiento previo no puede llevarnos a excluir la participación del acusado”. El alto Tribunal andaluz sí lo absolvió del delito de tenencia ilícita de armas tras estimar en parte el recurso de la defensa.

“La triste realidad nos enseña cómo se causan muertes sin ese conocimiento previo, por ejemplo, en los homicidios por encargo, bajo precio o a solicitud”

Las grabaciones de las cámaras de seguridad del club de tennis junto al que el búlgaro fue acribillado a tiros recogieron las imágenes de una motocicleta conducida por un hombre con sudadera, capucha y casco blanco que después se dejaría ver por la zona del terraplén en el que se ocultó el cuerpo. El fallo reza que el procesado “no ofrece explicación creíble a este viaje previo, pese a que dicha carretera sólo conecta con un municipio y las fincas y urbanizaciones que se encuentran en su recorrido”. Posteriormente, a las 12:04, las cámaras volvían a grabar a la misma persona regresando en el vehículo. Un trayecto que resulta “perfectamente compatible con el recorrido de ida y vuelta y la inspección o estudio del lugar donde aparece el cadáver, como se ha demostrado ante el jurado en estudios periciales”.

Un disparo letal en la cabeza

El acusado se dirigió armado al lugar donde le aguardaba el otro hombre al que no se identifica. Después, los tres se marcharon en un vehículo por dicha carretera. Poco más tarde, en un punto "deshabitado y contiguo a un desnivel de terreno", salieron de la calzada y dispararon. Los impactos de bala le provocaron heridas en el tórax y abdomen; la que presentaba en la cabeza fue letal. 

El relato de los hechos probados insiste en que “no consta de la influencia de las drogas en el crimen perpetrado, ya que se trató de la ejecución de un crimen de forma consciente y absolutamente preparado con la conciencia de llevarlo a cabo y de esconder el cuerpo para dificultar su localización hasta que fue hallado”.

Ahora, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo declara “no haber lugar” al recurso de casación interpuesto por la defensa del condenado contra la sentencia de 17 años de prisión, “que está cerca de la mínima y que dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con fecha 20 de noviembre de 2023. El magistrado ve “correcta la imposición de la pena teniendo en cuenta que no se ha apreciado ni la cooperación que se postula ni la atenuante de drogadicción, por lo que es acertada la motivación expuesta en orden a la gravedad del hecho”. También se confirmó el pago de 430.000 euros a la pareja y los hijos de la víctima.

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