Puerta abierta a desheredar a los hijos por abandonar a sus padres durante la pandemia

Tribunales

La legítima es, por ahora, intocable pero el Tribunal Supremo está siendo más flexible con las causas para desheredar que impone el Código Civil

Una enfermera acompaña a una persona mayor en un hospital durante la pandemia.
Una enfermera acompaña a una persona mayor en un hospital durante la pandemia. / Efe
Ángel Recio

01 de mayo 2022 - 06:18

Málaga/Es muy triste pero es un fenómeno creciente. Tanto que el propio Tribunal Supremo está abriendo la mano para que se pueda aumentar las interpretaciones del Código Civil. Muchos abuelos y padres se han sentido completamente abandonados por sus hijos y nietos durante la pandemia del Covid y quieren desheredarlos como pago a ese desapego.

Esas consultas están llegando a despachos de abogados de toda España, pero el procedimiento no es nada sencillo porque el Código Civil español defiende a capa y espada la legítima, es decir, el reparto de, al menos, un tercio de la herencia de los progenitores a los hijos de forma obligada. El Código Civil solo contempla la posibilidad de desheredar a un hijo o una hija en el caso de que el heredero haya maltratado físicamente o verbalmente al progenitor o que le haya negado la alimentación, en definitiva, solo en casos extremos en los que el hijo o la hija se haya comportado de forma casi delictiva contra su padre o madre. Y eso además hay que demostrarlo.

No atender a los mayores durante la pandemia, ni llamarles, ni preocuparse por ellos puede considerarse un daño psicológico grave y el Supremo está empezando a estimarlo. “El Tribunal Supremo está cambiando de opinión a raíz de la pandemia y está abriendo la puerta, dando interpretaciones más flexibles a la normativa del Código Civil para permitir que se pueda desheredar”, explica Roberto García, coordinador de la sección de Derecho de Familia y Sucesiones del Colegio de Abogados de Málaga, quien añade que “esa opinión jurídica se está extendiendo de forma contundente”.

La clave está en la legítima, en la obligatoriedad de que los hijos reciban, al menos, un tercio de los bienes. Está implantada en toda España menos en Navarra y cada vez hay más letrados que creen que habría que cambiar ese concepto, cuyo origen se remonta a hace varios siglos. “Tarde o temprano se tendrá que suprimir y que se pueda designar al heredero que se quiera y no a un hijo o una hija de forma forzosa como ya se hace en otros países”, señala García, quien subraya que “he hecho muchos testamentos, por ejemplo, a británicos y hacen lo que quieren con su dinero”.

Este experto afirma que ya se están viendo intentos de desheredar a los hijos a causa de la pandemia, “aunque todavía estamos en una fase inicial y no he visto aún pleitos de este tipo en Málaga”.

En cualquier caso y, al margen de la legítima, sí hay que tener claro que si un padre o una madre fallece y no ha hecho testamento todos los bienes van directamente a los hijos, por lo que los letrados recomiendan a los padres y madres que hagan testamento, sobre todo si no quieren dejarle todo su patrimonio a sus descendientes o si simplemente quieren dedicar parte de sus bienes a obras benéficas o cualquier otro cometido. García adelanta que plantean organizar unas jornadas específicas sobre esta materia en el Colegio de Abogados de Málaga.

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