Piden al juzgado que se revoque la administración judicial del Málaga CF
El accionista Dumet Grayeb vuelve a la carga contra la gestión de José María Muñoz
"Las sociedades están secuestradas y la gestión del club se ha convertido en una oficina de intermediación para realizar su venta al mejor postor", señaló en un escrito
El techo de cristal que limita al Málaga
El abogado Dumet Grayeb, accionista del Málaga CF, vuelve a la carga en su cruzada contra el administrador judicial, José María Muñoz. En un escrito remitido al juzgado de instrucción número 14 de Málaga, solicita la revocación de la medida cautelar que impuso la jueza Ruiz González por la que la sociedad NAS Spain 2000 SL pasaba a estar bajo administración judicial. También hay una acusación muy grave en uno de los puntos en el que se dice que "la gestión del club se ha convertido en una
oficina de intermediación para realizar su venta al mejor postor".
Según el escrito procedente del despacho de Grayeb, hay motivos de sobra: "En la fase y momento de instrucción en el que se encuentra este procedimiento la medida cautelar de la administración judicial impuesta a NAS SPAIN 2000 SL ha dejado de tener base jurídica y contamina el Derecho constitucional de la propiedad de los accionistas protegidos por el artículo 33 de la Constitución Española, transitando dadas las actuales circunstancias hacia la violación de este derecho, dado el secuestro de los mismos que se está produciendo con el mantenimiento de la medida".
"Segundo, igualmente, denunciamos la violación del principio Fumus Boni Iuris, conforme al cual el motivo para la imposición de una medida cautelar tutelar se resume en la necesidad de que el proceso que se lleve a cabo para obtener la razón no debe convertirse en dañoso para el que tenga la razón, debiendo tratar de evitar la frustración de una sentencia final. Aunque en un futuro los daños provocados por la actual medida cautelar pudieran ser resarcidos mediante una indemnización por los daños y perjuicios causados, nunca podría llevar a compensar los daños realmente sufridos por los accionistas. La obtención futura, obvia y dilatoria del reconocimiento de su previsible razón, sería irreparable por tratarse de un ente vivo como es el Málaga Club de Futbol. Lo que realmente se está provocando con el mantenimiento de la administración judicial, en los términos actuales, es el colapso y fin de la existencia del club", prosiguió.
"La actividad y actuación del administrador judicial no defiende los intereses de la sociedad NAS SPAIN 2000 SL visto que ha permitido, por omisión de su deber, que el señor Al-Thani recurra en casación, en nombre de NAS SPAIN 2000 SL, una sentencia de Apelación que favorecía claramente a la sociedad que administra, permitiendo que se utilizaran poderes revocados formalmente tal y como aparece recogido en el propio auto de nombramiento del administrador judicial", desarrolló, volviendo a señalar a Muñoz: "Por consiguiente, si el administrador judicial permite lo que permite, no existe neutralidad en las decisiones que adopta, algo que evidentemente perjudica a una de las partes de este procedimiento".
En el cuarto punto atizó una vez más al José María Muñoz si bien se deslizan asuntos delicados: "Con respecto a las obligaciones formales inherentes a su cargo es evidente que no existe motivo que justifique no haber regularizado y puesto al día las cuentas anuales de la sociedad en el Registro Mercantil. Las cuentas anuales correspondientes al último ejercicio, en el que ya estaba en su cargo el administrador judicial, por cierto, siguen permaneciendo secretas al no haber sido publicadas registralmente, lo que perjudica la defensa de los derechos de las minorías. Simplemente hay que recordar que la defensa de tales intereses fue el principal motivo por el cual se nombró un administrador judicial. Por lo tanto, suena muy lógico y además necesario, que se solicite que el mismo presente su rendición de cuentas también ante los socios de NAS SPAIN 2000 S.L. Se ha de considerar que el nombramiento de una administración judicial en una sociedad es una medida excepcional y como tal, limitada en el tiempo; no puede, ni debe, durar eternamente. En las circunstancias actuales se empieza a percibir que estas sociedades están secuestradas y que la gestión del club se ha convertido en una oficina de intermediación para realizar su venta al mejor postor, en cuyo caso, ¿dónde quedamos los socios minoritarios?".
"Entendemos que venir a solicitar la revocación de manera inmediata de la administración judicial impuesta a la sociedad NAS SPAIN 2000, SL., no afecta en absoluto a la instrucción del caso que nos ocupa, como se ha sido alegado por otros terceros personados; sin embargo, lo que sí afecta a la instrucción es la no comparecencia del Sr. AL THANI, que es el motivo por el cual la instrucción se encuentra atascada", finalizó el quinto punto del texto enviado al juzgado.
Así que Grayeb solicitó la inmediata revocación de la medida cautelar de administración judicial, por sobrevenir a consecuencia de la instrucción ya realizada la desaparición y el fundamento de la misma, habida cuenta que la medida cautelar en estos momentos y de la manera que se está ejerciendo contamina el derecho de propiedad de los accionistas, amén que perjudica, evidentemente y visto los resultados, al propio club con su participación en la Liga, al no tener unos criterios acertados por los que guiarse ,por su falta de dirección diligente, obviamente, lo que origina que la parte deportiva del Málaga Club de Futbol camina como un pollo sin cabeza".
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