El autor de un tiroteo en Palma-Palmilla, que hirió a tres personas, condenado a 27 años de cárcel
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga lo ha considerado culpable de tres delitos de asesinato en grado de tentativa y otro de tenencia ilícita de armas
"Habéis despertado al demonio. Os voy a matar", el relato en juicio de las víctimas de un tiroteo en La Palma
"¡Vais a morir. Habéis despertado al demonio!". Estas fueron las amenazas que Celedonio V. F, condenado ahora a 27 años de prisión, profería mientras abría fuego contra más de una decena de personas. Era domingo, verano, de madrugada. Algunos de los vecinos de la barriada de La Palma tomaban el fresco y conversaban en una de las calles de esta barriada malagueña cuando un coche irrumpió en la zona, portando el copiloto una escopeta. Los disparos alcanzaron a tres personas, entre los que se encontraba un menor de edad.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha señalado a Celedonio como autor de tres delitos de asesinato en grado de tentativa; condenándolo a diez años de cárcel por dos de ellos y seis por el tercero. Además, se declara culpable de otro delito de tenencia ilícita de armas con la concurrencia agravante de reincidencia, por el que deberá cumplir un año más entre rejas. Y es que, el procesado ya había sido ya había sido condenado a 18 meses de prisión por la misma razón 2013, quedando la pena extinguida casi dos años después, aunque no cancelada por comisión de nuevos delitos.
En materia de responsabilidad civil, Celedonio deberá indemnizar a las víctimas con 283.156 euros: 270.715 para el más afectado, 10.259 para el menor y 2.182 para la joven. Asimismo, tiene prohibido acercarse a una distancia mínima de 500 metros o comunicarse con ellos por cualquier medio durante un periodo de cinco años.
De esta manera, la Audiencia ha declarado probado que el 31 de agosto de 2022, sobre las 5:30 horas, en la calle Cabriel, como consecuencia de unos incidentes previos ocurridos entre miembros de distintas familias entre las que habían surgido algunas rivalidades, el encausado -que viajaba de copiloto en un vehículo de color blanco conducido y ocupado por otras personas que no han podido ser identificadas- se presentó en la calle donde se encontraba un grupo de 13 personas, entre las que se encontraban mayores, ancianos y niños de la familia rival, se bajó del coche y portando un arma de fuego profirió: "Vais a morir", "habéis despertado al demonio". A continuación, efectuó tres disparos "de forma indiscriminada" contra las personas que estaban allí reunidas "con el propósito de acabar con su vida", relata la sentencia.
"Sorprendidos" por la forma en que irrumpió el coche en el lugar y "alarmados por la actitud de Celedonio", los presentes huyeron. Si bien, en la carrera dos proyectiles alcanzaron por la espalda a dos víctimas; un tercero, rozó también a un menor de 14 años. El más afectado requirió ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI), además de recibir tratamiento médico y quirúrgico durante 339 días. Aún así, le han quedado numerosas secuelas; la más visible, una parálisis del brazo izquierdo. "Mire cómo me ha dejado el brazo (inmovilizado por un cabestrillo), inútil para toda mi vida. Me viste mi mujer, me tiene que lavar, no puedo hacer", lamentó durante el pleito , en el que también señaló los problemas psicológicos que arrastraba a raíz de aquel episodio: "Estoy mal de mi cabeza. Salgo a la calle y tengo miedo, no soy el mismo que antes".
Aunque el Ministerio Público describía en su calificación inicial que el acusado viajaba en el asiento del copiloto y que sacó medio cuerpo por la ventanilla para efectuar los disparos, tras las pruebas testificales durante el pleito, se concluyó que el procesado bajó del vehículo y disparó "de manera indeterminada", lo que definió como "más grave" aún.
Durante el juicio también se sentó en el banquillo de los acusados el hermano de Celedonio. Si bien, tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular retiraron en sus conclusiones definitivas la acusación. En consecuencia, la Audiencia lo ha absuelto quedando sin efecto las medidades cuatelares adoptadas con respecto a este procesado durante la causa.
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