La delegada de Empleo en Málaga, investigada por la adjudicación de la oficina del SAE en El Palo

La querella considera que se produjo una "clamorosa e injusta arbitrariedad" al declarar desierta la primera licitación y convocar una nueva

El SAE contará con una nueva oficina de empleo en El Palo, en Málaga, en 2023

La delegada de Empleo, Carmen Sánchez Sierra, en su visita al nuevo local donde se emplazará el SAE. / M. H.
Jorge Muñoz

31 de enero 2023 - 09:05

Málaga/El juzgado de Instrucción número 1 de Málaga ha citado este martes a declarar como querellada por presunta prevaricación a la delegada provincial de la Consejería de Empleo, María del Carmen Sánchez Sierra, en relación con la adjudicación del arrendamiento de un inmueble para sede de la oficina del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en El Palo.

La querella, a la que ha tenido acceso este periódico, se dirige además contra cuatro técnicos que formaron parte de la mesa de contratación, y los cinco querellados están citados a declarar este martes. La denuncia se basa en las "diferencias de requisitos" entre dos licitaciones públicas iniciadas por el SAE para el arrendamiento del inmueble y en el que según sostiene el denunciante se ha "vulnerado de manera consciente y arbitraria los principios de obligado cumplimiento que deben cumplir las ofertas públicas de contratación en una clara intención de excluir de la misma" al denunciante.

Para ello, según la querella, se empleó una "burda maniobra de introducir condiciones de todo punto injustificadas que bloquean la posibilidad de acceso a la licitación" del denunciante, que ofreció un local de su propiedad como sede para las nuevas oficinas, y "en modificar los criterios de valoración y exigibilidad de requisitos a cumplir en ambas licitaciones de idéntico fin y contenido".

El caso se remonta a septiembre de 2019 cuando la dirección provincial publicó un anuncio de la licitación para el alquiler de un inmueble para sede de la oficina del SAE en El Palo, y el denunciante ofreció un local de 1.017 metros cuadrados. El 20 de febrero de 2020, la mesa de contratación acordó la adjudicación del arrendamiento, pero finalmente el procedimiento de licitación fue declarado desierto porque no se había aportado un informe favorable del servicio de Bomberos, un informe que, sin embargo, no se exigió en la segunda licitación, asevera la querella.

En este sentido, considera que en esa segunda licitación se confeccionó un pliego de cláusulas "con expresas modificaciones del anterior que claramente se han orquestado para excluir" al denunciante y la adjudicación se ha efectuado "pese a la falta del informe de bomberos que en la anterior tuvo carácter de esencial".

La querella concluye que en la segunda licitación se eliminó como zona preferente para la ubicación de la sede del SAE la avenida Pintor Sorolla, intermedia entre Pedrejalejo y La Malagueta, añadiendo esta última, lo que "carece de toda justificación lógica" puesto que "no se puede entender que la ubicación del local se amplíe hasta La Malagueta y se elimine la zona intermedia, precisamente donde se ubica el local propiedad" del querellante.

Por todo ello, concluye que tras la eliminación de la "única oferta existente en la primera licitación y muchísimo más ventajosa para la administración, se ha dirigido la oferta hacia otro licitador variando -entendemos de forma arbitraria- las condiciones de los pliegos a fin de excluir claramente de forma consciente la posibilidad de acceso a mi mandante, vulnerando los principios que informan la legislación de contratos del sector público sobre transparencia y libre competencia, y por más que no se ha exigido el informe de bomberos que fue la causa de la desestimación de la oferta presentada por mi mandante hasta el punto de declarar desierta la licitación", añade.

"Clamorosa e injusta arbitrarierad"

De esta forma, considera que "no ha existido imparcialidad y/u objetividad, desconociendo en este momento los motivos que han llevado al órgano de contratación para tan clamorosa e injusta arbitrariedad".

El denunciante concluye que se dan todos los elementos del tipo del delito de prevaricación, al haberse dictado una resolución "contraria a derecho, es decir, ilegal", que ocasiona un "resultado material injusto" y dictada con la "finalidad de hacer efectiva la particular voluntad de la autoridad o funcionario, y con el conocimiento de actuar contra derecho".

Por último, afirma que el hecho de no exigir el informe de Bomberos cuando los requisitos al respecto eran "similares en ambas licitaciones, conlleva necesariamente a deducir una absoluta falta de imparcialidad e igualdad y un ánimo claro de beneficiar a unos en perjuicio de otros que eran similares".

Este periódico ha contactado con la Consejería de Empleo, que no ha querido realizar ninguna valoración ante esta querella por la que tienen que declarar la delegada provincial de Empleo en Málaga y cuatro técnicos que integraban la mesa de contratación.

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