La investigación por la muerte de Julen se centra en si hay responsabilidades penales relacionadas con el pozo
Málaga/La investigación sobre la muerte de Julen, el niño de dos años cuyo cuerpo fue localizado sin vida casi 13 días después de caer en un pozo de la localidad malagueña de Totalán, se centra por el momento en determinar si hay responsabilidades penales relacionadas con ese agujero por el que se precipitó y las condiciones en las que se encontraba.
Tras incoar diligencias, el 14 de enero, un día después de la caída de Julen, el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga requirió a la Guardia Civil la información que dispusiera, según han apuntado a Europa Press fuentes de la investigación. Dicho cuerpo, en concreto el Servicio de Protección de la Naturaleza, remitió un informe que llegó a la instructora el día 17 de enero, con las gestiones realizadas hasta ese momento.
Informe para la juez
Perforación del pozo sin autorización, ausencia de medidas de seguridad y movimientos de tierra en la zona
En ese informe, que incluye estudios urbanísticos de la zona, se indicaban las posibles infracciones en cuanto al pozo, como que las obras no contaban con autorización alguna, la ausencia de medidas de seguridad y los movimientos de tierra en la zona; así como las declaraciones testificales del que hizo la prospección y del dueño de la finca, en las que aparecerían "contradicciones", según las fuentes.
El cuerpo de Julen fue encontrado a las 01:25 de la madrugada del sábado por los equipos de rescate que lo buscaban en el pozo de tan sólo 25 centímetros de diámetro. La posición que tenía "hace determinar que la caída fue libre y rápida hasta la cota en la que se le encontró", que fueron unos 71 metros, según dijo el sábado el delegado del Gobierno en Andalucía, Alfonso Rodríguez Gómez de Celis.
El tapón del pozo
Asimismo, en rueda de prensa añadió que tras la caída al pozo el niño se topó con un suelo, precisando que, a partir de esa cota el pozo estaba relleno de tierra y "por encima también tenía un tapón". Además, añadió que el aire que pudiera existir era el que había entre los pies y la cabeza del pequeño.
Sobre la causa del tapón, dijo que "hay diversas teorías pero ninguna con certeza", añadiendo que hay varias tesis como que en la propia caída fuera albergando arena, ya que, eran paredes "muy imperfectas y arenosas"; precisando, no obstante, que se tendrá que investigar.
La autopsia del cuerpo se practicó el mismo sábado por parte de cinco forenses y reveló la presencia de politraumatismos y traumatismos en la cabeza. Así, se tomaron muestras, como se hace habitualmente, que han sido remitidas al Instituto Nacional de Toxicología en Sevilla para ampliar los resultados preliminares de la necropsia.
El pozo está en suelo no urbanizable pero podía haber sido legal
El pozo donde cayó está en suelo no urbanizable común, lo que implica que, con los permisos correspondientes, hubiera podido hacerse la perforación de manera legal si se hubiese justificado el fin para el que se quería el sondeo.
Fuentes judiciales han indicado a Efe que, cuando un terreno se encuentra en suelo no urbanizable común, se pueden realizar diversas actuaciones compatibles con uso agrícola, ganadero, industrial e incluso turístico, pero siempre que la obra tenga interés público.
Al tratarse de un suelo rústico que no tiene ningún tipo de protección o afectación, ya que no es parque natural ni zona protegida, en la finca de Totalán se podría haber pedido permiso para excavar el pozo -algo que no se hizo- o realizar otra actuación, pero siempre con un informe vinculante favorable.
En este caso, se tendría que haber pedido autorización a la Dirección General de Minas, entidad competente para los permisos para prospecciones en busca de agua.
Un segundo trámite se tendría que haber realizado en la Dirección General de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas en la Demarcación de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, organismo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente.
El dueño del terreno, según las primeras pesquisas, no lo tramitó en ningún departamento del Gobierno autonómico, por lo que será el Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga el que tendrá que dirimir si tales hechos son constitutivos de algún tipo de reproche, de tipo penal o administrativo.
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