Aviso al del puntero láser en La Rosaleda: hasta 60.000 euros de multa

El árbitro del Zaragoza paró dos minutos el partido y hay apercibimiento de cierre

Miguel Ángel Ramírez, durante el partido.
Miguel Ángel Ramírez, durante el partido. / LaLiga

El Málaga lanzó un comunicado avisando de las consecuencias del uso del puntero láser en los partidos. Las multas pueden ser muy elevadas y ya el encuentro Málaga CF-Real Zaragoza se detuvo el juego dos minutos (del 28’ al 30’) al observar el colegiado a “una persona del público ubicada detrás de la portería izquierda según sales del vestuario”, conforme señala el acta del partido, “en la que se encontraban aficionados del club local”, por “enfocar con un puntero láser sobre los ojos del portero visitante y del árbitro principal”. Este hecho -apercibimiento de suspensión del encuentro- se comunicó al delegado de campo y se informó del incidente por megafonía.

La infracción referida (puntero láser) está considerada como grave. Si la persona no fuera identificada, sería el propio Club quien asumiría el coste de la posible sanción impuesta con el consiguiente perjuicio económico que ello conlleva. El Málaga CF está colaborando estrechamente con la Policía para identificar a la persona a través de los medios de grabación audiovisuales y fotográficos disponibles, además de las cámaras de seguridad interna del Estadio La Rosaleda.

El Málaga Club de Fútbol recuerda que la normativa estatal (Ley 19/2007, 11 de julio) contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte resalta, en el artículo 2.1, como un acto o conducta violenta o que incita a la violencia en el deporte "aquéllos que constituyan un acto de manifiesto desprecio a las personas participantes en el espectáculo deportivo".

En función de la gravedad de la conducta y de la trascendencia de ésta en el evento deportivo, el artículo 24 de la ley prevé sanciones de tres tipos:

  • Infracciones leves. De 150 a 3.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre un mes y seis meses.
  • Infracciones graves. De 3.000,01 a 60.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre seis meses y dos años.
  • Infracciones muy graves. De 60.000,01 a 650.000 euros y/o prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período comprendido entre dos y cinco años.

Normativa interna del Málaga CF

La normativa aplicable a los socios y abonados del Málaga CF durante la temporada 2024/2025 prevé en su artículo 29, letra f), como falta muy grave, "Impedir u obstaculizar el normal funcionamiento de las actuaciones promovidas por el club". Dicha conducta puede ser sancionada con la suspensión de los derechos de socio y prohibición a todas las instalaciones del club por tiempo de hasta seis meses, o de cuatro a dieciocho partidos que el primer equipo dispute como local en La Rosaleda.

"El Málaga Club de Fútbol condena este tipo de actos contrarios a los valores deportivos y desea hacer énfasis en que son de carácter aislado, de tal modo que no pueden perjudicar el ejemplar comportamiento de nuestra gran afición", cerraba el comunicado.

stats