Nuevo 'negocio' ilegal en las playas de Málaga: alquiler de sombrillas
Esta infracción está recogida en la Ordenanza para la garantía de la convivencia ciudadana y la protección del espacio urbano
La Policía Local ha sorprendido a dos personas que, presuntamente, estaban a la cabeza de este tipo de actividad
Vendían mojitos caseros que hacían sobre una toalla en una playa de Málaga: sancionan a cinco personas
Las playas malagueñas se encuentran en plena temporada, llenas de bañistas, toallas y sombrillas. Al hábitat natural de la costa se suman los vendedores ambulantes que proveen de refrigerios a quienes disfrutan de la costa. Sin embargo, no todos estos negocios tienen permiso para realizar esta transacción comercial. A principios de junio se sancionó a cinco personas por la elaboración y venta de mojitos caseros, también se persigue a quienes ofrecen masajes y el último negocio de moda ha sido el alquiler de sombrillas ilegales. En la última semana, la Policía Local ha sorprendido a dos personas que, presuntamente, estaban a la cabeza de este tipo de actividad.
La Ordenanza playas layas del Ayuntamiento de Málaga recoge que la venta ambulante no autorizada de productos alimenticios en el litoral constituye una infracción grave, lo que supone sanciones de 300 hasta los 3.000 euros. En el caso del negocio de las sombrillas, incumple la Ordenanza para la garantía de la convivencia ciudadana de Málaga, mediante la realización de actividades o prestación de servicios en el espacio público sin estar autorizado para ello. En el documento municipal se señala que esta conducta está considerada como una infracción leve, y tiene una multa de 500 euros.
Alquiler de sombrillas por 10 euros
La fórmula de este negocio es simple: compran las sombrillas en cualquier bazar, las colocan a primeras horas de la mañana en la playa, llegando a abarcar hasta 15 metros del arenero, y luego la alquilan por varias horas aquellos turistas que no van provistos de quitasoles, por 10 euros. A lo largo del día esta acción se repite, alquilando en varias ocasiones la misma sombra.
Los dos sombrilleros a los que los investigadores han identificado estos días atrás están acusados de incumplir el artículo 29 de la Ordenanza la para la garantía de la convivencia ciudadana y la protección del espacio urbano de Málaga, al hacer uso del espacio público sin la autorización correspondiente.
Sanciones por la venta ambulante ilegal
En la Ordenanza de Playas del Ayuntamiento de Málaga está recogida qué se considera como venta ambulante ilegal, así como las infracciones a las que están sujetos quienes comenten estos actos. Las multas por la venta ambulante ilegal pueden ir desde los 300 hasta los 3.000 euros. La cuantía exacta se determina en función de la reincidencia e intencionalidad del autor; así como por la mayor o menor perturbación causada por la infracción en el medio ambiente y/o en los usuarios.
En el artículo 20 del documento municipal queda recogido claramente que "se prohíbe la venta ambulante en la playa de cualquier producto alimenticio en general y, en concreto, bocadillos, bebidas, aperitivos, golosinas, semillas, etcétera". Y en el artículo 22 queda reflejado que este acto es una infracción grave (y por ello la cuantía de la multa puede ascender hasta los 3.000 euros). En la normativa también se señala que aquella persona que comenta estos hechos, no solo se le hará responsable por los actos u omisiones, también "por aquellas personas, animales o bienes por los que civilmente se debe responder conforme al derecho común".
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