La Zona de Bajas Emisiones en Málaga funcionará a partir del primer trimestre de 2024 y sin restricciones
Los coches y motos domiciliados en la capital podrán acceder a la ZBE, pero los que no tengan etiqueta, tengan la B o sean antiguos no lo podrán hacer si proceden de fuera a la ciudad desde el tercer año
El incumplimiento de las limitaciones supondrá una sanción grave de 200 euros
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El Ayuntamiento de Málaga ultima los detalles para la entrada en vigor de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la capital. Su intención es que entre en funcionamiento en el primer trimestre de 2024 y lo hará sin restricciones, ya que éstas llegarán a partir del segundo año para los coches y las motos y a partir del quinto para las furgonetas.
Para poner en marcha la ZBE, el Consistorio ha elaborado una ordenanza de Movilidad Sostenible que acomete un proceso de reducción y simplificación en su articulado y terminología. Entre las incorporaciones a este nuevo texto, se encuentran los vehículos que podrán circular por la ZBE y los que tendrán prohibido el paso.
La nueva ordenanza se hará pública este miércoles y va a tener un plazo de 30 días para que la ciudadanía presente sus alegaciones. Asimismo, una vez que finalice este proceso, el Ayuntamiento de Málaga quiere que entre en vigor a lo largo del primer trimestre de 2024, según ha asegurado este martes la concejala de Movilidad, Trinidad Hernández.
Limitación de la ZBE
La ZBE tendrá una extensión de 437 hectáreas y estará formada por las siguientes calles: Paseo Marítimo Antonio Machado, avenida Ingeniero José María Garnica, calle Explanada de la Estación, Plaza de la Solidaridad, avenida de las Américas, avenida de la Aurora, Jardines de Picasso, avenida de Andalucía, calle Compositor Lehmberg Ruiz, calle Hilera, calle Santa Elena, calle Honduras, calle Arango, calle Martínez Maldonado, avenida de Barcelona, Plaza del Hospital Civil, avenida Doctor Gálvez Ginachero, calle Mazarredo, avenida del Arroyo de los Ángeles, Paseo de Martiricos, calle Huerto de los Claveles, calle Marqués de Cádiz, calle Juan del Encina, calle Empecinado, Plaza Capuchinos, Alameda de Capuchinos, Plaza Olletas, calle Toquero, calle Obispo González García, calle Amargura, calle Ferrándiz, Paseo Salvador Rueda, calle Rafael Pérez Estrada y Paseo Marítimo Pablo Ruiz Picasso.
Asimismo, Hernández ha incidido en los conductores no necesitarán adquirir la pegatina ambiental para circular porque para controlar los vehículos que acceden a esta zona van a "mirar la matrícula del vehículo". De igual forma, en el momento en que esta ordenanza entre en vigor, durante el primer año todos los vehículos podrán circular por esta área y poco a poco se irán aplicando restricciones tanto para turismos y motos, como para furgonetas. Además, ha señalado que el objetivo de estas restricciones es que la ciudadanía “no se tenga que comprar un coche nuevo pero que tampoco se compren coches que no puedan acceder”.
Sanciones de 200 euros
Cabe señalar que las primeras limitaciones llegarán en el segundo año para los coches y las motos no domiciliados en Málaga que tengan la etiqueta B y a partir del tercero para los B y los que no tengan etiqueta que no estén domiciliados en la ciudad. Como resultado “no podrán circular” por la ZBE y en el caso de que se incumpla esta normativa se multará al infractor con una sanción grave de 200 euros.
De esta forma, para los coches y motos el Ayuntamiento plantea que el primer año solo podrán acceder a la ZBE los vehículos (coche y motos) acreditados por la DGT con la etiqueta ambiental CERO, ECO, C y B y sin etiquetas. En el segundo año entrarán los que tengan la etiqueta ambiental CERO, ECO, C y B y sin etiquetas, pero que estén domiciliados en Málaga. Por último, el tercer año podrán circular por esta zona los vehículos con etiqueta ambiental CERO, ECO y C y los que tengan la B o sin etiquetas, pero que estén acreditados en Málaga.
En el caso de las furgonetas, durante los cuatro primeros años circularán las que tengan la etiqueta CERO, ECO, C y B y los que no tengan etiquetas. A partir del quinto año accederán los que tengan la etiqueta CERO, ECO y C y los que tengan la B o no tengan etiquetas, pero que estén domiciliados en Málaga.
Además, también podrán circular libremente por la ZBE los transportes colectivos regulares de viajeros; taxi y VTC; los que tengan la consideración de vehículos históricos y camiones. De igual forma, tendrán acceso previa comunicación y comprobación automatizada los siguientes vehículos de asistencia sanitaria, tanto pública como privada; los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; servicios municipales y servicios privados de especial necesidad.
En este sentido, la concejala de Movilidad ha incidido que con la ZBE se prevén “desatoros” en la circulación de vehículos. Además, ha explicado que trabajan para poner en marcha diferentes aparcamientos disuasorios que estén ubicados en zonas con una buena conexión en transporte público con el centro de la ciudad. Una posibilidad sería el parking del Martín Carpena, pero ha incidido en que “en un futuro será necesario en la zona este, en la Araña”.
Distintivo ambiental de los vehículos
Por otro lado, para que la ciudadanía tenga la clasificación ambiental de su vehículo, debe consultarlo en la DGT. La clasificación es la siguiente:
- La etiqueta 0 emisiones: identifica a los vehículos más eficientes. Tienen derecho a esta etiqueta los vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía (REEV), eléctricos híbridos, enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 kilómetros o vehículos de pila combustible.
- La etiqueta ECO: Vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 kilómetros, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). También deben cumplir los criterios de la etiqueta “C”.
- Etiqueta “C”: Vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta clasificación ambiental los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. También los vehículos de más de 8 plazas (excluido el conductor) y pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- Etiqueta “B”: Vehículos de combustión interna que, si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, sí que lo hacen con las anteriores. Tendrán derecho a esta clasificación los turismos y furgonetas de gasolina matriculados desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. También vehículos de más 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel matriculados desde 2006.
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