La jueza aprieta al jeque Al-Thani a pocos días de la citación
Pide documentación a LaLiga para valorar la gestión del presidente
El martes 18 de febrero está citado Al-Thani
El próximo martes 18 de febrero está citado el jeque Al-Thani por la Jueza que instruye el caso por la demanda admitida a trámite por la Asociación de Pequeños Accionistas (APA). Y, en un escrito, ha solicitado a LaLiga abundante documentación para dirimir sobra la querella interpuesta y las acciones y gestiones que vienen acometiendo la familia catarí en los últimos años, los cuáles generan controversia.
No está solo citado el presidente del Málaga, sino también tres de sus hijos, que formulan también en el organigrama de la entidad. Son los casos de Nasser, Nayef y Rakan Al-Thani. La Jueza requiere información a LaLiga, la misma que estos días ha lanzado un mensaje con algo más de optimismo sobre la situación del club.
Los diferentes agentes externos, como son las instituciones, están muy atentos a lo que pueda suceder estos días con la querella interpuesta por APA y apoyada por estos organismos. De hecho, el alcalde de la ciudad Francisco de la Torre, y el consejero de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía Javier Imbroda, han ejercido presión a su manera al respecto recientemente.
A continuación, reproducimos el escrito:
"La titular del Juzgado de Instrucción num. 14 de Málaga ha ordenado lo siguiente:
Por providencia de 4 de febrero de 2020 se acuerda Librar mandamiento a la Liga de Fútbol Profesional a fin que se proceda a certificar los siguientes extremos:
1. Si a fecha de 30 de junio de 2018, de conformidad con el Reglamento General de la Liga
Nacional de Fútbol Profesional, se han cumplido las condiciones y requerimientos impuestos a la SAD Málaga CF en el ámbito que regula el control económico de los clubes de fútbol de conformidad con el Reglamento General de la Liga Nacional de Fútbol Profesional.
2. Si a partir del 30 de junio de 2018 y hasta la fecha actual, se han seguido cumpliendo las
condiciones y requerimientos efectuados por la Liga de Fútbol Profesional en base a su
potestad inspectora. En caso de no ser así detallar dicho incumplimiento.
3. Si en base a esa función supervisora de Control Económico que le otorga el Reglamento General de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, la actual gestión financiera del Club puede comprometer la viabilidad de la S.A.D. Málaga CF.
4. Cuántos clubes de fútbol de segunda división tienen Consejos de administración cuyos miembros perciben algún tipo de retribución y en su caso el importe que perciben anualmente en cada uno de dichos clubes.
5. En caso de haber realizado algún requerimiento a S.A.D. Málaga CF, informen de su
contenido, fecha en que se hubiera realizado, persona o entidad a la que fue dirigido, así como remitan copia en su caso.
Igualmente, por providencia de 12 de febrero de 2020 se acuerda que, habiéndose
solicitado como medida cautelar la administración judicial de la entidad Málaga Club Fútbol SDA, se señala una comparecencia al objeto de ser oídas todas las partes el próximo día 18 DE FEBRERO A LAS 10.00 HORAS de su mañana".
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