El vendedor ambulante que mató a tiros a otro en Torremolinos tendrá que pasar 21 años entre rejas
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado la sentencia de la Audiencia de Málaga que lo condenó por un delito de asesinato con alevosía
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Celio de Jesús Pinto Rim se dedicaba a los mercadillos ambulantes en la Costa del Sol. En la primavera de 2021, el vendedor mató a tiros a Ahmed, un hombre que le hacía competencia en la localidad malagueña de Torremolinos cuando salía de un hostal para ir a trabajar. Así lo consideró probado un jurado popular y la Audiencia Provincial de Málaga lo condenó a 21 años y medio de prisión por un delito de asesinato con alevosía con el agravante de disfraz así como un delito consumado de tenencia ilícita de armas de fuego. A pesar de que la defensa del procesado presentó recuso de apelación, el Tribunal Superior de Justicia (TSJA) lo ha desestimado y ratificado la sentencia recurrida.
Los hechos tuvieron lugar el 19 de abril, cuando la víctima salió de la pensión-hostal y se subió al camión en el que tenía previsto desplazarse al mercadillo de Marbella. Celio se desplazó hasta el lugar en una furgoneta a nombre de su pareja y estacionó, sobre las 21:00 del día anterior, a unos 500 metros del alojamiento de su objetivo. Por entonces había toque de queda y evitó el riesgo de ser evitado si se desplazaba horas después.
Sobre las 5:00, consideró que era el momento oportuno, se apeó de la furgoneta y fue a pie hasta el hostal en el que pernoctaba Ahmed "con la intención de acabar con su vida" -consideraron probado los miembros del jurado popular-. Celio era conocedor de los horarios y costumbres del otro vendedor. Esperó a que saliese, se ocultó en la oscuridad y entre dos vehículos hasta las 5:40, momento en el que la víctima abandonó la pensión y se subió al camión.
Ya estaba sentado en la cabina, tan solo habían pasado tres minutos, y estaba dispuesto a iniciar la marcha cuando el procesado apareció de repente y, desde el exterior, a través de la ventanilla, apretó el gatillo del arma de fuego que portaba y disparó hasta en tres ocaciones a menos de un metro de distancia. La víctima no lo vio venir, por lo que tampoco pudo hacer nada por evitar su fatídico final. Tres disparos lo alcanzaron y le ocasionaron la muerte por laceración cardiaca.
Una de las claves de la investigación policial -a cargo del Grupo II de Crimen Organizado de Málaga- fue un estudio fisonómico que comparó el andar de Celio con el de la persona que cometió el crimen, grabada por diferentes cámaras de seguridad desde la calle Río Mesa -donde aparcó la furgoneta en la que se desplazó desde Benalmádena- hasta una calle cercana al hostal en el que la víctima residía y donde tenía aparcado su camión. La conclusión de los especialistas de la Policía Científica es que en ambos se observa la misma tendencia a señalar con la punta de los pies hacia dentro, lo que habría sido un indicio determinante para su arresto. Para el tribunal popular, en su momento, esta prueba quedó probada y también fue determinante para dictar un veredicto de culpabilidad.
Asimismo, el jurado rechazó la idea -defendida por la defensa- de que el crimen pudiese haber sido motivado por otros individuos por móviles diferentes: los celos, ya que, según el letrado de Celio, la víctima tenía relaciones con tres mujeres; una supuesta agresión que Ahmed recibió una semana antes de su asesinato con una barra de hierro que le fracturó una costilla, y el presunto robo de un coche que habría vendido. Si bien, los miembros del tribunal tampoco consideraron probado que existiese una enemistad previa entre ambos vendedores.
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