El vendedor ambulante que mató a tiros a otro en Torremolinos tendrá que pasar 21 años entre rejas

Celio de Jesús Pinto Rim acompañado por su abogado y custodiado por la Policía, durante el juicio.
Celio de Jesús acompañado por su abogado y custodiado por la Policía, durante el juicio. / Carlos Díaz Martín/ Efe

Celio de Jesús Pinto Rim se dedicaba a los mercadillos ambulantes en la Costa del Sol. En la primavera de 2021, el vendedor mató a tiros a Ahmed, un hombre que le hacía competencia en la localidad malagueña de Torremolinos cuando salía de un hostal para ir a trabajar. Así lo consideró probado un jurado popular y la Audiencia Provincial de Málaga lo condenó a 21 años y medio de prisión por un delito de asesinato con alevosía con el agravante de disfraz así como un delito consumado de tenencia ilícita de armas de fuego. A pesar de que la defensa del procesado presentó recuso de apelación, el Tribunal Superior de Justicia (TSJA) lo ha desestimado y ratificado la sentencia recurrida.

Los hechos tuvieron lugar el 19 de abril, cuando la víctima salió de la pensión-hostal y se subió al camión en el que tenía previsto desplazarse al mercadillo de Marbella. Celio se desplazó hasta el lugar en una furgoneta a nombre de su pareja y estacionó, sobre las 21:00 del día anterior, a unos 500 metros del alojamiento de su objetivo. Por entonces había toque de queda y evitó el riesgo de ser evitado si se desplazaba horas después.

Sobre las 5:00, consideró que era el momento oportuno, se apeó de la furgoneta y fue a pie hasta el hostal en el que pernoctaba Ahmed "con la intención de acabar con su vida" -consideraron probado los miembros del jurado popular-. Celio era conocedor de los horarios y costumbres del otro vendedor. Esperó a que saliese, se ocultó en la oscuridad y entre dos vehículos hasta las 5:40, momento en el que la víctima abandonó la pensión y se subió al camión.

Ya estaba sentado en la cabina, tan solo habían pasado tres minutos, y estaba dispuesto a iniciar la marcha cuando el procesado apareció de repente y, desde el exterior, a través de la ventanilla, apretó el gatillo del arma de fuego que portaba y disparó hasta en tres ocaciones a menos de un metro de distancia. La víctima no lo vio venir, por lo que tampoco pudo hacer nada por evitar su fatídico final. Tres disparos lo alcanzaron y le ocasionaron la muerte por laceración cardiaca.

Una de las claves de la investigación policial -a cargo del Grupo II de Crimen Organizado de Málaga- fue un estudio fisonómico que comparó el andar de Celio con el de la persona que cometió el crimen, grabada por diferentes cámaras de seguridad desde la calle Río Mesa -donde aparcó la furgoneta en la que se desplazó desde Benalmádena- hasta una calle cercana al hostal en el que la víctima residía y donde tenía aparcado su camión. La conclusión de los especialistas de la Policía Científica es que en ambos se observa la misma tendencia a señalar con la punta de los pies hacia dentro, lo que habría sido un indicio determinante para su arresto. Para el tribunal popular, en su momento, esta prueba quedó probada y también fue determinante para dictar un veredicto de culpabilidad.

Asimismo, el jurado rechazó la idea -defendida por la defensa- de que el crimen pudiese haber sido motivado por otros individuos por móviles diferentes: los celos, ya que, según el letrado de Celio, la víctima tenía relaciones con tres mujeres; una supuesta agresión que Ahmed recibió una semana antes de su asesinato con una barra de hierro que le fracturó una costilla, y el presunto robo de un coche que habría vendido. Si bien, los miembros del tribunal tampoco consideraron probado que existiese una enemistad previa entre ambos vendedores.

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