El jurado declara culpables a los dos acusados del asesinato de Lucía Garrido 15 años después
Los miembros del tribunal popular han considerado que la ex pareja de la víctima "consintió" su muerte y "tuvo que ver en la contratación de un sicario para acabar" con su vida
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Quince años y seis meses han transcurrido desde que Lucía Garrido (48) apareciera flotando, con golpes y un corte en la yugular, en la piscina de Los Naranjos, la finca situada en Alhaurín de la Torre donde había convivido con el que fuera su pareja y padre de sus hijas. Este martes, el jurado popular ha emitido un veredicto de culpabilidad para ambos acusados del asesinato: la ex pareja de la víctima mortal como cooperador necesario -por unanimidad- y un supuesto sicario como autor material del asesinato -con siete votos a favor y dos en contra-.
Tras dos semanas de juicio, los miembros del jurado han considerado que Manuel Alonso Herrero, el que fuera pareja de la víctima mortal hasta 2006 y padre de su hija, aprovechando que "se creía impune por la gran cantidad de contactos que tenía dentro de la Guardia Civil y del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona)" del Instituto Armado, "consintió" la muerte de Lucía y "tuvo que ver en la contratación de un sicario para acabar" con su vida.
Las claves del jurado popular para culpar a Manuel Alonso
El veredicto del tribunal popular se ha sustentado en tres claves: los viajes que realizó los días anteriores a la muerte de Lucía "sin motivo alguno", la retirada de los perros que custodiaban la parcela en la que residía y los malos tratos que la propia víctima denunció en numerosas ocasiones y de los que su círculo más cercano estaba al tanto.
"Manuel empezó a reunir tickets (de sus viajes) a partir del 28 de abril" -el crimen se produjo tan solo dos días después-. "Repostó dos veces el mismo día, dado que en una gasolinera no había cámaras". Cuando se enteró de la muerte de su expareja se encontraba en Ronda y "decidió coger el camino más largo, tomando la autovía en vez de la carretera del interior, significativamente más corta". Así lo ha relatado el portavoz del jurado que además ha añadido que estos trayectos fueron "inútiles" y "con el único fin de tener una coartada".
Asimismo, los integrantes del jurado popular han señalado como "muy importante" que la hija de la víctima y una vecina, durante el juicio, afirmaran que una semana antes del asesinato Herrero quitara los dos perros que guardaban la finca, pues han considerado que estos animales daban seguridad al recinto y, si alguien hubiera entrado con ellos dentro, podrían haber alertado o incluso dificultado la entrada de un extraño. También han afirmado que "podrían haber hecho sospechar a Lucía cuando llegó a casa de que algo malo estaba pasando y tener la oportunidad de actuar".
Aunque no son objeto de este juicio, también han considerado probados los malos tratos de Manuel hacia Lucía. "Le cortó la luz, el agua, le rajó las ruedas de los neumáticos a su coche y dejó de alimentar a las fieras de la finca -lo que provocaría sus intensos rugidos", ha manifestado el jurado teniendo en cuenta la declaración de su hija durante la tercera sesión del pleito: "Le dijo (su padre a su madre) que saldría de la casa por las buenas, las malas o en una bolsa de basura".
Para el jurado popular ha quedado igualmente probado que el declarado como autor material del crimen, Ángel Vaello, no conocía directamente a Lucía Garrido. Si bien, por las declaraciones de los testigos, han considerado que Manuel Alonso lo contrató a través de terceros para asesinar "por sorpresa" a la que había sido su mujer, que "no tuvo ocasión de defenderse". "La golpeó con un ladrillo en la cabeza y la arrastró a la piscina. Le asestó una cuchillada en el cuello y la arrojó al agua", ha relatado el portavoz. Su único interés, para el tribunal "era acabar con la vida de Lucía ya que no hubo agresión sexual ni robo".
El ADN obtenido en una llave que la Policía Judicial de la Guardia Civil intervino en la escena del crimen tras una tinaja ha sido una de las pruebas principales para para dictar un veredicto de culpabilidad, pues para los miembros del jurado la explicación aportada por los peritos "parece bastante razonable y no presenta contradicciones entre ellos, aportando una explicación científica sobre el análisis de las muestras y su conservación".
También han manifestado "suficientemente probado que Vaello pertenecía a una banda de delincuentes conocida como Los Niños de Fuengirola y que estuvo presente en una reunión con otra persona en la que "se decidió asesinar a Lucía". En esta línea, han creído cierto que el presunto autor material fue identificado, en compañía de miembros de su organización, conduciendo un coche Volkswagen Golf días antes de la muerte de Lucía en las inmediaciones de la finca, ya que un testigo ubica un automóvil de similares características en este lugar. "Todo hace indicar que se trataba del vehículo de Ángel".
A pesar del veredicto de culpabilidad y la oposición por parte del jurado popular a la suspensión de la pena o el indulto, se han mostrado todos ellos de acuerdo en que "15 años son demasiados para juzgar a alguien", por lo que entienden que se debe aplicar un atenuante de condena por dilaciones indebidas.
Las penas a las que se enfrentan los declarados culpables
Visto ya el juicio para sentencia, será el magistrado-presidente el que fije las penas correspondientes en función del delito por el que han resultado ambos declarados culpables teniendo en cuenta tanto la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones como las que agravan la condena. Atendiendo a esta última, los jurados han apreciado las de parentesco en el caso del exmarido y, las de alevosía y precio en ambos, según ha manifestado el fiscal, que además ha añadido que hay otras razones "especialmente reprochables" como son "la fría planificación", "la crueldad con la que se ejecutó el delito" y la finalidad, "que era facilitar otras actividades delictivas".
De este modo, el Ministerio Público ha solicitado 24 años de prisión para Manuel Alonso y 22 de cárcel para Ángel Vaello; petición a la que se han adherido las dos acusaciones particulares. Por el contrario, las defensas han rechazado las agravantes y han considerado que la atenuante debe considerarse en su grado máximo.
El fiscal también ha reclamado la prisión incondicional de ambos individuos porque, a su juicio, establecer medidas de control como presentaciones periódicas o la prohibición de salida del territorio nacional "es insuficiente para neutralizar un riesgo de fuga que ahora es mayor que nunca". Por su parte, los letrados de Alonso y Vaello han considerado excesiva esta medida, por lo que han recordado que no han faltado a las comparecencias judiciales que se le impusieron. De este modo, el presidente ha rechazando el ingreso en la cárcel, aunque ha ordenado medidas de presentación quincenales en el juzgado y la retirada del pasaporte.
Cabe recordar que no es la primera vez que un tribunal popular dirime la responsabilidad de los ya culpables en el crimen. En septiembre de 2019, la Fiscalía solicitó 23 años y medio de prisión para cada uno. Junto a ellos, dos guardias civiles también estaban acusados, pues se tenía sospechas de que pudieran estar vinculados en negocios ilícitos con el exmarido de Lucía. En ese momento, el jurado absolvió a los cuatro.
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