Un legionario deberá indemnizar con 11.700 euros a un cabo por romperle la mandíbula al salir de un bar

La discusión comenzó cuando el soldado, con síntomas de embriaguez, se negó a marcharse del local pese a ordenarlo su superior

Muere la víctima de una agresión la noche de Halloween tras una discusión en Málaga

Ciudad de la Justicia.
Ciudad de la Justicia. / Javier Albiñana

Madrugada de un jueves. Un grupo de militares se relajan en un bar hasta altas horas de la noche tras concluir unas maniobras de entrenamiento para las que se habían desplazado hasta Toledo. La mayoría consumen alcohol. La calma se rompe cuando, en un momento dado, uno de ellos, del Ejército de Tierra perteneciente a la Legión, increpa, con síntomas de embriaguez, a los porteros del local. El cabo, al percatarse, decide que es hora de irse a descansar a la Academia de Infantería, donde se alojaban. Más tarde estalla una discusión en la que el soldado le propina un puñetazo en la mandíbula a su superior, que sufrió una fractura de la que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente. La agresión acabó en los tribunales, con el caballero legionario obligado a indemnizarle con más de 11.698 euros en concepto de responsabilidad civil. Así lo ha confirmado el Tribunal Supremo en una sentencia que también condena al acusado a una pena de cinco meses de prisión, con las accesorias de suspensión militar de empleo, cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El juez lo considera autor de un delito de insulto a superior en su modalidad de maltrato de obra y le imputa, además, otro de lesiones. 

Ocurrió en noviembre de 2021. Los componentes de la Compañía de Defensa Contra Carro se enzarzaron mientras esperaban un taxi para regresar del bar. Según el relato del fallo judicial, el militar “comenzó una discusión por no querer irse, mostrando una actitud agresiva, haciendo aspavientos y llegando a forcejear con sus compañeros”. Entonces intentó mediar una soldado, que cayó al suelo mojado por la lluvia tras intentar “apartarla”. La mujer, durante unos minutos, quedó inconsciente. Cuando acudieron a socorrerla, el cabo recibió un puñetazo en la mandíbula, lo que le hizo quedar “aturdido, de rodillas y con las manos apoyadas en el suelo”. A continuación, según la sentencia, “vio, de reojo”, que el soldado iba a propinarle un segundo golpe, pero pudo esquivarlo.

El cabo, por “vergüenza ajena", fingió una caída en el hospital

Durante el trayecto en el taxi, el legionario continuó “alterado y agresivo”. Al llegar a su destino, cerró la puerta del vehículo “de una patada”. Una vez en la Academia de Infantería mantuvo “la misma actitud” ante el centinela, sin respetar el silencio y sin que el cabo al que poco antes había agredido consiguiera calmarlo. Fue entonces cuando dieron aviso al comandante de la Guardia, que ordenó a ambos que se marcharan a dormir. A la mañana siguiente, el superior informó a sus mandos de que tenía lesionada la mandíbula tras una agresión del soldado y necesitaba acudir a los servicios de urgencia de un hospital. Allí fingió que había sufrido una caída porque, según su versión, le dio “vergüenza ajena y por no dar mala imagen de la Unidad”. 

Los sanitarios observaron que presentaba un traumatismo con una herida sangrante y lo derivaron al servicio de cirugía maxilofacial, que confirmó una fractura facial compleja”. Ese mismo día quedó ingresado para someterse a un tratamiento quirúrgico. Un médico forense del Instituto de Medicina Legal de Málaga le hizo un reconocimiento y emitió un informe pericial.

El cabo declaró que el soldado “estaba fuera de sí, que no atendía a razones”, pero que nunca antes habían mantenido un enfrentamiento de tal magnitud, mientras que el acusado relató que durante la cena “bebió cervezas y un chupito” y que luego estuvo tomando copas. Según su testimonio, desde las 23:00 del día de autos, “no recuerda nada”. Pero los magistrados ven razones suficientes para condenarlo, rechazando así el recurso de casación de su defensa. Lo absuelve, eso sí, del delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas por los militares, previsto en el artículo 49 del Código Penal Militar, del que también había sido acusado.

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