Campaña declaración de la renta 2024: el Colegio de Gestores Administrativos de Málaga avisa de las novedades
Ha recogido una docena de nuevos aspectos a tener en cuenta para la campaña de este 2025
Declaración de la renta 2025: presentarla de forma individual o conjunta

Málaga/Cuenta atrás para que comience la campaña de la declaración de la renta de este 2025, que podrá comenzar a presentarse, de forma telemática, el miércoles 2 de abril. Ante la proximidad de este trámite fiscal obligatorio, los contribuyentes están preparándose para ella. El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga ha recogido una docena de novedades que deben tenerse en cuenta para el ejercicio económico 2024.
Se ha modificado el límite económico cuando se tiene más de un pagador, se han ampliado los métodos de pago permitidos y se introdujo un nuevo tramo de ingresos.
Novedades en la declaración de la renta 2024
El Colegio de Gestores Administrativos de Málaga recoge 12 novedades que los contribuyentes deben de tener en cuenta para la realización de la próxima declaración de la renta:
- Los parados que reciban prestaciones por desempleo están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente del importe que reciban. El Colegio malagueño ha explicado que esta obligación se ha pospuesto a la campaña del próximo año.
- Desde el 2023, las personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV) así como los autónomos, están obligados a presentar la declaración.
- Se ha modificado el límite para múltiples pagadores: la obligación de declarar se establece en 15.876 euros cuando se tienen múltiples pagadores, si del segundo y demás se cobran más de 2.500 euros, en comparación con los 1.500 euros establecidos anteriormente (solo del 1 al 22 de enero).
- A la domiciliación, pago electrónico mediante cargo en cuenta o NRC y documento de ingreso en entidad colaboradora se suma la tarjeta de crédito o Bizum.
- Se crea un nuevo tramo en la escala del ahorro: las rentas de más de 300.000 euros tributarán al 30% en lugar de al 28%.
- La deducción por la adquisición de vehículos eléctricos "enchufables" y de pila de combustible y puntos de recarga se mantiene para la declaración de 2024, siendo su último año de aplicación, salvo que se apruebe otra prórroga para 2025. Deducción de hasta el 15% por la compra de vehículos eléctricos nuevos, con una base máxima de 20.000 euros, lo que permite una deducción máxima de 3.000 euros.
- Los contribuyentes podrán deducirse hasta un 15% por la instalación en su vivienda de un punto de recarga para vehículos eléctricos, con una base máxima anual de 4.000 euros.
- Prórroga del plazo para la aplicación de las deducciones por obras de eficiencia energética en viviendas: resulta aplicable a las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024, en el caso de viviendas y hasta el 31 de diciembre de 2025 en el caso de edificios residenciales
- Deducciones por donaciones y afiliaciones: se mantienen las deducciones por donativos a ONGs, que oscilan entre el 10% y el 80% según el importe donado, y las cuotas de afiliación a partidos políticos y sindicatos, con deducciones del 20% y límites de 600 y 500 euros, respectivamente.
- Se incrementan los porcentajes de la deducción por donativos, donaciones y aportaciones para actividades prioritarias de mecenazgo que supone un aumento en la base de deducción, a la que se le aplica el 80% de deducción (pasa de 150 a 250 euros) y un aumento de 5 puntos en el porcentaje de deducción aplicable al resto de la base (pasa del 35% al 40%).
- Implementación de la autoliquidación rectificativa. Esta autoliquidación se convierte en el modo general para modificar una autoliquidación ya presentada eliminando el sistema anterior de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación de autoliquidaciones. En la declaración de 2024 aparece la nueva casilla 103 para indicar que la autoliquidación es rectificativa de otra anterior, independientemente del sentido de la modificación.
- Los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas, cualquiera que sea el método que utilicen para determinar el rendimiento neto, podrán amortizar libremente las inversiones en vehículos nuevos FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV y en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos que entren en funcionamiento en 2024 y 2025, con sujeción al cumplimiento de determinados requisitos.
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