Un juzgado obliga al Ayuntamiento de Málaga a pagar 1,8 millones al promotor del Museo de las Gemas

Rechaza la petición de Art Natura de ser indemnizado con 4,8 millones

El procedimiento se alarga desde hace ocho años e incluye más de 20.000 folios de las partes

Imagen de archivo de Francisco de la Torre junto a Fulgencio Alcaraz, responsable del Museo de las Gemas.
Imagen de archivo de Francisco de la Torre junto a Fulgencio Alcaraz, responsable del Museo de las Gemas.
EP

02 de febrero 2020 - 18:57

Málaga/El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Málaga ha reconocido el derecho de Royal Collections, promotor del fallido Museo de las Gemas, a ser compensado por parte del Ayuntamiento con 1,8 millones de euros como gastos. Sin embargo, rechaza la pretensión de la entidad privada a que se le indemnice por daños y perjuicios, por lo que llegó a reclamar 4,8 millones de euros. En su fallo, llega a responsabilizar a los dos actores de haber "contribuido a la frustración del contrato" que firmaron para el impulso del proyecto.

La magistrada declara la resolución del contrato, pero apunta que las causas no son imputables a una sola de las partes. Si bien acuerda la "desestimación de la pretensión sobre una indemnización, sí acepta la estimación del pago por el Ayuntamiento de las aportaciones referidas a la anualidad 2011 y primer trimestre de 2012", que corresponden a ese 1,8 millones de euros. También rechaza la devolución decidida por el Consistorio de las cantidades entregadas a la entidad de los años 2007 a 2010, que sumaron unos 5,6 millones de euros.

Esta resolución responde a la acumulación de varios recursos contenciosos presentados por los responsables de Royal Collections y de Art Natura. El objetivo de los otrora socios privados del Consistorio era pedir la nulidad de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en relación con el contrato para la realización de las actividades museísticas en parte de las dependencias de la antigua Tabacalera y la resolución del mismo; así como la devolución de cantidades.

En sus demandas, la entidad solicitó, además, que se declarara que el Consistorio había incumplido el contrato de 2006 (documento que obligaba a iniciar la exposición en 2008) al no poner todo el conjunto a su disposición, y se le reconociera el derecho a ser indemnizada por daños y perjuicios con 4,8 millones más intereses legales y de demora. También reclamaba 1,8 millones de euros adeudados, "sin obligación de devolver cantidad alguna" de la percibida.

Interior del fallido Museo de las Gemas, en Tabacalera.
Interior del fallido Museo de las Gemas, en Tabacalera.

Por el contrario, el Ayuntamiento se opuso a estos planteamientos y sostuvo que en el contrato administrativo no se establecía que los edificios debiera entregarse en 2008, que el retraso en las obras no fue por desidia sino por causas ajenas y que no existía daños ni perjuicios, apuntando que Art Natura se negó a iniciar la adecuación museográfica en las zonas de edificios habilitados.

Ahora, la magistrada estima en parte las pretensiones de la entidad. Señala que desde octubre de 2008 ambas partes "siguen la ejecución del contrato cuando estaban trabajando sobre un proyecto rechazado por la entidad adjudicataria y que adolecía de causa de resolución", apuntando que "sorprende" que la entidad "continúa con su batería de peticiones, reclamaciones y modificaciones sin haber prestado consentimiento al nuevo proyecto ni presupuesto, pero sin denunciar que había quedado sin efecto".

No obstante, el responsable de la entidad conocía todas las actuaciones que se estaban llevando a cabo para el proyecto Art Natura, que incluía el Museo de las Gemas, "puesto que su propio domicilio se encontraba allí", dice la jueza, quien también apunta que "sorprende" que el Ayuntamiento base la no finalización de las obras "al no dar el consentimiento la entidad cuando con anterioridad no fue un impedimento para continuar".

Considera que los plazos de las obras se incumplen "a lo largo del tiempo por unas cuestiones o por otras; es decir, algunas veces por actuaciones de la recurrente con sus continuas reclamaciones y otras por la falta de diligencia del Ayuntamiento o por falta de previsión", apuntando que "el periodo expositivo que debía de iniciarse dentro de los 120 días desde la recepción de las obras era imposible sin que los edificios estuvieran en perfecto estado".

Asimismo, señala que la entidad "continuó cumpliendo el contrato en cuanto a esas actividades previas y necesarias para el inicio de la explotación museística", pero no ha sufrido ningún perjuicio económico "ya que anualmente el Ayuntamiento ha subvencionado el importe del canon que preveía el contrato y los pliegos".

Por último, la magistrada alude a la duración de este caso en la vía judicial, ocho años, y a los 17 tomos de procedimiento; además de 13 cajas con otros 31 tomos de expedientes administrativos de Art Natura, más otros cuatro tomos, que suponen más de 20.000 folios de documentación aportada por las partes junto a las demandas y las contestaciones.

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