Tribuna Económica
Carmen Pérez
Grado de impacto de los aranceles
La Declaración de la Renta del ejercicio de 2024 llega con novedades. La Agencia Tributaria ha anunciado que para este 2025 vuelven a adelantar el inicio de la campaña. El año pasado comenzó el 3 de abril y en este 2025 da inicio el 2 de abril, con las presentaciones telemáticas. El plazo estará abierto hasta el 30 de junio, por lo que habrá unos tres meses para presentarla.
Además del adelanto del inicio de la campaña, este año los parados deben de presentar la declaración, y se eleva el importe mínimo en los casos en los que se tiene dos pagadores.
Una de las novedades más relevantes de este año es que los parados que sean beneficiarios de la prestación por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta, independientemente si cumplen o no el importe mínimo para hacerla.
Hasta este año los parados que percibían la prestación, como cualquier asalariado, no estaban obligados a presentar la declaración si no obtenían ingresos superiores a los 22.000 euros anuales o por encima de los 15.000 euros si tenía dos o más pagadores y uno de ellos le había abonado más de 1.500 euros anuales.
Otras de las novedades de este año es que el importe de los segundos o más pagadores a partir del cual es obligatorio presentar la declaración de la renta se eleva a 2.500 euros, frente a los 1.500 euros que operaban hasta ahora.
En el caso de un solo pagador, el límite sigue siendo de 22.000 euros para presentarla. Al igual que el año pasado, también estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Las fechas que se deben de tener en cuenta este 2025 para realizar la declaración de la renta son las siguientes:
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